EXTRAJUDICIAL SIN BASE
LIQUDACIÓN JUDICIAL CITE S.A.
PUNTA DE ESTE
11 VALIOSOS SOLARES DE TERRENO 11
EN ZONA DE ALTO POTENCIAL APTOS PARA DESARROLLO TURÍSTICO INMOBILIARIO
PARADAS 28 Y 32 DE PLAYA BRAVA
JUEVES 21 DE FEBRERO HORA 21 EN SALA BARILOCHE DEL HOTEL ENJOY DE PUNTA DEL ESTE
PARADA 28:
2 SOLARES LINDEROS PADRONES 5913 5914 MANZANA CATASTRAL 1214 ÁREA 1.008 Mts. C/U CON FRENTES DE 22.10 mts. A CALLE MODIGLIANI ENTRE CALLES LEONARDO DA VINCI Y DONATELLO.
PARADA 32:
3 IMPORTANTES SOLARES LINDEROS PADRONES 7495 7496 7497 MANZANA CATASTRAL 1585 ÁREAS 4.137, mts, 4.137 mts., 3.458 mts.. DOS CON FRENTE C/U DE 99.86 mts.., A CALLE ANTONIO VAN DICK ENTRE RAMBLA LORENZO BATLLE PACHECO Y AVENIDA MIGUEL ÁNGEL; EL RESTANTE CONFORMA ESQUINA FRENTES DE 124,83 mts. A CALLE ANTONIO VAN DICK Y AVENIDA MIGUEL ÁNGEL.
ÁREA TOTAL 11.732 mts. (catastro)
PARADA 32
3 SOLARES LINDEROS PADRONES 9872 9873 9874 MANZANA CATASTRAL 1784 ÁREAS 1.171 mts. 1.209 mts. 1.199 mts., TODOS CON FRENTES DE 26.11 mts., 22.75 mts. 22.20 mts. A CALLE LOUIS BOULANGER ENTRE CALLES TEODORO. CHESSERAIAU Y FRANCISCA FAJARDO.
ÁREA TOTAL 3.579 mts. (catastro)
PARADA 32
3 SOLARES LINDEROS PADRONES 9863 9864 9869 ÁREAS 1.089 mts. C/U, MANZANA CATASTRAL 1783 FRENTES C/U 22 mts. DE FRENTE A CALLES PÚBLICAS ENTRE CALLE TEODORO CHESSERAIAU Y PADRÓN 3727. ÁREA TOTAL 3.267 mts. (catastro)
ANTECEDENTES JUZGADO LETRADO DE CONCURSOS PRIMER TURNO DE MONTEVIDEO EXPEDIENTE IUE 2-30684/2017.
CONDICIONES DE LA SUBASTA
1. El remate se realiza en forma privada, en el marco del proceso concursal tramitado ante el Juzgado Letrado de Concursos de 1º Turno en autos caratulados “CITE S.A. – Concurso Ley 18387” IUE 2-30684/2017, por disposición de la Sindicatura, conforme al plan de liquidación;
2. El remate se realizará sin base y en dólares estadounidenses;
3. El mejor postor deberá consignar en carácter de seña, el 20% de su oferta en el acto de serle aceptada la postura, debiendo abonar dicho monto a través de medios de pago electrónicos, o letras de cambio cruzadas emitidas por una institución de intermediación financiera. (Ley 19210 y 19478 , modificativas y concordantes);
4. La seña referida precedentemente garantizará las obligaciones del mejor postor, quien al formular postura se entiende que acepta la condición material y jurídica de los bienes. El no cumplimiento del mejor postor de los plazos y condiciones hará perder la seña, previo descuento de las comisiones, y gastos de remate que se
hubieren realizado;
5. El saldo, deberá integrarse en un plazo máximo que vence el 21 de abril de 2019, en la cuenta bancaria que se indicará a tales efectos en el acto de remate, simultáneamente con la entrega de posesión de los inmuebles y otorgamiento de la escritura traslativa de dominio libre de gravámenes;
6. Será de cargo del adquirente la comisión de remate del 3,66% (imp. inc.) a abonar en el acto del remate y del comitente los gastos del remate y el impuesto departamental (1%);
7. El comprador deberá afrontar el pago de las deudas que existen por concepto de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria;
8. Conforme el art. 254 de la ley 18.387, la subasta está exonerada de todo tributo, especialmente el Impuesto a las Trasmisiones Patrimoniales que grava toda enajenación inmobiliaria;
9. Se deberá justificar la procedencia de los fondos, identificar al beneficiario final y demás requerimientos impuestos por la Ley 17.835 y decreto 355/010, sus modificativos y concordantes, y ley 18494 siendo de costo del adquirente cualquier certificado notarial o contable exigible a tales efectos;
10. Los títulos de propiedad antecedentes dominiales y certificados registrales se encuentran a disposición de los interesados y sus profesionales intervinientes, a tales efectos contactar a Remates Wolf, (598) 29154910/ 29158546.-