REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S MARTES 1 DE SETIEMBRE 14:30 HORAS
En PTAS. JDO. LDO. DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIUDAD DE LA COSTA DE 5º TURNO AV. GIANNATTASIO KM 23
Buena fracción de campo en Paraje Piedras de Afilarsobre Ruta Nacional Nº 9
Total 16 hectáreas 6.016 mts.
Condiciones del remate: Seña 25 % más comisión e impuestos 3,66.
Sólo se permitirá abonar por los medios de pago previstos en la Ley de Inclusión Financiera
Antecedentes: Juzgado Letrado Civil 5 turno Ciudad de la Costa IUE 467-85/2015
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Ciudad de la Costa de 5° Turno, dictada en autos: “DULCE REFUGIO S.A C/ CUYAS, SANTIAGO Y OTROS EJECUCION HIPOTECARIA CIVIL” IUE 467-85/2015, Se hace saber que el Martillero JUAN ALFREDO MARTINEZ PEREZ (Matrícula 4786, Rut 210765560011), subastará, en diligencia a presidir por la Señora Alguacil de la Sede, el día martes 1 de setiembre de 2020 a partir de las 14y30 horas, en la puerta del Juzgado mencionado Av. Luis Giannattasio Km. 23, sin base al mejor postor y en dólares americanos, el siguiente bien inmueble: fracción de campo con edificio y demás mejoras que le acceden, sita en la octava sección catastral del Departamento de Canelones, paraje “PIEDRAS DE AFILAR”, zona rural, que según plano del Agrimensor Daniel Reinante, de agosto de l926, inscripto en la Dirección de Topografía el 3 de setiembre de 1926, es señalada con la letra “B”. Dicha fracción se encuentra empadronada con el numero 13.153, (trece mil ciento cincuenta y tres), tiene una superficie de dieciséis hectáreas seis mil dieciséis metros (16 hectáreas 6016 metros), que se deslinda así: al Suroeste 109.51 metros de frente a Camino Maldonado; al Noroeste 1205,60 metros lindando con fracción “A”; al Noreste 180,80 metros lindando con Jose Peñagaricano y al Sureste 1144,30 metros por donde confina con fracción “C” de Lindolfo Silveira . SE PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar al aceptársele su oferta, se deberá abonar conforme a lo dispuesto por la Ley 19.210 y modificativas, (en pago electrónico, cheques comunes o de pago diferido certificados cruzados no a la orden o letras de cambio cruzadas emitidas por una institución de intermediación financiera a nombre del adquirente), el 25% de la misma en carácter de seña, y pagar la comisión de compra del Rematador más Iva: 3,66% del precio de remate. Asimismo, deberá depositar el saldo de precio, deberá realizarse mediante acreditación en cuenta judicial ante el BROU a la orden de la Sede y bajo el rubro de autos. 2) Serán de cargo del adquirente los gastos de escrituración e impuestos que la ley pone a su cargo. 3) Será de cargo de la demandada la comisión de venta del Rematador más Iva: 1,22% del precio. 4) Que será a cargo del expediente el impuesto municipal según ley 12.700 del 1%. 5) Que existe documentación relativa al inmueble en la oficina judicial. 6) Se desconoce el estado ocupacional del inmueble y su estado de conservación. 7) Que el inmueble mantiene deudas por Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria, las que podrán descontarse del precio hasta la suma concurrente. 8) La documentación se halla a disposición de los interesados en la sede judicial: Av. Luis Giannattasio Km. 23. A los efectos legales se hace esta publicación
Ciudad de la Costa, 07 de agosto de 2020
INFORMES:
JUAN ALFREDO MARTINEZ PEREZ
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Tels. 25075133 Cel. 096440909