Buena casa en Santa Lucia del Este

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MARTES 14 DE NOVIEMBRE 14:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

BUENA CASA EN STA. LUCÍA DEL ESTE

Calle 37 esquina Calle 34
A 300 m. de Ruta Interbalnearia Km 68.100 (Parada Bus)

PADRÓN 1144 – PREDIO 999 m²

2 FRENTES DE 42 m. c/u.

Seg. inf.: casa 163 m², 3 dorm. etc. barbacoa 81 m² + 1 apartamento c/baño, galpón 20 m².

SEÑA 30% + COM/IMP 3,66% en el acto.
Medios de pago Ley 19.210 E. Hipoteca.

 

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 9º Turno, dictada en autos: “GOMEZ ETCHEVERRY, WASHINTONG c/ ALLES CANERO, HEBER y otro – EJECUCIÓN DE HIPOTECA” IUE 2-35490/2021, se hace saber que el próximo 14 de noviembre de 2023 a las 14 y 30 horas en el Local de Av. Uruguay 826 Montevideo, se procederá, por intermedio del Martillero GERARDO GOMES de FREITAS Matricula Nº 2365 RUT 190036780016, asistido del Oficial Alguacil del Juzgado, a la venta en Remate Público, sin base y al mejor postor y en dólares estadounidenses del siguiente bien Inmueble: solar de terreno con sus construcciones y demás mejoras que le acceden sito en el Departamento de Canelones, localidad Catastral Santa Lucía del Este empadronado con el Nº1144, señalado como solar 15 de manzana 49 en el plano de mensura y fraccionamiento del Agrimensor Horacio Uslenghi de noviembre de 1948, aprobado por la Intendencia Municipal de Canelones el 14/05/1949, inscripto en la DGC con el Nº5201 el 5/07/1949 según el cual consta de una superficie de 999m 26dm y se deslinda así: 42m 95cm de frente al SE a calle 37; 42m 95cm de frente al O a la calle Nº34, formando esquina, uniendo ambas alineaciones ochava recta de 5m; línea quebrada de 20m 50cm cada uno de sus dos tramos , orientados al N y NE el primero y el segundo respectivamente, lindando ambos en toda su extensión con el solar 14.- SE PREVIENE: 1º) Que el mejor postor deberá consignar como seña el 30% de su oferta en el acto, en dólares estadounidenses, al bajarse el martillo más la comisión e impuesto de compra del Rematador totalizando el 3,66% respectivamente del precio del Remate. 2º) Que los gastos de escrituración y todos aquellos que la Ley pone a su cargo, serán asumidos por el adquiriente. 3º) Que será de cargo del ejecutado la comisión de venta más el IVA que totaliza el 1,22% del precio, así como los impuestos municipales. 4º) Que se desconoce el estado de regularidad de las construcciones, su estado ocupacional, afectaciones, como así también la situación tributaria y estado de deudas ante diferentes organismos (BPS, DGI, Intendencia de Canelones, etc.), tiene deuda de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria. 5º) La seña deberá consignarse por cualquiera de los medios de pago previstos por la ley Nº19.210, modificativas y decretos reglamentarios. 6º) Solamente podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración hasta el momento del remate; en el caso de existir cuentas en juicio solo se podrá descontar el monto del tributo y no los honorarios judiciales que se originaren, los cuales serán asumidos por quien resultare mejor postor en el remate. 7º) El plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo. La cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a la Ley Nº19.210, modificativas y decretos reglamentarios. 8º) Quien resulte mejor postor en el remate deberá tramitar previamente a la escrituración del bien ante la Intendencia correspondiente el certificado referente al derecho de preferencia previsto por el artículo 66 de la Ley 18.308. 9º) Que la subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del juzgado sito en Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 piso 1º de la ciudad de Montevideo.- Y a los efectos legales se hacen éstas publicaciones dejándose constancia que se tuvo a la vista la ampliación de los certificados registrales Nº2446801, 2446818 y 2613095 de fecha 2 de octubre de los corrientes que obran en autos. Montevideo, 09 de octubre de 2023. VERÓNICA MARIELA MERLANO CONDE, Actuario Adjunto.

INFORMES:
GERARDO GOMES DE FREITAS
[email protected]
www.gomesdefreitas.rematador.com.uy
Zabala 1372 Esc. 15 – MONTEVIDEO
Tels. 2916 8861 Cel. 099 635 635