REMATE JUDICIAL SIN BASE EN PESOS
CASA EN MELILLA
MIÉRCOLES 6 DE JUNIO A LAS 15:30 HORAS EN AV. URUGUAY 826 ANRTCI, MONTEVIDEO
SE DESTACA: A 300 Mts de Av. LEZICA, A 250 METROS DE CAMINO MELILLA Y PRÓXIMO A RUTA 5
UBICACIÓN: GUANAHANY 1693 ENTRE LISTER Y JULIO VERNE
PADRÓN: N° 162045 – SUP. SOLAR 373M² Y FRENTE 16Mts
COMODIDADES: 2 DORMITORIOS, BAÑO, COCINA, LIVING Y COMEDOR, PORCHE, SUP. EDIFICADA 85M²
ANTECEDENTES: PAZ 17 TURNO IUE 2-14126/2015
SEÑA: 30% COM. E IMP.: 3,66%
CHEQUE CERTIFICADO, LETRA DE CAMBIO O TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA DE BANCO DE PLAZA. CUMPLIENDO CON LEY Nº 19210 Y DECRETO REGLAMENTARIO
EDICTO: Por disposición de la SEÑORA JUEZ DE PAZ DEPARTAMENTAL DE LA CAPITAL DE 17o. TURNO, dictada en los autos caratulados: “AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA C/ RAPOSO, DANIEL. CESACION DE CONDOMINIO DE ORIGEN CONTRACTUAL ART. 370 C.G.P.” I.U.E. 0002-0014126/2015, se hace saber que el día 6/6/2018 a partir de las 15 y 30 horas, en el local ubicado en la Avda. Uruguay 826 A.N.R.T.C.I., se procederá por intermedio del Rdor. Daniel Orellano Matrícula 4685 R.U.T. 212.222.900.012, asistido por la Señora Alguacil del Juzgado, quien presidirá dicho acto, a la venta en pública subasta, sin base, al mejor postor y en pesos uruguayos del siguiente bien inmueble: Padrón 162045, sito en la 9ª sección judicial de Montevideo y localidad catastral Montevideo, se señala como solar ocho de la manzana 47 B, según plano del Agr. Julio C. Casaravilla de diciembre de 1951 e inscripto ante D. de Catastro el 5 de junio de 1952 con el No. 25584 y consta según el citado plano de una superficie de solar de mtrs. 373, 20 dcms. y se deslinda así: mtrs 16 de frente al sureste a la calle Guanahany 1693 entre las calles Lister y Julio Verne; distando el punto medio de dicho frente mtrs. 20,46 cms. de la ochava – 24 metros a la esquina – con la calle Lister, mtrs. 23,32 cms. al suroeste con parte del solar 7 -padrón 162044-, mtrs. 16 al noroeste con solar 10 -padrón 162047- y mtrs. 23, 33 cms. al noreste con solar 9 -padrón 162046-, todos del mismo plano. Según C. Catastral existen construcciones de 85 mtrs.
SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar en concepto de seña el 30% de su oferta en cheque certificado o letra de cambio o transferencia electrónica en cuenta B.R.O.U., dando cumplimiento a la ley 19.210 y su decreto reglamentario, en oportunidad de serle aceptada.- 2) Que será de cargo del mejor postor los gastos y honorarios de escrituración e impuestos que la ley pone a su cargo, asimismo la comisión del martillero que asciende a 3,66% – incluye impuestos, del precio subastado en el acto y efectivo.- 3) Que será de cargo del expediente la comisión que asciende a 1,22% -incluye impuestos-, del precio rematado.- 4) Que el bien objeto de remate es el 50% del padrón 162045 y que el mismo se encuentra gravado con primera hipoteca por el 100% del bien a favor de la A.N.V. y que se realizó el estudio de títulos con testimonio de la A.N.V.- 5) Que se desconoce la situación ocupacional del bien.- 6.- Que los únicos rubros imputables al saldo de precio y necesarios para la escrituración, son contribución inmobiliaria e impuesto de primaria.- 7.- Si existen deudas por otros gravámenes del padrón ante I. de Montevideo, serán de cargo del mejor postor. 8) El bien se remata con la documentación agregada en autos: certificados registrales, documentación agregada y que el expediente se encuentra a disposición de los interesados en Oficina Actuaria ubicada en la calle Zabala 1367, 4°. P. Montevideo, 7 de mayo de 2018.- Esc. MARILIN MORALES, ACTUARIA ADJUNTA.
INFORMES:
DANIEL NICASIO ORELLANO RECALDE
[email protected]
Tels. 2902 8896 Cel. 099 613 455