Apartamento frente al mar en Punta del Este

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MIÉRCOLES 21 DE DICIEMBRE 11 HORAS
En RINCÓN 408 – MONTEVIDEO

PUNTA DEL ESTE

DERECHOS DE PROMITENTE COMPRADOR DE

APARTAMENTO

FRENTE AL MAR

RAMBLA CLAUDIO WILLIMAN ESQUINA SIRIO
Parada 26 de Playa Mansa – Edificio “TINTE” Unidad Nº 106

DESARROLLADO EN 1er. PISO – FRENTE A LA PLAYA

DE RECIENTE REALIZACIÓN

PADRÓN Nº 3.006/106
CONSTA DE: Living-comedor con cocina incorporada y espacio para lavarropa-secadora y calefón.
Luego 1 dormitorio y terraza-balcón con vista directa al mar.
Pisos de porcelanato.
2 ascensores.
Portería virtual.
Piscina con deck.
Gimnasio y 2 baños.
Sauna y baño.
Salón multiuso y baño.
Parrilla móvil a gas.
Aclaración: No se tuvo acceso al bien por lo que puede haber variantes con relación a la descripción.
Área propia: 54 m² 11 dmts.
Usos exclusivos: Terraza “LF1”: 54 m² 79 dmts. – Garage Nº 20

Seña 30% – Comisión e IVA 3,66%

TODO EN EL ACTO
SI EL PRECIO DE REMATE ES SUPERIOR A 1.000.000 DE UNIDADES INDEXADAS
(1 U.I= $5,6096 al 20/11/22),), SE DEBERÁ ABONAR CON LETRA DE CAMBIO O TRANSFERENCIA BANCARIA
SI EL PRECIO ES IGUAL O INFERIOR A 1.000.000 Unidades Indexadas,
(1 U.I= 5,6096 al 20/11/22),) TAMBIÉN SE PODRÁ ABONAR EN EFECTIVO.
LEYES Nos. 19.210, 19.478 y 19.889

PLAZO PARA EL PAGO DEL SALDO DE PRECIO:
20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate. SE SUGIERE CONSULTAR A SU PROFESIONAL DE CONFIANZA
para estudio de expediente, títulos, adeudos municipales, nacionales y demás.

 

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 4º Turno, dictada en autos: “GOLUB, DEBORAH y otros c/ SERRA, SERGIO y otro -EJECUCIÓN DE PRENDA-” IUE 2-37737/2021, se hace saber que el próximo 21 de Diciembre a las 11 horas en el local de la calle Rincón 408, por intermedio de los Martilleros DANTE y GUSTAVO IOCCO, Matrículas Nos. 6970 y 1716, RUT 211808550010 asistidos del Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor de los derechos de promitente comprador del siguiente bien inmueble: unidad de propiedad horizontal señalada con el Nº 106, padrón individual 3006/106 la que según plano proyecto de fraccionamiento horizontal del Agrim. José Bonilla Guadalupe, se ubica en 1er. Piso a cota vertical más 4,75 mts. y tiene una superficie de 54mts. 11 dmts. y le corresponde el uso exclusivo de Terraza LF1, con una superficie de 10,79. Dicha unidad se construyo sobre 2 solares sitos en la localidad catastral de Maldonado, zona urbana empadronadas en conjunto con el Nº 3.006 señalados como solares 2 y 2ª de la manzana 2 en el plano del Agrim. A. Asuaga Nogué de enero de 1951, inscrito en la Oficina Departamental de Catastro de Maldonado con el Nº 15 el 23/1/1951, con una superficie en conjunto de 2.184 mts. 20 dmts. y se deslindan así: a) Solar 2: con una superficie de 1.088 m 65 dm, al SO 20 mts. de frente a Rbla. Caludio Williman, entre calles 14 y 16; al O 48 mts. lindando con el solar 1; al NO27 mts. 14 cmts. lindando con parte del solar 3 y al SE 45 mts. 31 cmts. lindando con solar A2. b) Solar 2ª consta de una superficie de 1.095 mts. 55 dmts. y linda: al SE 33 mts. 32 cmts. a calle Nº 14; al SO 15 mts. 30 cmts. de frente a Rambla Claudio Williman, por ser esquina, uniendo ambos frentes ochava curva de 15 mts. 62 cmts. de desarrollo; al NO 45 mts. 31 cmts. lindando con solar 2 y al NO 25 mts. 29 cmts. lindando con parte del solar 3 SE PREVIENE:1º) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña, en dólares estadounidenses el 30% de su oferta así la comisión del rematador más IVA. 2º) Que serán de cargo del mejor postor los gastos de escrituración, honorarios y certificados y la Comisión de Compra del Rematador e I.V.A -o sea- el 3,66 % del precio de remate. 3º) Que será de cargo del Demandado la Comisión de Venta del Rematador e I.V.A -o sea- el 1,22 % del precio de remate. 4º) Que se desconoce la situación ocupacional y contributiva actual del inmuebles, especialmente en cuanto refiere a las construcciones, si las hubiere. 5º) Que existe deuda por gastos comunes. 6º) Únicamente podrá descontarse del saldo de precio lo que se adeudare por Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria. 7º) Que una vez escriturado se reintegrará al mejor postor los conceptos abonados por IRPF e ITP (en caso de corresponder). 8º) La seña deberá consignarse por cualquiera de los medios de pago previstos en la Ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios. 10º) El plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por ferias judiciales ni semana de turismo, la cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a la ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios.11º) Los derechos de promitente comparador sobre el inmueble se rematan en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado sito en el Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derechos Humanos 1309, 2º piso de la ciudad de Montevideo. Montevideo, 17 de noviembre de 2022. FIORELLA MOREIRA MARIÑO, Actuario Adjunto.

INFORMES:
DANTE Y GUSTAVO IOCCO
[email protected]
www.iocco.com.uy
Rincon Nº 412 – Montevideo
Tels. 29166910* – FAX.29166986