Ciudad de la Costa, Canelones

SIN BASE AL MEJOR POSTOR EN USD

CIUDAD DE LA COSTA CANELONES

MIÉRCOLES 26 DE JUNIO A LAS 14:30 HORAS EN GALICIA 1069

Remate judicial de importante casa en Ciudad de la Costa, Solymar norte, Canelones (calle nro 34, manzana 264).

Padrón 21521: Terreno 1260m2 con 161m2 construidos con linda casa y piscina
Padrón 21520: terreno de 630m2

Seña: 30% Comisión e Impuestos: 3,66%

Ref: “Banco Bilbao Vizcaya Argentina Uruguay SA c/Moreira Etchart, Laura y otros”

Ficha: IUE 2.32428/2017

EDICTO: Por disposición del Señor Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 9º Turno, en autos caratulados “BANCO BILABO VIZCAYA ARGENTARIA URUGUAY S.A. C/ MOREIRA ETCHART, LAURA Y OTRO – EJECUCIÓN HIPOTECARIA” IUE: 2-32428, se hace saber que el próximo 26 de junio a las 14.30 horas en la calle Galicia N° 1069, el Martillero Santiago Castells, Mat. 6350, R.U.T. 212502750010, presidido de la Señora Alguacil de la Sede, procederá a la venta en pública subasta, en dólares americanos, sin base, al mejor postor, los siguientes bienes inmuebles: I) Sola de terreno con construcciones, sito en la antes 19° sección judicial del Departamento de Canelones, zona urbana, localidad catastral Ciudad de la Costa, antes Solymar, padrón N° VEINTIUN MIL QUINIENTOS VEINTIUNO (21.521) y que según el Plano del Agrimensor Carlos Hughes de abril de 1958, inscripto en la Dirección General de Catastro y Administración de Inmuebles Nacionales con el N° 10.366 el 07.05.1959, se señala como Solar 3 y 4 de la manzana 264, abarca un área de 1.260 metros y se deslinda: 30m de frente al Noroeste a la calle número 34, entre la calle número 53 y Avenida F, distando el punto más extremo de su frente 15m a la ochava con la calle 53; 42m al Noreste lindando con el Solar 5; 30 m al Sureste lindando con Espacio libre; y 42 m al Suroeste lindando con el Solar 2, y II) Solar de terreno sin construcciones sito en la antes 19° sección judicial del Departamento de Canelones, actualmente localidad Ciudad de la Costa, antes Solymar, zona urbana, padrón N° VEINTIUN MIL QUINIENTOS VEINTE (21.520) el que según plano de mensura del Agrimensor Carlos Hughes de abril de 1958, inscripto en la Dirección General de Catastro Nacional y Administración de Inmuebles Nacional con el número 10.366 el 07.05.1959, se señala como solar 2 de la manzana 264, y tiene un área de 630 metros y se deslinda: 15m al Noroeste de frente a la calle número 34, entre las calles53 y Avenida F, distando el punto medio de su frente 7m 50cm a la ochava con la calle 53, 42m al Noreste lindando con el solar 3; 15m al Sureste lindando con Espacio libre; y 42m al Suroeste lindando con el Solar 1.———————————————————
SE PREVIENE: 1) Que los mejores postores deberán consignar el 30% de sus ofertas en el acto de serles aceptadas. 2) Que será de cargo de los compradores los gastos, comisión del Rematador más IVA, totalizando el 3,66% del precio. 3) Que será de cargo del ejecutado la comisión de venta más el IVA que totaliza el 1,22% de los precios, así como el 1% del Impuesto Departamental de las Leyes12.700 y 16.694. 4) Que se desconoce el estado ocupacional de los bienes en la actualidad. 5) Que se desconoce la existencia de deudas de construcción ante el BPS e Intendencia de Canelones. 6) Que existe deuda por Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria por ambos padrones. 7) Que el o los adquirientes deberán tramitar el certificado de derecho de preferencia previsto el art. 66 de la Ley 18.308. 8) La seña deberá consignarse al momento de la subasta por cualquiera de los medios de pago previstos por la Ley de Inclusión Financiera Ley 19.210. 9) Que solamente podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración, como ser Contribución Inmobiliaria y Primaria hasta el momento de la subasta. 10) Que el plazo para consignar los saldos de precio, es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. La cancelación deberá efectuarse y documentarse por cualquiera de los medios de pago previstos por la Ley de Inclusión Financiera y su decreto reglamentario. 11) Que la subasta se realiza en las condiciones que resultan del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado sito en Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 Piso 1 de la ciudad de Montevideo. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones, Montevideo 9 de mayo de 2019.———————————–

INFORMES:

29007300

www.castells.com.uy