Chacra en Canelones

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S

VIERNES 11 SETIEMBRE 14 HORAS

En PUERTAS JDO. LDO. C/ EUSEBIO PÍRIZ 850DURAZNO

CHACRA

CON FRENTE SOBRE CAMINO LEBORGNE
PADRÓN RURAL Nº 61954 – CANELONES
próxima a SAN ANTONIO

Superficie 7 Hás. 0798 m²

SEÑA 30% – COMISIÓN E IMPUESTOS 3,66%

 

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Durazno de 3° Turno, dictada en autos: “SCOTIABANK URUGUAY S.A CONTRA FAVILL LTDA; TABICOR S.A Y BONILLA PICARDO, MARIA LORENA Y LUIS ALBERTO JUICIO EJECUTIVO” IUE 242-315/2016, se hace saber que el día 11 de setiembre de 2020 a las 14 horas en las puertas del Juzgado Letrado de Durazno de 3° Turno, sito en Eusebio Píriz 850 de la ciudad de Durazno, se procederá por intermedio del Rematador Eduardo Franchi Soria, Mat. 4974, RUT 212496480010, presidido por el Sr. Alguacil de la Sede, a la venta en pública subasta, sin base, al mejor postor y en dólares, del siguiente bien inmueble: Fracción de campo con las mejoras que le acceden, sita en la decimoquinta Sección Catastral de Canelones (antes Sección Judicial), zona rural, padrón número sesenta y un mil novecientos cincuenta y cuatro (61.954), antes parte del padrón 45.727 en mayor área, que según plano de mensura y fraccionamiento del Agrimensor Fernando Lema de abril de 2002, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, Oficina delegada de Canelones el 25 de abril de 2002 con el número 12622, se señala como fracción número 2, con un área de 7 hectáreas 0798 metros cuadrados y linda: al Este dos lineas quebradas de 201,76 metros y 39,97 metros de frente a Camino Vecinal (hoy Camino Leborgne); al Sur tres lineas rectas de 70,07 metros, 86,26 metros y 322,09 metros lindando con la fraccion 3 del mismo plano, corriendo la primera de noreste a suroeste, la segunda de sur a norte y la tercera de este a oeste; al Oeste 169,73 metros servidumbre de paso por medio de 10 metros de ancho con parte de los padrones 40.086 y 45735 y al Norte 388,63 metros con fracción numero 1 del mismo plano. SE PREVIENE: I) Se encuentra guardado en Caja de Seguridad de la Sede títulos y demás antecedentes dominiales y Plano de mensura y fraccionamiento. II) Que el mejor postor deberá consignar en el acto de serle aceptada su oferta una seña correspondiente al 30% de la misma junto con la comisión del rematador mas IVA, debiendo depositar el saldo de precio en el término de veinte días corridos contados a partir del primer día hábil siguiente al decreto que aprueba el remate que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. III) El pago de la seña así como el saldo de precio deberá realizarse conforme lo dispuesto por la ley 19.210 modificativas, concordantes y decretos reglamentarios. IV) El mejor postor solo podrá imputar como parte del precio los tributos necesarios para la escrituración, esto es, Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria. V) Que serán de cuenta del comprador los gastos de escrituración, honorarios, comisión e impuestos de ley. VI) Se desconoce: la existencia de deudas por concepto de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria, así como también la situación ocupacional del bien y la situación contributiva con BPS por aportes a la construcción y todo otro tributo que grave al inmueble. VII) Se otorgó al Sr. Alguacil de la Sede la facultad de prorrogar la diligencia en los casos excepcionales previstos en la circular N° 187/2018. VIII) Se deja constancia que el bien se remata en estado de conservación y situación jurídica que se hallare a la fecha de la subasta, en las condiciones que resultan del expediente, de la titulación y de los certificados registrales y descartes notariales agregados, informes actuariales, los que se encuentran a disposición de los interesados en la Sede, quedando a su cargo toda averiguación complementaria. Y a los efectos legales se realizan estas publicaciones.
Durazno, 27 de agosto de 2020.
DANIELA NATALI HÜELMO TOÑOLA, Actuario Adjunto.

INFORMES:
EDUARDO HECTOR FRANCHI SORIA
[email protected]

Cel. 095 630 352