Apartamento en Joaquín Suárez y Bvar. Artigas

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MIÉRCOLES 16 DE OCTUBRE 14 HORAS
En GIANNATTASIO KM 23
PUERTAS DEL JUZGADO DE 5TO. TURNODE CIUDAD DE LA COSTA – CANELONES

BUEN APARTAMENTO

JOAQUÍN SUÁREZ 3146/101
esquina BULEVAR ARTIGAS

PADRÓN 185.075/101 – Superficie 63,39 m²

SEÑA 10 % – COM. E IMP. 3,66 %
(en el acto con los medios de pago previstos por la ley de inclusión financiera)


EDICTO: Por disposición del Sr. Juez Letrado de Ciudad de la Costa de 5º. Turno en autos B.R.O.U c/ NORDI S.R.L y otro – EJECUCIÓN HIPOTECARIA”– IUE 179- 1172/2000 se hace saber que el 16 de octubre de 2024 a las 14:00 horas en las puertas del Juzgado Avenida Giannattasio km. 23 – Canelones se procederá por intermedio del Rematador MARIO STEFANOLI Mat. 4219 Rut 211743790012 y Presidido por la Sra. Alguacil del Juzgado al remate sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor del siguiente bien: El apartamento ciento uno (101) que integra el edificio de propiedad horizontal incorporado al régimen de la ley 10.751 por el sistema y normas de la ley 14.261, que se levanta en un terreno sito en la 8ª sección judicial del departamento de Montevideo, localidad catastral Montevideo, zona urbana, empadronado con el número ciento ochenta y cinco mil setenta y cinco (185.075) que según plano de mensura y fraccionamiento horizontal levantado por el Agrimensor Sergio Rosé en octubre de 1985 es inscripto en la Dirección Nacional de Catastro con el Nº 7604 el 21 de noviembre siguiente, tiene una superficie de doscientos treinta y seis (236) metros ochenta y cuatro (84) decímetros, con 10 metros 09 centímetros al Oeste de frente a la Avenida Joaquín Suárez – puerta de entrada al edificio señalada con el Nº 3146 – y 11 metros 55 centímetros al Norte también de frente por ser esquina a Bulevar General Artigas, uniendo ambos frente ochava recta orientada al noreste de 5 metros 06 centímetros de desarrollo. El apartamento está empadronado con el número CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL SETENTA Y CINCO barra CIENTO UNO (185.075/101) y según el precitado plano cotejado por la División Capital Departamento de Propiedad Horizontal de la Dirección Nacional de Catastro el 20 de noviembre de 1985 se ubica en planta alta a cota más 4 metros 75 centímetros, tiene una superficie de sesenta y tres (63) metros treinta y nueve (39) decímetros y le corresponde el uso exclusivo de los balcones “E 1” y “F 1” (bienes comunes). SE PREVIENE QUE: 1) El inmueble es de naturaleza propia de Blanca Nieve Ichart Zanelatto. 2) Se ejecuta la hipoteca otorgada el 22 de marzo de 1996, autorizada por la Esc. Lydia Paradell cuya primera copia se inscribió con el No.9819 del Lo.1996.- El ejecutante (Banco República Oriental del Uruguay) es acreedor preferente. 3) Se adjuntó cédula Catastral sin caracterización urbana. 4) De fs. 125 a fs. 131 se agregó testimonio por exhibición de la Escritura Matriz de Declaratoria otorgada el 22/10/1990 ante Esc. Lydia Paradell, la cual se encuentra inscripta en el Registro de Traslaciones con el Nº. 3520 al fo.3714 del lo.389.- En la cláusula Decimoprimera se establece que el inmueble queda incorporado a Régimen de Propiedad Horizontal de la Ley 14.261; y en su cláusula sexta establece la Hipoteca Recíproca. – No existe Reglamento de Copropiedad propiamente dicho, sino una escritura de Declaratoria a los efectos. 5) Surge Certificado de Gravámenes de la Intendencia de Montevideo del que resulta que Existe deuda por los tributos recaudados por esta. 6) Existe deuda por el Impuesto de Enseñanza Primaria. 7) Se desconoce la existencia de gastos comunes y si el edificio está asegurado contra incendios. 8) Se desconoce el estado de conservación material del inmueble y si el mismo se encuentra ocupado. 9) No se acredito al art. 66 de la Ley 18.308. 10) El mejor postor deberá consignar el 10% de su oferta en dicho acto en carácter de seña, así como la comisión del rematador más I.V.A. o sea el 3,66%, de serle aceptada la postura, y si el monto a integrar superare las UI 1.000.000 (unidades indexadas un millón), se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las leyes 19.210, 19.478 y 19.889 en lo pertinente y sus decretos reglamentarios. El saldo de precio deberá ser depositado en plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no será interrumpido por la feria judicial ni semana de Turismo teniendo presente que deberá resguardar los medios de pago (previstos por la ley 19.210, decreto reglamentario y ley 19.889. 11) Será de cargo del expediente el 1,22% de comisión de venta y el 1% de Impuesto Municipal. 12) El inmueble se remata en las condiciones que surgen del expediente, de los certificados registrales y de la documentación agregada los que se encuentran a disposición de los interesados en esta Sede: Avenida Giannattasio Km 23, Ciudad de La Costa. Ciudad de la Costa, 30 de septiembre de 2024. SILVIA GIANINA FREDA MUÑOZ, Actuario

INFORMES:
MARIO STEFANOLI PESCETTO
[email protected]
www.stefanoli.com
Cel. 099619141