Apartamento en primera fila de la Mansa, Punta del Este ¡¡¡SUSPENDIDO!!!

¡¡¡SUSPENDIDO!!!

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S

PRIMERA FILA PARADA 33 MANSA, PUNTA DEL ESTE EXCELENTE UBICACIÓN

VIERNES 3 DE MAYO A LAS 14 HORAS EN CENTRO ESPAÑOL DE MALDONADO
18 JULIO ESQ. ARTURO SANTANA, MALDONADO

EDIFICIO “PINARES” UNIDAD 101

PADRON 8821 UNIDAD 101

90,80 m²

CONDICIONES: SEÑA 30%, COMISIÓN E IMPUESTOS 3,66%
EN EL ACTO, LETRA DE CAMBIO U OTRO medio idóneo, establecido por la ley Nº 19210

EDICTO: Por disposición de la Señora Juez de Paz de 3er. Turno de Maldonado, dictada en autos caratulados:“EDIFICIO PINARES c/MACOHIAROLA DEPIE, Patricia Helena, “HIPOTECA RECIPROCA”, IUE 294-193/2017, se hace saber que el próximo 03 de Mayo de 2019, a las 14:00 horas en el Centro Español de Maldonado, ubicado en la calle 18 de Julio No. 708, de la ciudad de MALDONADO, por intermedio del martillero GUSTAVO ALVAREZ ALZUGARAY, MAT.5722, RUT 100356560011, asistido del Alguacil del Juzgado se procederá al Remate Público, SIN BASE Y AL MEJOR POSTOR EN DOLARES USA, del siguiente bien Inmueble: Unidad No. 101, PADRON 8821/101 (Ocho mil ochocientos veintiuno barra ciento uno), que según plano de mensura y fraccionamiento de los agrimensores Joaquín y Ernesto Spinak de enero de mil novecientos ochenta, aprobado por la Intendencia Municipal de Maldonado el seis de mayo de mil novecientos ochenta y dos, y cotejado, e inscripto en la Dirección General de Catastro Nacional el doce de mayo de mil novecientos ochenta y dos con el numero cuatro mil novecientos ochenta y uno, se ubica en primer piso a cota vertical mas cero metros noventa y tres centímetros, y tiene una superficie de noventa metros ochenta decímetros cuadrados (90,80 mts), y tiene el uso exclusivo de las terrazas “H uno”, “I uno” y “J uno” bienes comunes, correspondiéndole además el uso de la cochera dieciséis y baulera número ocho, sitos en el garaje “B”, ubicado en planta Baja. Dicha unidad forma parte del Edificio construido sobre el terreno sito en la primera sección judicial de Maldonado, paraje Pinares de Punta del Este, padrón matriz ocho mil ochocientos veintiuno (antes dos mil novecientos ochenta y uno en mayor área), el que según el plano de mensura ya mencionado, tiene una superficie de mil doscientos trece metros, cincuenta y un decímetros cuadrados(1.213,51 mts), con quince metros dieciocho centímetros de frente al Sur Sureste a la Rambla Costanera (Ruta número diez) y treinta y siete metros cuarenta y un centímetros también de frente por ser esquina, al Este Sureste a calle de dieciocho metros, uniendo ambas alineaciones ochava curva de dieciséis metros veinticuatro centímetros de desarrollo. El Edificio que pertenece la unidad que se subasta fue construido según permisos de construcción mil seiscientos ochenta y cinco barra setenta y ocho, mil seiscientos ochenta y seis barra setenta y ocho, ocho mil quinientos cuarenta y uno y siete mil setenta dos barra ochenta y uno, expedidos por la Intendencia Municipal de Maldonado y habilitados dentro del régimen de propiedad horizontal el ocho de marzo de mil novecientos ochenta y dos. Se otorgó el Reglamento de Copropiedad que lo rige en escritura autorizada por el escribano Elder Diego Amendola el veinticuatro de mayo de mil novecientos ochenta y dos en Montevideo, con primera copia inscripta en el Registro de Traslaciones de Dominio de Maldonado con el numero doscientos cuarenta y siete al folio trescientos dieciséis del tomo E, y en el Registro de Hipotecas de la Segunda Sección con el número cuatro mil cuatrocientos setenta y seis al folio cinco mil cuatrocientos ochenta y dos del libro doscientos cincuenta y siete posterior Rectificación de dicho reglamento autorizado por el mismo escribano El D. Amendola el dieciocho de marzo de mil novecientos ochenta y tres en Montevideo, anotada marginalmente en los registros respectivos.
SE PREVIENE:
I) Que el mejor postor deberá consignar en carácter de seña el 30% de su oferta cuenta del precio final, en el acto de serle aceptada la postura y en dólares usa. Deberá tener presente el mejor postor las disposiciones de la Ley 19.210 de Inclusión Financiera y su Decreto Reglamentario, al momento de abonar la seña.
II) Serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios, certificados y la comisión del Rematador e Impuestos, o sea el 3,66% del precio del remate y de cargo del expediente por comisión e Impuestos el 2,22% del precio del remate.
III) La deuda por Contribución Inmobiliaria e Impuesto a Primaria, son los únicos rubros, junto con el IRPF si correspondiera, imputables al precio hasta la fecha del remate, debidamente documentados.
IV) El mejor postor deberá depositar el saldo en un plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo, debiéndose dar cumplimiento con lo dispuesto por la Ley No. 19210 y su decreto Reglamentario.

¡¡¡SUSPENDIDO!!!

INFORMES:
GUSTAVO ALVAREZ ALZUGARAY
[email protected]

Cel. 099 817621