Casa cómoda, sólida y bien construida en Ombúes de Lavalle,

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MIÉRCOLES 14 DE AGOSTO 14 HORAS
En SALÓN DEL CENTRO ESPAÑOL
HAEDO 318 Y FERREIRA ALDUNATE
CIUDAD DE MERCEDES

EN OMBÚES DE LAVALLE

CASA CÓMODA, SÓLIDA Y BIEN CONSTRUIDA

CALLE 18 DE JULIO
ENTRE DR. ANDEL FORTUNATO Y ALTA TOSCANO DE MENDIVIL

PADRÓN 201

ÁREA 371 m²

ÁREA EDIFICADA TOTAL 205 m² (Catastro)

GARANTÍA 30% – COMISIÓN E IMP. 3,66% AMBAS EN EL ACTO
SOBRE PRECIO MARTILLADO CON LETRA DE CAMBIO O TRANSFERENCIA BANCARIA


EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Mercedes de 3° Turno, dictada en autos: “BANCO SANTANDER S.A C/ CUITIÑO ARRICAR, SHELTON ENRIQUE Y MASTANDREA BANCHERO, GRACIELA INÉS – EJECUCIÓN HIPOTECARIA.” IUE 431-733/2017, se hace saber que el próximo 14 de agosto 2024 a las 14.00 horas el martillero público MIGUEL H.WOLF – MAT. 1454 – RUT 210 368 380 017 en el local del Hogar Español sito en Eduardo Victor Haedo N° 318 – 323 esquina Wilson Ferreira Aldunate, asistido por el Alguacil del Juzgado que presidirá la subasta, procederá al remate público, sin base, al mejor postor y en dólares estadounidenses del siguiente bien inmueble: Un solar de terreno con la casa habitación en él construida y demás mejoras que contiene y le acceden, sito en la manzana catastral número 28 de la planta urbana de la ciudad de Ombúes de Lavalle, undécima sección judicial del Departamento de Colonia, empadronada con el número doscientos uno (201) (antes formaba parte de los padrones 3.603 y 9.157), señalado como el solar 46 en el plano de mensura y fraccionamiento practicado en Octubre de 1936 por el Agrimensor Carlos Jorge Borotra, inscripto en la Dirección General de Avalúos y Administración de Bienes del Estado el día 8 de noviembre de 1936 con el número 23, según el cual se compone de una superficie de trescientos setenta y un (371,40) metros cuarenta decímetros y se deslinda de la siguiente manera: 12 metros al Noroeste de frente a la calle 18 de julio distando su punto extremo 30 metros 95 centímetros de la esquina formada entre esta calle y la calle Atala Toscano de Mendívil; 30 metros 95 centímetros al Noreste con el solar 47; 12 metros al Sureste con parte del solar 50 y 30 metros 95 centímetros al Suroeste con el solar 44, todos del mismo plano. SE PREVIENE: A) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en el momento de serle aceptada. B) Se desconoce : la situación ocupacional del bien, la existencia de adeudos municipales, consumos, impuestos, tributos. C) No resulta de la titulación información alguna respecto de las construcciones (fecha, permiso de construcción, habilitación, etc) ni obra agregado expediente municipal de Construcción. Se desconoce situación contributiva ante el BPS y si se han realizado construcciones en forma irregular. D) Solamente podrá ser imputado al precio los tributos necesarios para la escrituración, esto es contribución inmobiliaria y el tributo de enseñanza primaria; E) El plazo para consignar el saldo de precio por el mejor postor, será de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio de remate, que no se interrumpirá por las Ferias judiciales ni por semana de turismo; F) El mejor postor deberá abonar el 3% más IVA del precio de remate en concepto de comisión de compra del Rematador; G) Que el mejor postor a los efectos del pago – el que deberá hacerse en el acto – tendrá que dar cumplimiento con las previsiones de las leyes 19210,19478,19889 y sus decretos reglamentarios; H) Que también serán de cargo del mejor postor todos los gastos y honorarios que sea necesario abonar para la registración y titulación del inmueble a su nombre; I) Que será de cargo de la parte demandada, la comisión de venta del Rematador más I.V.A., o sea 1,22% del precio de remate, así como el Impuesto Departamental, 1%; J) Que los antecedentes del caso se encuentran a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria del Juzgado, por lo que el remate del mismo se efectuará en las condiciones que resultan del expediente, documentación, y certificados registrales agregados en autos, los que podrán ser examinados en la Sede, sita en 18 de Julio 366 Mercedes, SORIANO, siendo de su cargo toda otra averiguación complementaria. K) Se previene lo dispuesto en el art.386 GGP; A los efectos legales se efectúa la publicación del presente.-
Mercedes, 24 de julio de 2024
SABRINA ELENA TEBOT SOSA, Actuario Adjunto

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