Campo en Colonia San Javier

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Remate Judicial – Sin Base en Dólares

 Miércoles26 de Agosto 15 horas en Rincón 408 – Montevideo

CAMPO EN “COLONIA SAN JAVIER”
Paraje “San Javier”
A 50 kmts. de Young
RÍO NEGRO

IMPORTANTE
Según resolución N° 11 de Acta N° 5.490 del Instituto Nacional de Colonización del 12/02/20 referente al llamado público a interesados a participar en la subasta, informa que no se inscribieron interesados, pudiendo solo pujar el acreedor ejecutante así como todo acreedor embargante.

41 Hás. 7.561 m²

A 7 Kmts. apróx. de SAN JAVIER
A 10 Kmts. apróx de Ruta N° 24

Frentes: 610,70 mts. por Camino Vecinal y 534,75 mts. por calle

3ª Sección Judicial de Río Negro – Padrón N° 2.848

Índice de Productividad: 74
– Accesos

Cuenta con varios accesos. Uno de ellos, desde San Javier tomar a la derecha por Camino Vecinal, recorrer 5 kmts. aprox.; luego otra vez a la derecha y a unos 3,5 kmts. apróx. se encuentra el campo que aparece en un cruce de caminos.
También saliendo desde San Javier por ingreso principal, recorrer 2 kmts. apróx. y tomar camino Vecinal a mano izquierda, a los 4 kmts. apróx., en el cruce de caminos está situado el campo.

– Tiene 2 frentes por ser esquina

– Alambrado perimetral: 1 solo potrero

– Monte, cañada y Tajamar.

Tipo de Suelo: 09.3
Este grupo se localiza en los alrededores de Pueblo Sánchez, siendo observable por Ruta 24, en el tramo comprendido al norte de Nueva Mehlem hasta Tres Bocas, en el Dpto. de Río Negro. Existen extensiones menores en los Dptos. de Paysandú, Soriano y Colonia. El material geológico corresponde a sedimentos areno arcillosos de color pardo, a veces pardo rojizo, existiendo en algunos lugares losas de areniscas silicificadas. Al este de la región existen cantos rodados que en algunas áreas alcanzan alta concentración (casquetes). Todos estos materiales corresponden a la formación Salto. El relieve está constituido por lomas de laderas asimétricas, donde las laderas sur son de marcada convexidad y pendientes de 4 a 8% y las laderas de exposición norte son más extendidas y de pendientes suaves, de 1 a 3%. Los suelos dominantes están correlacionados con las posiciones topográficas arriba indicadas, ya que en las laderas fuertes existen Argisoles (a veces Planosoles) Dístricos Ocricos a veces Melánicos Típicos, a veces Abrúpticos, hidromórficos, de color pardo oscuro, textura franco arenosa a arenoso franca, fertilidad baja y drenaje imperfecto. (Praderas pardas y Planosoles arenosos). En las laderas suaves los suelos corresponden a Brunosoles Subéutricos Típicos y Lúvicos, a veces hidromórficos de color pardo muy oscuro, textura franco arenosa o franco arcillo arenosa, fertilidad media y drenaje moderadamente bueno a imperfecto (Praderas Pardas algo arenosas). La vegetación es de pradera estival, con existencia de especies gruesas (paja colorada, canutillo,etc.) en las áreas de texturas más arenosas (Argisoles y Planosoles). Existen áreas con cultivos estivales pero predomina el uso pastoril estival. Este grupo corresponde a la unidad Tres Bocas en la carta a escala 1:1.000.000 (D.S.F.). Indice de Productividad 74.
Seña 30% – Comisión e IVA 3,66%
TODO EN EL ACTO EN LETRA DE CAMBIO O TRANSFERENCIA BANCARIA
PLAZO PARA EL PAGO DEL SALDO DE PRECIO:
20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate. SE SUGIERE CONSULTAR A SU PROFESIONAL DE CONFIANZA
para estudio de expediente, títulos, adeudos municipales, nacionales y demás.

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 12º Turno, dictada en autos: “DI GIORNO, JOSELITO C/ LORDGUIN QUEIJO, ALVARO y otros EJECUCIÓN HIPOTECARIA-” IUE 2-3309/2018, se hace saber que el próximo 26 de Agosto a las 15 horas en el local de la calle Rincón Nº 408, por intermedio del Martillero GUSTAVO IOCCO, Matrícula Nº 1716, RUT 211808550010, asistido de la señora Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base, en dólares estadonunidenses y al mejor postor del siguiente bien inmueble: fracción de campo, y sus mejoras ubicadas en la Colonia San Javier, 3ª sección judicial del Departamento de Río Negro, zona rural, empadronada con el Nº 2.848, la que según plano de mensura y fraccionamiento del Agrim. Adolfo O. Musso, inscripto en la Inspección Técnica Departamental de Empadronamiento de Paysandú con el Nº 39 el día 25 de julio de 1925, está señalada con el Nº 79, tiene una superficie de 41 hás7.561 mts. 94 dmts. y se deslinda así: 610 mts. 70 cmts. al NO de frente a Camino Vecinal de 17 mts., que la separa de la fracción Nº 69; al NE 534 mts. 75 cmts. defrente a calle vecinal de 17 mts. que la separa de la fracción 83; al SE 786 mts.5cmts. lindando con la fracción 80 y al SO 678 mts. lindando con la fracción 78, todos del mismo plano. SE PREVIENE: 1º) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30 % de su oferta al bajarse el martillo, teniendo presente que dicho pago deberá realizarse en el acto. El pago y entrega de dinero en toda operación o negocio jurídico, cualesquiera sean las partes contratantes podrá realizarse por cualquier medio de pago hasta la suma de U.I 1.000.000 (un millón de unidades indexadas). Todo pago en exceso de dicho monto deberá pagarse por medios de pago distintos del efectivo. No se prevén medios de pago obligatorios. 2º) Que serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios y certificados, y la Comisión de Compra del Rematador e I.V.A o sea- el 3,66 % del precio de remate. 3º) Que será de cargo del expediente la Comisión de Venta del Rematador e I.V.A -o sea- el 1,22 % del precio de remate. 4º) Que se remata en las condiciones jurídicas y materiales que surgen del expediente y de la documentaciónpresentada en la Sede. 5º) Que el inmueble está situado en la Colonia San Javier y se encuentra comprendido en el régimen del articulo 70 de la Ley 11.029 y modificativas. 6º) Que se desconoce la situación ocupacional y el estado de conservación 7º) Que existe deuda de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria desconociéndose sí existen otras deudas que afecten el bien. 8º) Que sólo podrá descontar del precio contribución inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria. 9º) Que deberá depositar el saldo de precio en el plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente de las notificaciones del auto aprobatorio del remate, que no interrumpirá por las ferias judiciales ni por semana de turismo. 10º) Que una vez efectuada la subasta y previo a la escrituración del inmueble a favor del mejor postor, se deberá obtener la autorización del Directorio del Instituto Nacional de Colonización para otorgar la correspondiente escritura. 11º) Que los antecedentes del bien a rematarse se encuentran a disposición de los interesados en el Juzgado sito en Pasaje de los Derechos Humanos 1309, Piso 3º. Y a los efectos legales se hacen éstas publicaciones. Montevideo, 07 de agosto de 2020. GABRIELA BEATRIZ del ROSARIO HORMAIZTEGUY CASARVILLA, Actuaria.

INFORMES:
DANTE Y GUSTAVO IOCCO
[email protected]
www.iocco.com.uy
Rincon Nº 412 – Montevideo
Tels. 29166910* – FAX.29166986