Dos inmuebles uno en Montevideo y otro en Rocha

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
JUEVES 27 DE JUNIO 15:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

2 INMUEBLES – MONTEVIDEO Y ROCHA

1. MONTEVIDEO:

UBICACIÓN:

Calle San Borja 2851
BARRIO LA CRUZ DE CARRASCO – MONTEVIDEO

PADRÓN: 60729

SUPERFICIE:

Área Solar: 616 m²

Edificados:

– Vivienda: 65 m²
– Galpón: 192 m² (según Catastro)

CARACTERÍSTICAS DEL INMUEBLE:

Terreno con frente a tres calles que sobre uno de sus frentes (Espinosa) cuenta con una vivienda de 2 dormitorios edificada en una planta y sobre el otro extremo (San Borjas y Monzoni) un buen galpón de material.

Descripción:

• GALPON: (192 m²) Techo de chapa en forma de bovedilla, pisos y paredes firmes de material y en su interior un entrepiso con vigas de hierro y piso de tablas de pinotea. Superficie 12 x 8mts. aprox. Cuenta con entrada para camión sobre calle San Borjas. Buena Luz natural por medio de ventanas con aberturas de hierro y rejas exteriores.

• VIVIENDA: (65 m²) consta de 2 dormitorios, 1 baño, estar y comedor integrados con estufa de leña y cocina. Fondo abierto con parrillero de material.

2. ROCHA:

UBICACIÓN:

Florencio Martínez Rodríguez, manzana 373 Solar 1 esquina Peregrina Balboa. (Continuación Ruta 15)
DEPARTAMENTO DE ROCHA

PADRÓN: 11069

SUPERFICIE:

Solar: 875 m²

Edificados:

– Vivienda: 353 m² (según Catastro)

CARACTERÍSTICAS DEL INMUEBLE:

PARA RECICLAR Se trata de una edificación sobre un predio esquinero, que consta de 6 apartamentos de 1 y 2 dormitorios. Son 4 unidades sobre Martínez Rodríguez y 2 sobre Peregrina Balboa.

Se destaca su ubicación con Frente sobre ruta nacional N° 15 pasaje de salida de la Ciudad de Rocha rumbo a Lascano.

Ideal para renta por su destino de uso para viviendas. todos con entrada independiente y salida directa a la calle.

 

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 14º Turno, dictada en autos: “AGENCIA NACIONAL DE DESARROLLO c/ SOSA FERNANDEZ, JORGE EJECUCIÓN DE HIPOTECA” IUE 2-12000/2023, se hace saber que el próximo 27 de junio de 2024 a partir de la hora 15:30 en la sede de la ANRTCI, Av. Uruguay 826 por intermedio del Rematador Pablo Ponce de León, Mat. 5564, y presidido por la Sra. Alguacil del Juzgado, se procederá al remate sin base, en dólares americanos y al mejor postor de los siguientes bienes inmuebles: 1) Solar con construcciones y demás mejoras que le acceden, ubicado en la localidad catastral Montevideo, departamento de Montevideo, zona urbana, empadronado con el N° 60.729, el que según plano del Agrimensor Carlos A. Mac Coll de fecha 20 de junio de 1954, inscripto en la Direccion General de Catastro y Administración de Inmuebles Nacionales el 23 de junio de 1954 con el N° 28.839, tiene una superficie de 616 mts. 80 dms. y se deslinda asi: 10 mts al sureste de frente a la calle San Borja; 61 mts 60 cms al suroeste de frente a la calle Monzoni y 10 mts al noroeste también de frente a la calle Diego Espinosa, todas por ser esquina, y 61 mts 56 cms al noreste lindando con padrón 60.730. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar en el acto el 30% de su oferta, en carácter de seña, de serle aceptada su postura, así como la comisión del rematador del 3% más IVA, y si el monto a integrar superare las UI 1.000.000 (unidades indexadas un millón), se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las leyes 19.210, 19.478 y 19.889 modificativas, concordantes y decretos reglamentarios. 2) Podrá ser imputado al precio la deuda de Contribución Inmobiliaria y/o Impuesto de Primaria generada hasta la fecha del remate. 3) Deberá depositar el saldo de precio en la cuenta abierta bajo el rubro de autos y a la orden de la Sede en el plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni semana de turismo, teniendo presente que deberá resguardar los medios de pago (previstos por la ley 19.210, decreto reglamentario y ley 19.889). 4) Que será de cargo del expediente el pago de la comisión de venta al Rematador del 1.22% más el 1% de impuesto municipal por el inmueble ubicado en Rocha. 5) Que serán de cargo del comprador los gastos y honorarios de la Escritura y los impuestos que la Ley pone a su cargo. 6) Que existe deuda de impuesto de primaria y deuda de contribución inmobiliaria. 7) Que solamente son imputables al saldo de precio los tributos necesarios para la escrituración (Contribución Inmobiliaria y Primaria) que se adeudaren a la fecha del Remate, ITP e IRPF, si correspondiere, se reintegrarán luego de otorgada la respectiva escritura. 8) Que se desconoce su estado de conservación, la regularidad de las construcciones (art 71 ley 18308), la existencia de deudas con BPS por construcciones u obra en general, estado ocupacional de los bienes, como la existencia de deudas nacionales y/o departamentales que afecten a los inmuebles. 9) Que el bien se remata en el estado de conservación, en la condición y situación jurídica que surge del expediente, certificados y documentación presentada, que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado, sito en Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos No. 1309 de Montevideo, debiéndose tener presente el art 390 insc. Final del CGP y lo dispuesto por Ley 19574 de Lavado de Activos en lo correspondiente. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones dejándose constancia que se libra el presente conforme información arrojada por Certificados Registro Propiedad Inmobiliaria de Montevideo y Rocha. Certificado Registro Nacional Actos Personales al 29 de mayo de 2024
Montevideo, 12 de junio de 2024
ALEXANDRA SABRINA MACHADO RUSU, Actuario Adjunto
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 14º Turno, dictada en autos: “AGENCIA NACIONAL DE DESARROLLO c/ SOSA FERNANDEZ, JORGE EJECUCIÓN DE HIPOTECA” IUE 2-12000/2023, se hace saber que el próximo 27 de junio de 2024 a partir de la hora 15:30 en la sede de la ANRTCI, Av. Uruguay 826 por intermedio del Rematador Pablo Ponce de León, Mat. 5564, y presidido por la Sra. Aguacil del Juzgado, se procederá al remate sin base, en dólares americanos y al mejor postor de los siguientes bienes inmuebles: 1) Solar con construcciones y demas mejoras que le acceden, ubicado en la Localidad Catastral de Rocha, departamento de Rocha, zona urbana, empadronado con el N° 11.069, antes fraccion uno del padron 4563, el que según plano de mensura y division del agrimensor Pedro Luna de noviembre de 1990, inscripto en la Direccion General de Catastro Nacional el 1° de junio de 1992 con el N° 5173, se señala como solar uno de la manzana 373, consta de una superficie de 874 mts. 74 dms. Y se deslinda asi: 35 mts al Sureste de frente a la Avda Dr. Florencio Martinez Rodriguez y 24 mts 90 cms al suroeste tambien de frente por ser esquina a la Avenida Peregrina Balboa, 35 mts 90 cms al Noreste lindando con solar 2 y 24 mts 90 cms al Noreste lindando con parte del solar 12. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar en el acto el 30% de su oferta, en carácter de seña, de serle aceptada su postura, así como la comisión del rematador del 3% más IVA, y si el monto a integrar superare las UI 1.000.000 (unidades indexadas un millón), se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las leyes 19.210, 19.478 y 19.889 modificativas, concordantes y decretos reglamentarios. 2) Podrá ser imputado al precio la deuda de Contribución Inmobiliaria y/o Impuesto de Primaria generada hasta la fecha del remate. 3) Deberá depositar el saldo de precio en la cuenta abierta bajo el rubro de autos y a la orden de la Sede en el plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni semana de turismo, teniendo presente que deberá resguardar los medios de pago (previstos por la ley 19.210, decreto reglamentario y ley 19.889). 4) Que será de cargo del expediente el pago de la comisión de venta al Rematador del 1.22% más el 1% de impuesto municipal por el inmueble ubicado en Rocha. 5) Que serán de cargo del comprador los gastos y honorarios de la Escritura y los impuestos que la Ley pone a su cargo. 6) Que existe deuda de impuesto de primaria y deuda de contribución inmobiliaria. 7) Que solamente son imputables al saldo de precio los tributos necesarios para la escrituración (Contribución Inmobiliaria y Primaria) que se adeudaren a la fecha del Remate, ITP e IRPF, si correspondiere, se reintegrarán luego de otorgada la respectiva escritura. 8) Que se desconoce su estado de conservacion, la regularidad de las construcciones (art 71 ley 18308), la existencia de deudas con BPS por construcciones u obra en general, estado ocupacional de los bienes, como la existencia de deudas nacionales y/o departamentales que afecten a los inmuebles. 9) Que el bien se remata en el estado de conservación, en la condición y situación jurídica que surge del expediente, certificados y documentación presentada, que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado, sito en Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos No. 1309 de Montevideo, debiéndose tener presente el art 390 insc. Final del CGP y lo dispuesto por Ley 19574 de Lavado de Activos en lo correspondiente. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones dejándose constancia que se libra el presente conforme información arrojada por Certificados Registro Propiedad Inmobiliaria de Montevideo y Rocha. Certificado Registro Nacional Actos Personales al 29 de mayo de 2024
Montevideo, 12 de junio de 2024
ALEXANDRA SABRINA MACHADO RUSU, Actuario Adjunto

INFORMES:
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