Solar de terreno en la ciudad de Maldonado

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MARTES 3 DE SETIEMBRE 14 HORAS
En CASA ROSADA EN DODERA Nº 869
ENTRE FLORIDA E ITUZAINGÓ
MALDONADO

SOLAR DE TERRENO EN
LA CIUDAD DE MALDONADO

CAMINO A LA LAGUNA
entre Gemelos y Pez Austral

PADRÓN Nº 3521

SUPERFICIE 1.492 m²

SEÑA 30% – COMISIÓN E IMPUESTOS 3,66%

 

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Maldonado de 5° Turno, dictada en autos: “IMM c/ LORENZO MARIA y otrosJUICIO EJECUTIVO FISCAL” IUE 289- 394/2011, se hace saber que el próximo Martes 03 de Septiembre de 2024, ala Hora 14:00, en el Local Casa Rosada, ubicado en la calle José Dodera No. 869, entre Florida e Ituzaingó de la ciudad de Maldonado, por intermedio del martillero Gustavo ALVAREZ ALZUGARAY, matrícula 5722, RUT 100356560011, asistido por la Alguacil del Juzgado, se procederá al Remate Público SIN BASE y en DOLARES americanos del siguiente bien Inmueble: Solar de terreno, sito en la localidad catastral Maldonado, departamento de Maldonado, manzana catastral 1065, empadronado con el número 3521 (Tres mil quinientos veintiuno), (antes padrón 2764), el que según plano del Agrimensor Luis Alberto LLAMBIAS, de Septiembre de 1954, inscripto en Dirección General de Catastro con el número 2077 el 3 de noviembre de 1954, se identifica como solar 1, de la manzana 20,tiene una superficie de mil cuatrocientos noventa y dos metros cuarenta y seis decímetros (1492 metros 46 decímetros) y se deslinda así: 23 metros al Suroeste de frente a calle de 17 metros, 66 metros 21 centímetros al Noroeste, lindando por ambos vientos con Eduardo J. Helguera y 66 metros 30 centímetros al Sureste lindando con solar dos y tres de la manzana 20 del mismo plano. SE PREVIENE:1)-El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en dicho acto, en carácter de seña, así como la comisión del rematador más IVA o sea el 3,66%, en el acto de serle aceptada la postura, y si el monto a integrar superare la UI 1.000.000 (unidades indexadas un millón) se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por la leyes 19.210, 19.478 y 19.889 en lo pertinente y sus decretos reglamentarios. El saldo de precio deberá ser depositado en el plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no será interrumpido por la feria judicial ni semana de Turismo, teniendo presente que deberá resguardar los medios de pago (previstos por la ley 19.210, decreto reglamentario y ley 19.889).2) Serán de cargo del adquirente: los gastos de tributos, comisiones, escrituración y los impuestos que la ley pone de cargo del comprador y la comisión del rematador e impuestos o sea el 3,66% del precio de remate lo que deberá pagarse en el acto y de acuerdo a la Ley de Inclusión Financiera 19.210, 19.478 y 19.889, modificativas y sus decretos reglamentarios y será de cargo del expediente: el 1,22 de comisión de venta y el 1% de Impuesto Municipal.3) Los rubros imputables del precio de remate son el Impuesto de Enseñanza Primaria y Contribución Inmobiliaria, hasta la suma concurrente, requiriendo para cualquier otra imputación, autorización judicial.4) El remate se efectúa en las condiciones que resultan del expediente, de la documentación, constancias y de la información registral adjunta. 5) Se encuentra agregado en autos testimonio de escritura de compraventa de fecha 30/6/1964 y testimonio expedido por la Dirección General de Registro de las sucesiones del año 1997.6) Se desconoce el estado de ocupación del bien.7) Se desconoce la existencia de deudas por construcción ante la Intendencia de Maldonado y ante el Banco de Previsión Social. 8) El estudio se realizó en base a la documentación agregada, plano y certificados registrales. Dicha documentación se encuentra en la Sede del Juzgado Letrado de 1a Instancia de Maldonado de 5to Turno, a plena disposición de los interesados, quedando de su cargo toda averiguación complementaria.9) Que en las sucesiones de 1997 de los Sres. Juan Carlos Lorenzo Couayrahourco y María Eloisa García Etechegoyen se relacionó el plano del Agrimensor Llambías de 1948,inscripto con el No. 23 el 25/04/1949 y no el plano que resulta de la compraventa del año 1964 y de la cédula Catastral del Agrimensor Llambías inscripto en Catastro con el No. 2077 el 03/11/1954.10) Que en el certificado de resultancias de Autos de la sucesión de Juan Carlos Lorenzo y en la inscripción registral se consignó el área de 492,46 metros, teniendo de acuerdo a título antecedente, plano y Cédula Catastral, un área de 1.492,46 metros, sin perjuicio de lo que la Sede estime pertinente disponer al respecto.10) Y a los efectos legales se realiza una Publicación en el Diario Oficial y Diario Local.
Maldonado, 15 de agosto de 2024
ANALÍA DE CUADRO RODRÍGUEZ, Actuario Adjunto

INFORMES:
GUSTAVO ALVAREZ ALZUGARAY
[email protected]
Cel. 099 817621