Casa en el centro de Pando

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
JUEVES 14 DE DICIEMBRE 13 HORAS
En AV. 19 DE ABRIL 3531
ESQ. LUCAS OBES – CASONA DEL PRADO DE MONTEVIDEO

CASA EN EL CENTRO DE PANDO

Ubicada en Transfiguración Iturria 958
e/ 18 de Julio y J.G. Artigas

AREA TOTAL 219 m²

PADRÓN Nro.: 173

Seña: 30%+3,66 com. e imp.

 

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 3o Turno, dictada en autos: “BONATO CONDE, LUIS c/ RODRIGUEZ LOPEZ, CATALINA – EJECUCIÓN DE HIPOTECA” IUE 2-8971/2022, se hace saber que el próximo 14 de diciembre de 2023 a partir de las 13 horas en el local de la Avenida 19 de abril 3531(CASONA DEL PRADO DE MONTEVIDEO), el martillero Pablo Fattorini (RUT 212103570019, mat.4477), presidido por la Sra. Alguacil de la Sede, sacará a la venta en subasta pública sin base, al mejor postor y en dólares estadounidenses el siguiente bien inmueble: solar con construcciones y demás mejoras que le acceden, ubicado en la séptima sección catastral del departamento de Canelones – hoy localidad catastral Pando, zona urbana, empadronado con el número 173 (CIENTO SETENTA Y TRES) , antes padrón número 653 (seiscientos cincuenta y tres) en mayor área, señalado como solar número 3 (tres) en el plano del Agrimensor Horacio Uslenghi de diciembre de 1936, inscripto en la Dirección General de Avalúos con el número 4 el 7 de enero de 1937, según cuyo plano tiene una superficie de 218 m 61 dm (doscientos dieciocho metros sesenta y un decímetros) y se deslinda así: 8 metros 48 centímetros al Noroeste de frente a la calle Transfiguración Iturria: 25 metros 75 centímetros al Noreste lindando con propiedad de Gabriel López: 8 metros 49 centímetros al Sureste lindando con parte del solar 1 y 25 metros 78 centímetros al Suroeste lindando con el solar 2 todos del mismo plano.- SE PREVIENE QUE:1) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en el acto al serle aceptada, la comisión e impuestos del rematador o sea 3,66%.- 2) Serán de cargo del expediente, la comisión de venta del rematador o sea el 1.22% .- 3) Existe deuda por contribución inmobiliaria y deuda por impuesto de enseñanza primaria.- 3) Que el bien se encuentra ocupado y que si bien posee construcciones se desconoce situación contributiva ante BPS.- 4) Solo se podrá descontar del precio de remate la deuda que existiera por concepto de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria que se adeuden hasta la fecha del remate.- 5) Se podrá imputar al precio del remate el 2% del ITP e IRPF por la parte vendedora hasta la suma concurrente.- 6) El mejor postor deberá consignar el saldo de precio en un plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate que no se interrumpirá por la ferias judiciales ni por semana de turismo, teniendo presente que deberá resguardar los medios de pago (previstos por la Ley 19.210, decretos reglamentarios y Ley 19.889) con los cuales deposita el saldo de precio a la orden de la Sede bajo el rubro de autos.- 7) En el acto de remate el mejor postor y el segundo mejor postor deberán constituir domicilio conforme al artículo 71 del C.G.P. (domicilio real y procesal electrónico judicial).- 8) Surge diferencia de superficie en título, plano y cédula catastral.- 9) Se remata en las condiciones que surgen del expediente y de la titulación y restante documentación agregada en autos .-
Montevideo, 29 de noviembre de 2023
MARÍA JOSÉ MORENO ARAÚJO, Actuarui Adjunto

INFORMES:
PABLO GONZALO FATTORINI BARCA
[email protected]
www.rematesfattorini.com
Tels. WhatsApp 099 669431 (de 10 a 16 hs)