Casona en Paso Molino

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S

CASA EN PASO MOLINO

JUEVES 20 DE JUNIO A LAS 14:30 HORAS EN A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

A 1 ½ CUADRA DEL VIADUCTO

INDIA MUERTA 4134 y 4136
entre E. Romero y Mariano Sagasta

Área según Cédula Catastral
Solar: 700m² – Edificada: 280m² – Frente: 10,80m

Consta de: jardín con rejas, living, comedor, 5 dorm., cocina office, parrillero, fondo grande, garage y cochera.

IDEAL RESIDENCIAL

ANTECEDENTES: CIVIL 12 T. IUE 2-17846/2018 – EH – PAdrón Nº 53242

SEÑA 30% + COM/IMP 3,66% en el acto – Medio de pago Ley 19.210

EDICTO: Por disposición de la Señora Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 12° Turno dictada en autos caratulados: “ROISECCO VILAS, JORGE c/ MESA ZEBALLOS, EUGENIO y Otro – Ejecución de Hipoteca”, IUE 2-17846/2018, se hace saber que el próximo 20 de JUNIO de 2019 a las 14 y 30 horas en Av. Uruguay 826 Montevideo, se procederá, por intermedio del Martillero GERARDO GOMES de FREITAS Matricula 2365 Rut 190036780016 asistido del Oficial Alguacil del Juzgado, a la venta en Remate Público, sin base y al mejor postor y en dólares americanos del siguiente bien Inmueble: Un solar de terreno y edificio en el construido ubicado en la 20ª sección judicial de Montevideo, Localidad Catastral Montevideo, zona urbana, empadronado con el N° 53242 el cual según plano del Agrimensor Francisco R. Camarano de octubre de 1947, inscripto en la DGC el 31/10/1947 con el N° 18.386 consta de una superficie 700 m 11 dm que se deslinda así: 10 m 80 cm al SO a la calle India Muerta, por donde las puertas del edificio se señalan con los Nos. 4134 y 4136 entre las calles Emilio Romero y Mariano Sagasta, distando su punto medio 86 m 05 cm de la esquina con Emilio Romero; 64 m 60 cm al SE lindando con el bien padrón 41.026; 10 m 60 cm al NE limitando con parte del padrón 41.005; y 68 m al NO lindando con padrón 41.025.- SE PREVIENE: 1°) Que el mejor postor deberá consignar como seña el 30% de su oferta en el acto al bajarse el martillo más la comisión de compra del rematador del 3% más Iva o sea el 3,66% respectivamente del precio del remate; y si el precio total de lo rematado superare las 40.000 Unidades Indexadas deberá hacerse efectivo mediante letra de cambio o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza en cumplimiento de lo dispuesto por las Leyes 19.210 y 19,478 y sus decretos reglamentarios. 2°) Que será de cargo del comprador los gastos de escrituración y los que la Ley ponga a su cargo. 3°) Será de cargo del expediente la comisión más impuesto de venta del Rematador o sea el 1,22% del precio del Remate. 4°) Que existen deudas por Contribución Inmobiliaria e Impuesto de enseñanza primaria. 5°) Que se desconoce el estado de conservación del inmueble y su situación ocupacional.- 6°) Que el mejor postor deberá tener presente que: A) podrá descontar del precio contribución inmobiliaria e impuesto de primaria; B) tanto la seña como el saldo de precio debe cumplir con lo establecido en la Ley 19.210 modificativas y concordantes y decretos reglamentarios. 7°) Que el bien se remata en la situación jurídica y material en que se encuentre hasta la fecha del otorgamiento de la escritura respectiva, que surgen de la documentación obrante en autos, la que se encuentra a disposición de los interesados para su estudio en la Sede Pasaje de los Derechos Humanos 1309 piso 3°. Y a los efectos legales se hacen éstas publicaciones.- Montevideo, de mayo de 2019.- GABRIELA HORMAIZTEGUY, ACTUARIA.

INFORMES:
GERARDO GOMES DE FREITAS
[email protected]
www.gomesdefreitas.rematador.com.uy
Zabala 1372 Esc. 15 – MONTEVIDEO
Tels. 2916 8861 Cel. 099 635 635