REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
JUEVES 12 MAYO 14:30 HORAS
En PAYSANDÚ 896
MONTEVIDEO
SOLYMAR NORTE
CASA EN P.H. CON TERRENO
Avda. Uruguay y Bartolomé Hidalgo (calle 36)
A 300 mts. de Ruta Interbalnearia
Padrón 42620/002 – Manzana 607
Área edificada 45 m² 28 dm² – Uso excl. 149 m²
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 15º Turno, dictada en autos: “RODRIGUEZ PEREZ, FERNANDO c/ JUAMBELTZ COIROLO, GUSTAVO – ejec hipotecaria” IUE 2-16324/2021, se hace saber que el próximo 12 de MAYO a las 14 y 30 horas, en el local sito en Paysandú 896, el Martillero Carlos Abdala Souto, Matrícula 4234, RUT 211750130014, asistido por el Señor Alguacil del Juzgado que presidirá la subasta, procederá al remate público, sin base y al mejor postor, en dólares norteamericanos del siguiente bien inmueble: Unidad de Propiedad Horizontal número CERO CERO DOS, (002), ubicado en el Departamento de Canelones, Localidad Catastral Ciudad de la Costa, que forma parte del padrón matriz número CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS VEINTE (42.620), antes padrón en mayor área 13.065, que según plano del Ingeniero Agrimensor Fernando González Zanotta de octubre de 2016, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, Oficina Delegada de Ciudad de la Costa con el número 1782 el 29 de marzo de 2017, tiene una superficie de: 1033m. 86dms. (mil treinta y tres metros ochenta y seis decímetros) y según título: 1034m. 63dms. (mil treinta y cuatro metros sesenta y tres decímetros); con 16,83 metros de frente a la Avenida Uruguay entre calle Los Ángeles y calle No. 37. La unidad 002 se encuentra empadronada individualmente con el número CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS VEINTE BARRA CERO CERO DOS (42.620/002) y según el citado plano, se ubica en Planta Baja a cota vertical más 40 centímetros, se compone de una superficie de 45,28 metros (cuarenta y cinco metros veintiocho decímetros) y le corresponde el uso exclusivo de los bienes comunes Jardín “C”, y Área Libre “G”. Se previene: I) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en el momento de serle aceptada, más el 3,66% del precio de remate por concepto de comisión de compra del Rematador más I.V.A., debiendo consignar el saldo de precio en un plazo de veinte días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, plazo que no se interrumpirá por las Ferias Judiciales, ni por Semana de Turismo.- II) Que el mejor postor deberá dar cumplimiento con las previsiones de las leyes 19210 y 19.574, en la redacción dada por la Ley 19.889.- III) Que también serán de cargo del mejor postor los gastos de escrituración y demás que la Ley pone a su cargo.- IV) Que existen deudas por concepto de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria, únicos rubros imputables al precio hasta la fecha del remate.- V) Que se desconoce la existencia de deudas con el BPS por construcciones y la situación ocupacional del bien. VI) Que el adquirente del remate deberá, en caso de corresponder, previo al escriturar, dar cumplimiento al Ofrecimiento a la Intendencia de Canelones dispuesto por el art. 66 de la Ley 18.308. VII) Que será de cargo del demandado, la comisión de venta del Rematador más I.V.A., o sea 1,22% del precio de remate.- VIII) El bien se remata en las condiciones que surgen de la documentación, de la información registral y municipal y del expediente. IX) El mejor postor y el segundo mejor postor deberán constituir en el acta de remate, domicilio conforme al art. 71.1. del C.G:P. “… bajo apercibimiento de tener el domicilio procesal por constituido en los estrados…” X) Los títulos y antecedentes del bien y expediente se encuentran a disposición de los interesados en la Sede, sita en Pasaje de los Derechos Humanos 1309, primer piso, de la ciudad de Montevideo, siendo de cargo de estos últimos toda averiguación complementaria. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones.
Montevideo, 21 de abril de 2022
SUSANA de CARMEN FERNANCEZ VILA, Actuario
INFORMES:
CARLOS EDUARDO ABDALA SOUTO
[email protected]
Tels. 2916 6391 Cel. 094436573