Apartamento de 2 dormitorios sobre Bvar. Artigas y Cap. Vidiella.

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
LUNES 18 DE SETIEMBRE 13:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

Edifio NORMA’S con Barbacoa

Apartamento con 2 dormitorios, amplio living comedor, baño grande y cocina 58 m², con 22 m² de terraza sobre Bulevar Artigas y Capitán Vidiella.

El apartamento tiene 3 aires acondicionados.

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Familia de 17° Turno, dictada en autos caratulados: “ZANOLO RUFFO, MARINA C/ ZANOLO, ANNA PARTICION JUDICIAL”, IUE 58-102/2009, se hace saber que el 18/09/2023, a las 13:30 horas en Av. Uruguay 826, por intermedio del martillero TEODORO A. ACOSTA matrícula 5613, RUT 215064470017, asistido del Alguacil de la Sede, se procederá al remate público, sin base, en dólares y al mejor postor Unidad de Propiedad Horizontal 202, Padrón número SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS BARRA DOCIENTOS DOS (72.586/202),que forma parte del Edificio NORMA´S construìdo en un solar de terreno, sita en el departamento de Montevideo, zona urbana, Localidad Catastral Montevideo, padrón matriz 72.586, el que según plano de mensura del Agrimensor Juan Canavesi inscripto en la Dirección General de Catastro el seis de Octubre de mil novecientos cincuenta y cinco, con el numero 31.253, consta de una superficie de 441 metros 1807 centímetros, se deslinda así con 27 metros 12 centímetros de frente al Oeste a Bulevar General Artigas, 27 metros 12 centímetros al Sureste, también de frente, por ser esquina a la calle Francisco Vidiella, uniendo ambas alineaciones ochava recta de 5 metros, 13 metros cincuenta centímetros al Norte y trece metros, 49 centímetros al Noreste, lindando por ambos vientos con propiedad empadronada con el número ochenta y seis mil novecientos ochenta y tres. La citada unidad, empadronada individualmente con el número setenta y dos mil quinientos ochenta y seis barra doscientos dos (72.586/202) antes empadronada con el número 204.445 y que según el plano de fraccionamiento horizontal realizado de acuerdo a la Ley 10.751 y decreto Municipal 5644,del Ingeniero Agrimensor Juan Canavesi de febrero de 1957, inscripto en la Dirección General de Catastro con el número 34.373 el 30 de agosto de 1957, cotejado por la Dirección de Arquitectura del Consejo Departamental del Montevideo, en agosto de 1957, se ubica en el segundo piso, a cota vertical mas 7 metros 7 centímetros y consta de una superficie de 59 metros 228 centímetros y le corresponde la utilización de la terraza- balcón G2 y H2. (Bienes comunes), con superficie respectivas de once metros, tres mil seiscientos veinte centímetros y once metros siete mil cuatrocientos doce centímetros. SE PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar en el acto de remate como seña el 10 % de la oferta efectuada y aceptada, siguiéndose en todo lo demás con lo previsto por el art. 387.2 lit. f del CGP y que serán de su cargo la comisión de compra del Rematador o sea el 3,66%, más demás impuestos y gastos que por ley le corresponden. Dicho pago deberá realizarse en el acto cumpliendo con las leyes 19.210, 19.478 y 19.889, modificativas y decretos reglamentarios. En caso de abonar con transferencia electrónica el mejor postor deberá tomar los recaudos necesarios ante la sucursal de su Banco a efectos de tener disponibles los montos necesarios al momento de la realización de la subasta. 2) El plazo para consignar el saldo de precio por el mejor postor, será de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por semana de turismo. 3) Vencido el plazo para consignar previsto en el art. 387.2 lit f del CGP, el saldo pendiente se ajustará conforme al art. 387.7 inc. 5 del citado texto legal. 4) En caso de incumplimiento en la consignación del saldo de precio o no designación de escribano para escriturar se procederá conforme el art. 390 del CGP. 5) A los efectos del literal f del artículo 387.2 CGP se entenderá como rubros a imputar como parte del precio los tributos adeudados que sean necesarios para la escrituración, ésto es contribución inmobiliaria y el tributo de enseñanza primaria. 6)Se desconoce el estado ocupacional. 7) Se desconoce el estado de situación contributiva ante BPS por el inmueble y/o titulares, así como si hubieran obras no regularizadas. 8) Serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios , impuestos , certificados y demás que la ley pone a su cargo. 9) El inmueble se remata en las condiciones jurídicas, fiscales y materiales que surgen del expediente, de la documentación agregada y los certificados registrales, la que se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del Juzgado sito en Rondeau 1750 piso 2 de la ciudad de Montevideo, siendo de su cargo toda otra averiguación complementaria. Y a los efectos legales se hace esta publicación.
Montevideo, 31 de agosto de 2023
ADRIANA MARÍA HORJALES CASTRO, Actuario Adjunto

INFORMES:
TEODORO ACOSTA MIRANDE
Cel. 099641151