REMATE JUDICIAL SIN BASE EN $
CASA EN EL CERRO
MIÉRCOLES 11 DE DICIEMBRE A LAS 11:30 HORAS EN A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO
UBICACIÓN: TURQUÍA 3754 ESQ. MISMO CHARCAS.
PADRÓN: 126.189 SUP. SOLAR: M². 331.-
SUP. EDIFICADA S/ C.C.: M². 120.-
ANTECEDENTES: PAZ 33 IUE 2-31233/2017
SEÑA: 30% COMISION E IMPTOS: 3,66%
MEDIOS DE PAGO: LOS QUE AUTORIZA LEY 19.210.-
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez de Paz Departamental Capital de 33° Turno, dictada en autos: “PEREZ, CARMEN c/ VÁZQUEZ, JOSÉ – CESACION DE CONDOMINIO DE ORIGEN CONTRACTUAL (ART. 370 CGP)” IUE 2-31233/2017, Se procederá por intermedio del Rdor. Daniel Orellano Matrícula 4685 R.U.T. 212.222.900.012, el día 11 de diciembre de 2019, a partir de las horas 11 y 30, en el local ubicado en Avda. Uruguay 826 -A.N.R.T.C.I.-, asistido por la Señora Alguacil, quien presidirá dicho acto, a la venta en pública subasta, sin base, al mejor postor y en pesos uruguayos del siguiente bien inmueble: Mitad indivisa del Padrón 126.189 ubicado en localidad Catastral Montevideo, ciudad de Montevideo, señalado como el solar No.1 según plano del Agr. José P. Astigarraga de abril de 1929 inscripto en D. de Topografía el 18 de febrero de 1930 y según el cual consta de un área de 330 m, 87 dm. y se deslinda asï: 21m 53cm. de frente al Sur a la calle Charcas, 15m 40cm. al Oeste también de frente a la calle Turquía 3754 por ser esquina, 21m 44cm. al Norte lindando con Sucesión de Martín Mariscurrena y 15m 40cm. al Este lindando con solar No.2 del mismo plano. Según información de D. de Catastro hay 120 edificados.- SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar en concepto de seña el 30% de de su oferta. en pesos uruguayos por los medios de pago autorizados por ley 19210 y su decreto reglamentario.- El mejor postor deberá constituir domicilio dentro del radio de esta Sede.- 2) Que será de cargo del mejor postor del inmueble los gastos y honorarios de escrituración e impuestos que la ley pone a su cargo, asimismo la comisión del martillero que asciende a 3,66 % – incluye impuestos-, del precio subastado en el acto.- 3) Que será de cargo del expediente la comisión del expediente que asciende a 1,22 % – incluye impuestos -, del precio rematado.- 4) Que se desconoce la existencia de deudas por concepto de Contribución Inmobiliaria y de Impuesto de Primaria, por el inmueble así como otros tributos nacionales y/o departamentales.-5.-Sólo se podrá descontar del saldo del precio del remate, la deuda existente por concepto de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria por el inmueble hasta la fecha de la subasta. Dicha cancelación del saldo de precio deberá efectuarse y documentarse de acuerdo al Art. 40 de la Ley No. 19210 y su decreto Reglamentario- 6.- Que se desconoce cuál es el actual estado de ocupación del inmueble así como la existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones que hubieran en ella y especialmente frente a I. Montevideo y B.P.S. por las construcciones en el padrón.- 7.- El plazo para consignar el saldo de precio por parte de cada mejor postor será de 20 días corridos contados a partir día hábil siguiente al de la notificación de la providencia aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni la semana de turismo.- 8.-El título antecedente se agregó en testimonio notarial del escribano que autorizó la escritura.- 9.- El bien se remata en la situación jurídica y material en que se encuentra hasta la escrituración definitiva. La documentación puede ser examinada por los interesados en la calle Avda. 18 de Julio 1589, Piso 2°.
Montevideo, 25 de noviembre de 2019
CARLOS ELADIO D’ANDREA ARIJON, Actuario Adjunto.
INFORMES:
DANIEL NICASIO ORELLANO RECALDE
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Cel. 099 613 455