REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MIÉRCOLES 15 DE MARZO 14:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO
CASA con 538m² DE TERRENO
INSTRUCCIONES Y CNO. CARLOS A. LOPEZ
FRANCISCO BONILLA 5317
Ubicación: Francisco Bonilla 5317 esquina Instrucciones.
Padrón: 197.715 de Montevideo.
Superficie edificada: 87m² (según cédula catastral)
Superficie de terreno: 585m² (según cédula catastral)
Deudas que se deducen del precio:
– Contribución inmobiliaria al 23/02/2023 $ 117.583 (Cta. Cte. IMM 590387)
– Impuesto de primaria al 23/02/2023 $ 10.062 (identificador 4390918)
Deudas que son de cargo del mejor postor:
– Tributos domiciliarios al 23/02/2023 $ 58.350 (Cta. Cte. IMM 972993)
– Tarifa de saneamiento al 23/02/2023, no figura deuda de saneamiento en la IMM (Cta. Cte. IMM 3682393)
Condiciones de Remate:
El mejor postor deberá consignar en dólares estadounidenses el 30% de su oferta en carácter de seña en el acto, al momento de serle aceptada la misma y que serán de su cargo la comisión de compra del Rematador y tributos que la ley impone o sea el 3,66%. Dicho pago deberá realizarse mediante letra de cambio cruzada o transferencia electrónica bancaria, cumpliendo con lo dispuesto por la Ley 19.210, decretos reglamentarios, y la Ley 19.889 y modificativas. En caso de abonar con transferencia electrónica el mejor postor deberá tener disponibles los fondos necesarios previo al momento de la realización de la subasta. Expediente:
– Civil 13er. Turno
– IUE: 2-41228/2017 “DUFAU, LEONEL c/ VIERA VEGA, ANDERSON – JUICIO EJECUTIVO”
– Pasaje de los Derechos Humanos 1309 (Montevideo)
ES RESPONSABILIDAD DE LOS INTERESADOS HACER LAS CONSULTAS JURÍDICAS Y NOTARIALES A UN PROFESIONAL DE SU CONFIANZA, ASI COMO AVERIGUAR LAS DEUDAS EXISTENTES A LA FECHA DE REMATE.
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 13º Turno, dictada en autos: “DUFAU, LEONEL c/ VIERA VEGA, ANDERSON – JUICIO EJECUTIVO” IUE 2- 41228/2017, se hace saber que el próximo 15 de marzo de 2023 a las 14:30 horas en el local de la calle Uruguay 826, por intermedio del Martillero ALFREDO RAMOS MASTALLI, Matrícula N° 5579, RUT 214920180011, en acto presidido del Oficial Alguacil del Juzgado, se subastará, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor, el siguiente bien: solar con construcciones y demás mejoras que le acceden sito en la localidad Montevideo, décimo séptima sección judicial, padrón número CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS QUINCE, señalado con el número 16 de la manzana letra “E” en el plano del Agrimensor Joaquín Apinak de enero de 1959, inscripto en la Dirección de Catastro el 12 de enero de 1962, con el número 42259, aprobado por la dirección de plan regulador de Montevideo, el 5 de enero de 1962 expediente número 19707(A), con una superficie de quinientos ochenta y cinco metros, que se deslinda así: trece metros al noreste, de frente a la calle número tres, hoy Francisco E. Bonilla; cuarenta y cinco metros al Sudeste, lindando con los solares números 17-18 y parte del solar número 19; trece metros al Sudoeste, lindando en el solar número 22; y cuarenta y cinco metros Noroeste, lindando con el solar número 15, todo del citado plano. SE PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar en dólares estadounidenses el 30% de su oferta en carácter de seña en el acto, al momento de serle aceptada la misma y que serán de su cargo la comisión de compra del Rematador y tributos que la ley impone o sea el 3,66%. Dicho pago deberá realizarse mediante cualquiera de los medios de pago previstos por la Ley 19.210, modificativas y Ley 19.889. En caso de abonar con transferencia electrónica el mejor postor deberá tener disponibles los fondos necesarios previo al momento de la realización de la subasta. 2) Que serán de cargo del vendedor (expediente) la comisión del Rematador e impuestos, o sea, 1,22%. 3) El plazo para consignar el saldo de precio por el mejor postor, será de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo. La cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a la ley 19.210, modificativas y Ley 19.889. 4) Se desconoce la situación ocupacional y contributiva actual del inmueble, especialmente en cuanto refiere a las construcciones, si las hubiere. 5) Únicamente podrá descontarse del saldo de precio lo que se adeudare por contribución Inmobiliaria e impuesto de Enseñanza primaria. 6) Una vez escriturado se reintegrará al mejor postor los conceptos abonados por IRPF e ITP. (en caso de corresponder). 7) La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del juzgado sito en el Palacio de los Tribunales, Pasaje de los DDHH 1309 de la ciudad de Montevideo. Y a los efectos legales se realiza esta publicación.
Montevideo, 10 de febrero de 2023
FIORELLA MOREIRA MARIÑO, Actuario Adjunto
INFORMES:
ALFREDO RAMOS MASTALLI
[email protected]
Cel. 099685653