Balneario San Luis – Casa y terreno traslindero

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MARTES 21 DE JULIO 13:30 HORAS
En RINCÓN 408 – MONTEVIDEO

BALNEARIO SAN LUIS
CASA
Y TERRENO TRASLINDERO
SE REMATAN POR SEPARADO
CASA
Calle JUAN CARUSO – Antes Piedras
ENTRE BATLLE Y ORDÓÑEZ Y DIAGONAL HONDURAS
Manzana Nº 375 – Solar Nº 8
PADRÓN 2.230
Planta baja: Jardín al frente. Living-comedor, cocina, 1 dormitorio y baño. Al fondo,
Galpón – Parrillero. Planta alta: 2 dormitorios y baño.

PLANTA BAJA
• Porche – 12 m2
• Vivienda – 72 m2
• Barbacoa – 20 m2
• Parrillero – 4 m2
• Depósito – 18 m2
• Cubierta Techado – 14 m2

PLANTA ALTA
• Vivienda – 42 m2

ÁREA 432 m2
FRENTE 12 mts
EDIFICADO 174 m2
Carpeta Catastral N° 11
Detalle según la Web de la Dirección Nacional de CATASTRO. Carpeta N° 11.

Aclaración: No se tuvo acceso al bien por lo que se desconoce la distribución y
estado de conservación.

TERRENO
Calle MISIONES
ENTRE BATLLE Y ORDÓÑEZ Y DIAGONAL HONDURAS
Manzana Nº 375 – Solar Nº 15
PADRÓN 2.237
TERRENO TRASLINDERO
ACTUALMENTE COMUNICADO CON EL OTRO PADRÓN
ÁREA 432 m2
FRENTE 12 mts.

Seña 30% – Comisión + IVA 3,66%

TODO EN EL ACTO
Plazo para el pago del saldo de precio: 20 días corridos a partir del día hábil
siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate.
El pago podrá realizarse en efectivo hasta:
a) La suma de 200.000 U.I, (1 U.I = $6,6011 al 30/06/26)
b) El 5% del valor total de la operación, siempre que dicho monto no supere las
450.000 U.I.
El saldo de la operación deberá realizarse mediante otros medios de pago.
Cumpliendo con lo dispuesto por el art. 35 de la Ley Nº 19.210, en la redacción dada por la Ley Nº 20.469, modificativas y concordantes, así como por las Leyes Nº
19.478 y Nº 19.889.


 

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 16º Turno, dictada en autos: “PINTURAS INDUSTRIALES S.A. c/ GUTIERREZ, MARIA y otros EJECUCIÓN HIPOTECARIA” IUE 2-99859/2024, se hace saber que el próximo 21 de Julio a las 13 y 30 hs. en el local de la calle Rincón 408, por intermedio de los Martilleros DANTE y GUSTAVO IOCCO, Matrículas Nº. 6970 y 1716 respectivamente , RUT 211808550010, asistidos del Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base, en dólares americanos, y al mejor postor de los siguientes bienes inmuebles ubicados en la localidad catastral San Luis, departamento de Canelones, zona urbana: I) solar de terreno y construcciones que le acceden, empadronado con el Nº 2.230, el que según plano del Agrim. Uruguay Beca de febrero de 1945, inscripto en la Dirección General de Catastro el 13/3/1945 con el Nº 2609, se señala como solar 8 de la manzana 375, consta de una superficie de 432 mts. y se deslinda así: al SE 12 mts. de frente a calle Piedras; al SO, 36 mts. lindando con solares 9 y 11; al NO 12 mts. lindando con solar 15 y al NE, 36 mts. lindando con solar 7, todos del mismo plano. II) solar de terreno baldío, sito en el departamento de Canelones, localidad catastral San Luis, zona urbana, empadronado con el Nº 2.237, el que según plano del Ing. Agrim. Uruguay Beca de febrero de 1945, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro el 13/03/1945 con el número 2609, se señala como solar 15 de la manzana 375, consta de una superficie de 432 mts. y se deslinda asì: al NO 12 mts. de frente a calle Misiones; al NE, 36 mts. lindando con solar 16, al SE 12 mts. lindando con solar 8 y al SO, 36 mts. lindando con solares 12 y 14, todos del mismo plano. SE PREVIENE: 1º) Que el mejor postor deberá consignar como seña y en dólares americanos el 30 % de su oferta al bajarse el martillo, dicho pago deberá realizarse en el acto, y si el precio total de lo rematado supera las 200.000 U.I. se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo con lo dispuesto por las leyes Nos. 19.210, 19.478 y 19.889 sus decretos reglamentarios. 2º) Que serán de cargo del mejor postor los gastos de escrituración, honorarios y certificados, y la Comisión de Compra del Rematador e I.V.A -o sea- el 3,66 % del precio de remate. 3º) Que será de cargo del Demandado la Comisión de Venta del Rematador e I.V.A – o sea- el 1,22 % del precio de remate. 4º) Que se desconoce la situación ocupacional de ambos padrones. 5º) Que de la información municipal surge deuda de Contribución Inmobiliaria por ambos padrones., así como deuda por Impuesto de Primaria sólo respecto del padrón 2230 no así respecto del padrón 2237 información dada en agosto y diciembre de 2025, desconociéndose en la Actualidad por ambos padrones, únicos rubros a descontar por el mejor postor del saldo de precio de la subasta. 5º) Se desconoce la situación tributaria ante el BPS por las construcciones por ambos padrones 6º) se desconoce la existencia de arrendamientos por ambos padrones. 7º) Que el estudio de títulos se efectuó en base al último título antecedentes, plano, certificados registrales y lo que surge de autos. 8º) Que el plazo para la consignación del saldo de precio por el mejor postor es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación de la providencia aprobatoria del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. 9º) Que los inmuebles se rematan en las condiciones que surgen del expediente, de la documentación y de la información registral, los cuales están a disposición de los interesados en la Sede Judicial para su consulta, Pasaje de los Derechos Humanos 1309, piso 1º. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. Montevideo, nueve de junio de dos mil veintiséis.- Montevideo, 22 de junio de 2026 – ANDREA VANINA VILA LECHINI, Actuario Adjunto

INFORMES:
DANTE Y GUSTAVO IOCCO
remates@iocco.com.uy
www.iocco.com.uy
Rincon Nº 412 – Montevideo
Tels. 2916 69 10* Cel. 091 010 666