MUY BUEN APTO. EN LA COMERCIAL(J. REQUENA Y D. ARAMBURÚ)
JUEVES 19 DE MAYO En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO 14:30 hs
Excelente acceso a locomoción, cerca de todo.
Área neta interna según plano de mensura (incluye balcón): 60.94 mts.
Las deudas de Contribución Inmobiliaria ($u 156.866 al 23/4/2022) e Impuesto de Primaria ($u 12.772 al 28/4/2022) se descuentan del precio.
Las deudas que no se descuentan del precio son las de gastos comunes ($u 142.083 al 05/04/2022) y Tributos Domiciliarios ($u 130.583 al 23/4/2022).
Seña 30%. Com. e IVA 3.66%
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EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 8º Turno, dictada en autos: “TOLEDO OLIVERA, MARCOS C/MENDEZ ZABALETA, HECTOR y otro.EJECUCIÓN DE HIPOTECA.P.E.:223/2021” IUE 2-31745/2020, se hace saber que el próximo 19 de mayo de 2022, a las 14:30 horas, en el local de la Asociación Nacional de Rematadores, Tasadores y Corredores Inmobiliarios, ubicado en la Av. Uruguay 826, por intermedio del Martillero Juan Pablo Carrau, matrícula 6688, RUT 216206960017, en acto presidido por el Sr. Alguacil de la Sede se procederá a la venta en subasta pública, sin base, al mejor postor y en dólares estadounidenses del siguiente bien: Unidad de propiedad horizontal número 101, la que forma parte del edificio construido en un solar ubicado en el departamento de Montevideo, localidad catastral del mismo nombre, empadronado con el número diecinueve mil tres (19.003) el cual según plano de mensura y fraccionamiento horizontal del Ingeniero Agrimensor Ariel M. Barceló de marzo de 1971, inscripto en la Dirección General de Catastro el día 23/4/1971 con el Nº 65.811, tiene una superficie de 427,33 metros con 8,53 metros de frente al norte a la calle Joaquín Requena, distando el punto más próximo de dicho frente 42,99 metros de la esquina formada con la calle “Isla de Gorriti”. La unidad CIENTO UNO, está empadronada individualmente con el número diecinueve mil tres barra ciento uno (19.003/101) y según el citado plano se ubica en el primer piso, a cota más 3,72 metros, tiene un área de cincuenta y cinco metros ochenta y dos decímetros (55,82 metros) y le corresponde el uso exclusivo del balcón L1, bien común. SE PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en carácter de seña, en el acto de serle aceptada su postura por cualquiera de los medios de pago previstos por la Ley de Inclusión Financiera, modificativas y decretos reglamentarios 2) Se desconoce el estado ocupacional del bien en la actualidad; 3) Se desconoce la existencia de deudas de construcción ante el BPS e Intendencia de Montevideo; 4) Existe deuda de contribución inmobiliaria e impuesto de enseñanza primaria; 5) Existe deuda de gastos comunes por la unidad; 6) Será de cargo del comprador la comisión del rematador e impuestos o sea el 3,66% del precio de remate todo lo que deberá pagarse en el acto. Será de cargo del expediente la comisión de venta del Rematador más IVA o sea el 1,22% del precio de remate. 7) Solamente podrán ser imputados al precio los montos de los tributos necesarios para la escrituración hasta el momento del remate, en el caso de existir cuentas en juicio solo se podrán descontar el monto del tributo y no los honorarios judiciales que se originaren, los cuales seran asumidos por quien resultare mejor postor en el remate. 8) El plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo. La cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a la Ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios. 9) El mejor postor deberá dar cumplimiento en todo lo que refiera a las leyes 19.210, 19.478, 19.732 y decretos reglamentarios 651/2017, 132/2018 y 78/2019, todas en materia de inclusión financiera así como lo que pueda corresponder en cuanto a las prevenciones de la ley 19.574 10) Quien resulte mejor postor en el remate deberá tramitar previamente a la escrituración del bien ante la intendencia correspondiente el certificado referente al derecho de preferencia previsto por el artículo 66 de la Ley 18,308. 11) En el caso de no encontrase vigente la caracterización urbana será de cargo de mejor postor la realización del trámite de acuerdo al artículo 178 de la Ley 17,296.-12) La subasta se realiza en la condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del juzgado sito en el Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derechos Humanos 1309 Primer Piso de la ciudad de Montevideo. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. SE DEJA CONSTANCIA QUE SE EXPIDE EL PRESENTE EJEMPLAR TENIENDO A LA VISTA LOS CERTIFICADOS EXPEDIDOS POR EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE MONTEVIDEO Nº 2173564 del 31/3/2022 y del REGISTRO NACIONAL DE ACTOS PERSONALES Nº 2176978 del 30/3/2022.- Montevideo, 04 de abril de 2022. YIOVANA DANIELA GORDILLO COSTA, Actuario Adjunto
INFORMES:
JUAN PABLO CARRAU
jpcarrau@gmail.com
www.jpcarrau.uy
Cel. 093880943