Barrio Sur, J. Barrios Amorin 1129, unidad de propiedad horizontal 009

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN $
MARTES 10 DE NOVIEMBRE 15:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

BARRIO SUR
UNIDAD DE PROPIEDAD HORIZONTAL 009

PADRÓN: 9496/009.

UBICACIÓN: JAVIER BARRIOS AMORIN N° 1129,
ENTRE MALDONADO Y DURAZNO.
SUPERFICIE TOTAL: 38 m² 64 dm².

Seña: 30% Comisión 3.66 %, por cualquiera de los medios de pagos previstos por la
ley 19.574, 19.210 en la redacción dada por la ley 20.469, modificativas y decretos
reglamentarios.

INFORMES: 094 202 300 – 097 404 142


EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez de Paz Departamental Capital de 24º Turno, dictada en autos: “APRHOR LTDA c/ FERREIRA TROISI, LAURA – JUICIO EJECUTIVO COMÚN” IUE 2-94157/2024, se hace saber que el día 10 de noviembre del 2026 a las 15 y 30 horas en el local de la A.N.R.T.C.I., calle Uruguay Nº 826, se procederá por intermedio del martillero MARIELA MARTINEZ CARRÉRE, matrícula Nº 4562, RUC 212220330014, presidido por la Sra. Alguacil de la Sede, a la venta en pública subasta, en pesos uruguayos sin base y al mejor postor del siguiente bien: PADRÓN 9496/009- Unidad de propiedad horizontal 009, que forma parte del edificio de propiedad horizontal regido por la ley 10.751 y 13.870, su decreto reglamentario, modificativas y concordantes, construido en un solar de terreno sito en localidad catastral Montevideo, departamento de Montevideo, padrón matriz número 9496, que según plano de mensura y fraccionamiento horizontal del Agrimensor Walter De León Caceres de noviembre de 1970, inscripto en la Dirección General de Catastro el 4/1/1971 con el Nº 65.109, consta de una superficie de 518 m 67 dm con 13 m 42 cm de frente al NE a la calle Barrios Amorin Nº1150, distando su punto más extremo 27 m 48 cm de la esquina con la calle Maldonado. La unidad 009, se encuentra empadronada individualmente con el número 9496/009 y según plano se citado, se ubica en planta baja a cota vertical + 1,28 m y consta de una superficie de 38 m 64 dm y le corresponde el uso exclusivo de la Azotea 1-uno. SE PREVIENE: I) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% de su oferta en el acto de aceptarle la misma. II) El plazo para consignar el saldo de precio, es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por Ferias Judiciales ni Semana de Turismo. III) Que tanto la seña como el saldo de precio deberán consignarse, en caso de corresponder por cualquiera de los medios de pago previstos por las Leyes 19574 y 19210, en su redacción dada por Ley 20.469 modificativos y decretos reglamentarios. IV) Que serán de cargo del mejor postor, la comisión del Rematador e impuestos, o sea el 3.66%, los gastos y honorarios de escrituración y lo que la ley ponga a su cargo. V) Que será de cargo del expediente, la comisión de venta del Rematador, o sea el 1.22 % del precio de remate, así como los gastos originados por el mismo y los impuestos que la ley pone a su cargo. VI) Se desconoce el estado ocupacional de la propiedad a rematarse, así como la existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones que hubiera en ella y pago de aportes a la construcción, al BPS y estado de deudas antes otros organismos, DGI, Intendencia, etc. VII) Que el inmueble tiene deuda de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria y sólo podrán descontarse hasta la suma concurrente del precio del remate hasta el día del mismo por ser los necesarios para la escrituración (art. 389 CGP), no pudiendo descontar en cuentas en juicio, los honorarios profesionales, los que deberá asumir el mejor postor. El ITP mitad correspondiente a la parte vendedora e IRPF de corresponder, serán reintegrados posteriormente a la escrituración, una vez acreditado su pago y para el caso de que superaran el precio de la almoneda, la diferencia será de cargo del mejor postor. VIII) Del último título de Compraventa de fecha 26/3/2013, donde adquiere la demandada de autos, luce un saldo de precio pendiente por la suma de U$S 32.000. Luce plano de mensura inscripto con el N.º 75109 y de cédula catastral luce N.º 65.109 IX) Que existe deuda por concepto de gastos comunes posteriores a la intimación que dio origen a los presentes autos, no formando parte de está ejecución. X) Que el estudio de títulos se realizó en base a testimonio por exhibición de la escritura matriz de compraventa y de la documentación antecedente e información registral ampliada al 1/10/2026, la cual se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del Juzgado Ofgecen, en la calle 25 de Mayo Nº 500, Montevideo, siendo de su cargo toda averiguación complementaria (art. 390 C.G.P) Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. Montevideo, 19 de octubre de 2026. -NATALIA FERREIRA MERNIES, Actuario Adjunto.

INFORMES:
MARIELA MARTINEZ CARRERE
m.martinez@adinet.com.uy
Tels. 094 202 300 – 097 404 142