Buena casa en Vilardebó

JUDICIAL SIN BASE EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES

BUENA CASA EN VILARDEBÓ 1256 CASI ABAYUBÁ

MIÉRCOLES 30 DE MAYO A LAS 14:30 HORAS EN URUGUAY 826 (ANRTCI – MONTEVIDEO)

Padrón 176.647 – Superficie: 66,84 m2

Seña 30% – Com. e Imp. 3,66% – Juzg. Civil 12° T – IUE 25-374/1999

EDICTO: Por disposición del Señor Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 12° Turno en autos caratulados: ”B.R.O.U. c/KRENGEL LAUFER Y OTRO. Ejecución hipotecaria” IUE 25-374/1999, se hace saber que el próximo 30 de mayo de 2019 a las 14:30 horas en Avenida Uruguay 826 (ANRTCI), se procederá por intermedio del martillero PABLO BORSARI BRENNA matrícula 4821, R.U.T. 212109720012, presidido por la Sra. Alguacil a la venta en pública subasta, en dólares estadounidenses, sin base y al mejor postor, del siguiente bien: solar de terreno con el edificio y demás mejoras que le acceden, sito en la octava sección judicial del departamento de Montevideo, empadronado con el número CIENTO SETENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE (176.647), que según plano del Agrimensor Roberto Schinca de octubre de mil novecientos cuarenta y dos, inscripto en la Dirección General de Avalúos con el número siete mil novecientos veintitrés el trece de los mismos mes y año, según el cual está señalada como fracción “B”, tiene un área de sesenta y seis metros ochenta y cuatro decímetros que se deslinda: cinco metros cincuenta y ocho centímetros al Norte de frente a la calle Vilardebó, por donde su puerta de entrada está señalada con el número mil docientos cincuenta y seis, distando su punto más próximo cinco metros setenta y nueve centímetros de la esquina con la calle Abayubá; doce metros dos centímetros al Este lindando con la fracción “C” del plano citado; cinco metros cincuenta y seis centímetros al Sur limitando con parte del padrón número ciento un mil seiscientos sesenta y cuatro; y doce metros cuatro centímetros al oeste confinando con la fracción “A” del plano referido. Se previene que: 1º) El mejor postor deberá consignar como seña el 30% de su oferta al bajarse el martillo, como así también la comisión del rematador e impuestos, o sea el 3,66% del precio de remate. 2º) Será de cargo del expediente la comisión de venta del rematador e impuestos, o sea el 1,22% del precio de remate. 3°) Se remata en las condiciones que surgen del expediente y la documentación presentada en la Sede. 4°) Se desconoce su estado de conservación y la situación ocupacional. 5°) Existen deudas por contribución inmobiliaria e impuesto de enseñanza primaria. 6°) El mejor postor deberá tener presente que: A) podrá descontar del precio contribución inmobiliaria e impuesto de enseñanza primaria, B) deberá depositar el saldo de precio en el plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo, C) tanto al momento de abonar la seña como el saldo de precio debe cumplir con lo establecido en la Ley 19.210 modificativas y concordantes y decretos reglamentarios. 7°) la documentación se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del juzgado sito en Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derechos Humanos 1309 piso 3 de la ciudad de Montevideo. Montevideo, 13 de mayo de 2019. GABRIELA HORMAIZTEGUY. Actuaria

INFORMES:
PABLO DIEGO BORSARI BRENNA
[email protected]

Cel. 099 688 946