Casa esquina en Las Toscas

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MARTES 11 DE JUNIO 14 HORAS
En SARANDÍ 518 – MONTEVIDEO

LAS TOSCAS

Avenida Central y Calle 3

CASA ESQUINA

Living comedor, 3 Dormitorios, cocina, Baño, Baño de servicio

PADRÓN 3.453

Superficie de Terreno: 410,63 m²

Sup. Edif.: 145 m² (según Catastro)

Garantía: 30% – Comisión e Imp.: 3,66%


EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 3º Turno, dictada en autos: “BBVA c/ BADILLO HERRERA, EVA y otro – EJECUCIÓN DE HIPOTECA” IUE 2-44080/2021, se hace saber que el próximo 11 de junio de 2024, a las 14.00 horas, en el local sito en Peatonal Sarandí 518/20, se procederá por el martillero ALBERTO BRUN, en diligencia presidida por la Señora Alguacil de la Sede, al remate sin base, al mejor postor y en dólares estadounidenses del siguiente bien inmueble: Solar de terreno con construcciones sito en el departamento de Canelones, localidad catastral Las Toscas, zona urbana, padrón Nº 3453, el que según plano de mensura de la Ing. Agrim. Magali Martínez Núñez de enero de 2014 inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, Oficina Delegada de Ciudad de la Costa con el Nro. 754 el 18/03/2014, tiene una superficie de 410 mc. 63 dmc. que se deslinda así: 22,50 mts. de frente al Noroeste a la calle Nro. 3 Los Jilgueros; 18,25 mts. al Noreste también de frente a la Avda. Central por ser esquina; al Sureste 22,50 mts. lindando con padrón Nro. 228. y al Suroeste 18,25 mts. lindando con padrón Nro. 229. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta como garantía así como la comisión del rematador más IVA (3,66%). Dicho pago deberá realizarse en el acto y si el precio total de lo rematado superare 1.000.000 de Unidades Indexadas deberá hacerse efectivo mediante letra de cambio, cheque cruzado no a la orden o transferencia electrónica de una entidad bancaria o cualquier otro medio de pago admitido por las Leyes 19.210 y 19.478 y sus decretos reglamentarios. 2) Que serán de cargo del comprador los gastos y honorarios de la escritura y los impuestos que la Ley pone a su cargo. 3) Será de cargo del expediente la comisión de venta del Rematador más IVA (1,22%) y el 1% de Impuesto Departamental. 4) Que se desconoce la situación ocupacional del bien. 5) Que únicamente podrán imputarse al precio de venta los tributos necesarios para la escrituración, esto es, Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria, devengados hasta la fecha del remate, siendo los posteriores a cargo del mejor postor. 6) El mejor postor deberá depositar el saldo de precio a la orden de la Sede y bajo el rubro de autos en plazo de 20 días corridos, contados a partir del siguente a la notificación del auto aprobatorio del remate y que no será interrumpido por la Feria Judicial ni por Semana de Turismo. 7) Que el inmueble se remata en las condiciones que surgen del expediente y de la documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la Sede para su consulta. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. Montevideo, 10 de mayo de 2024. PABLO GERARDO CARABALLO LEMAS, Actuario.

INFORMES:
ALBERTO BRUN
[email protected]
www.vanolibrun.com.uy
Peatonal Sarandí 520 – MONTEVIDEO
Tels. (+598) 2916 3131* – Fax. (+598) 2915 8811