EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 19º Turno, dictada en autos: “ANDRADE BENOIT, RAFAEL c/ GONZALEZ, MANUEL -EJECUCIÓN DE HIPOTECA” IUE 2-101960/2025, se hace saber que el próximo 27 de mayo de 2026 a las 14.30 horas, en el local sito en Humberto 1º. 4030, se procederá ´por intermedio del martillero ENRIQUE STAJANO, matricula 3648 Rut.211761230015, en diligencia presidida por la Señora Alguacil de la Sede, a la venta en subasta pública, sin base y al mejor postor del siguiente bien inmueble: Solar de terreno con construcciones ubicado en la localidad catastral Durazno, (antes primera sección judicial) del departamento de Durazno, zona urbana empadronado con el número 309, antes padrones 308 y 309, el que según plano del agrimensor Horacio Corvo Sugo de fecha 1 de diciembre de 2019, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro el día 20 de diciembre de 2019 con el número 8616, tiene una superficie de 303 metros 16 decímetros y se deslinda así: 11 metros 03 centímetros de frente al Suroeste a la calle Gustavo Gallinal (puerta numero 333), distando el punto extremo de su frente 17 metros 20 centímetros del comienzo de la ochava recta que se forma con la esquina formada con la calle Eusebio Piriz, 21 metros 61 centímetros al Sureste lindando con los padrones 1688 y 310; 18 metros 01 centímetros al Sureste lindando con padrón 310; 1 metro 79 centímetros al Sureste de frente a la calle Eusebio PIris, al Noreste línea quebrada formada por tres rectas que miden respectivamente 18 metros, 2 metros 25 centímetros y 11 metros corriendo la primera y la tercera de Sureste a Noreste 25 metros 32 centímetros lindando con parte del padrón 11330 y el padrón 11329 . SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar la seña del 30% de su oferta en el acto de serle aceptada la misma por concepto de seña, con los medios de pago autorizados por la ley 19210, modificativas, Ley 19.889 y la Ley Nº 20.469. Asimismo, deberá depositar el saldo de precio a la orden de la Sede y bajo el rubro de autos en plazo de 20 días corridos, contados a partir del siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate y que no será interrumpido por la Feria Judicial ni por Semana de Turismo. 2) Sera de cargo del adquirente, los gastos de escritura, impuestos y demás que la ley pone a su cargo, así como la comisión del martillero 3% más iva. 3) Sera de cargo del expediente el 1% más iva por concepto de comisión sobre ventas. 4) Se desconoce el actual estado de ocupación de la propiedad a rematarse, así como la existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones que hubiera en ella. 5) Solo se podrá descontar del precio de remate las deudas que existieran por concepto de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria, imputándose al mismo, hasta la fecha del remate, no pudiéndose incluir gastos de honorarios judiciales que surgieran a favor de las administraciones recaudadoras de dichos impuestos. 6) Será de cargo del expediente el 2% del ITP y lo que corresponda por IRPF por la parte vendedora hasta la suma concurrente. 7) El bien se remata en las condiciones que surgen del expediente, la documentación agregada y teniendo a la vista los certificados del Registro de la Propiedad Inmobiliaria de Montevideo y del Registro Nacional de Actos Personales ampliados al 27 de abril de 2026. 8) Toda la documentación relativa a este juicio, se encuentra de manifiesto en la Oficina Actuaria del Juzgado, sito en Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos 1309, de la ciudad de Montevideo a disposición de los interesados, debiéndose tener presente el artículo 390 del CGP inciso final. Y a los efectos legales se hacen las publicaciones legales. Montevideo, 05 de mayo de 2026. -MARTÍN LUIS MOLLER CAL, Actuario Adjunto.