Campo de 169 Hectáreas en Dolores

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S

Juicio Ejecutivo Cambiario
JUEVES 5 de AGOSTO – 14 Horas
En RINCÓN 408 – MONTEVIDEO

CAMPO EN DOLORES

169 Hectáreas 8.235 m2
RUTA 105 Kmt. 22,200

Entrada por Camino Vecinal. A 3 kmts. de la Ruta 105

Descripción
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 10º Turno, dictada en autos: “BANQUE HERITAGE (URUGUAY) S.A c/ VIANA FERBER, LUCÍA y otros – JUICIO EJECUTIVO CAMBIARIO” IUE 2-42946/2016, se hace saber que el próximo 5 de Agosto a las 14 horas en el local de la calle Rincón N° 408, por intermedio de los Martilleros DANTE y GUSTAVO IOCCO, Matrículas Nos. 6970 y 1716 RUT 211808550010, precedido por la Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor del siguiente bien inmueble: fracción de campo con las mejoras que le acceden ubicada en la 7ª Sección Catastral y Judicial del departamento de Soriano, Paraje “Cañada de Magallanes”,empadronado con el Nº 947, se señala como el Nº 1 en el plano del Agrimensor C. Gilberto Roberts de setiembre de 1959., inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Soriano el 30/9/1959 con el Nº 1.568, consta de una superficie de 169 Hás 8.235 m 26 dm y se deslinda: al Norte, Cañada Magallanes, por medio parte con sucesión de Turienzo y en parte con propiedad de Alejandro C. Bardier; al E quebrada compuesta por dos tramos rectos de 181 m 20 cm y de 531 m 80 cm con propiedad de la sucesión Cairús; al Sur 7 tramos de recta que miden respectivamente 1070 m 20 cm, 223 m 80 cm y 230 m 20 cm con propiedad Santiago Bécquer 192 m 20 cm, 151 m 60 cm; 153 m 70 cm y 276 m 30 cm, con propiedad de Fernando Mendoza y al Oeste 1319 m 95 cm con la fracción 2 del mismo plano. SE PREVIENE: 1°) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30 % de su oferta al bajarse el martillo, teniendo presente que dicho pago deberá realizarse en el acto mediante letra de cambio cruzada a nombre del comprador (mejor postor) o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo con las leyes 19.210, 19.478, 19.889 y decretos reglamentarios. 2°) Que serán de cargo del Comprador los gastos de escrituración, honorarios, certificados, y la Comisión de Compra del Rematador e IVA o sea el 3,66% del precio de remate. 3°) Que será de cargo del Demandado la Comisión de Venta del Rematador e Iva -o sea- el 1,22% del precio de remate. 4°) Que existe deuda por Contribución Inmobiliaria; que respecto del Impuesto de Enseñanza Primaria se desconoce si existe deuda por dicho impuesto, de acuerdo a lo manifestado por el banco actor 5º) Que se desconoce la situación ocupacional del bien y la existencia de deudas por construcción ante la I.M de Soriano y el B.P.S. 6º) Que solamente podrá ser imputado al precio de remate los tributos necesarios para la escrituración, esto es Contribución Inmobiliaria y el Impuesto de Enseñanza Primaria.7º) Que el plazo para consignar el saldo de precio por el mejor postor será de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por semana de turismo. 8º) Que los títulos de propiedad y demás antecedentes del bien a rematarse se encuentran a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria, Pasaje de los Derechos Humanos 1309, Piso 3°. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. Montevideo, 23 de junio de 2021. María Gabriella Carbone Guerra, Actuaria Adjunta.

INFORMES: DANTE Y GUSTAVO IOCCO
[email protected] – www.iocco.com.uy
Rincon Nº 412 – Montevideo
Tels. 29166910* – FAX.29166986