Remate Judicial:
Maquinaria perteneciente a la ex curtiembre “El Águila”
Fulones de varios tamaños de madera y de acero inoxidable,
trinchadoras, 2 cadenas de transportes de cueros con más de 400m de recorrido, 2 calderas (1 es turbo flow), toggling, escurridora, máquina de medir, divisoria, túnel de secado desarmado, rebajadoras, desempolvadora, secadoras de cuero secoterm a vapor, alisadora, bomba, restos de auto elevadores, compresos de aire compair delcos XL, centrifuga y máquinas para chatarra.
REMATE EN DÓLARES – SIN BASE
SEÑA: 100%
COMISIÓN E IMPUESTOS: 12,20%
Lugar del remate: Calle Fco. Wallerstein S/N – Florida (Curtiembre. El Águila)
Miércoles 16 de Marzo de 2022
14:00hs
EDICTO Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 4º Turno, dictada en autos: “CONAFIN AFISA c/ COOPERATIVA EL ÁGUILA -EJECUCIÓN DE PRENDA-” IUE 2-1962/2020, , se hace saber que el día 16 de marzo de 2022 a las 14.00 horas en la planta de Cooperativa El Águila sito en la calle en la calle Francisco Wallerstein s/n, Ciudad de Florida, se procederá por intermedio de los Martilleros Sergio Fain, Matrícula Nº 5.328, R.U.T. 213918210016, y/o Maximiliano Fain, Matricula No. 6.273, R.U.T. 216618120016, presidido por el Sr. Alguacil, a la venta en pública subasta, en dólares americanos, sin base y al mejor postor, los siguientes bienes muebles: 1) Una cinta transportadora de cueros marca Transmatic Modelo TR-1 Fabricación 7/11/1997, 2) Tres fulones marca Marcarini, 3) Un tunel de secado, 4) Un compresor de aire marca Compair Modelo Decalxl, 5) Una centrifuga Gratt, 6) Una rebajadora 3.200 marca Poletto, 7) Dos elevadores de origen chino, 8) Una cinta transportadora de cueros, 9) Una maquina descarnadora con Tanner Machines SPA, 10) Una máquina de escurrir hidráulica en conjunto marca Escomar PCR 5.30, 11) Todos los bienes materiales e inmateriales que integran el establecimiento comercial, así como todos aquellos bienes materiales e inmateriales que forman parte del establecimiento comercial.(Articulo SEGUNDO numeral II) de la prenda en ejecución). Se previene: 1) Que el o los mejores postores deberán consignar el 100% de su oferta, así como la comisión del Rematador más I.V.A. (12,20), con los medios cde pago autorizados por la Ley 19.210, modificativas y Ley 19.889 2) Que serán de cargo del vendedor la comisión e impuestos al Rematador, o sea, 2,44%. 3) Que los bienes muebles se rematan en las condiciones que surgen del expediente y de la documentación agregada y en su actual estado de conservación. 4) Que la documentación se encuentra a disposición de los interesados en la Sede del Juzgado Letrado en lo Civil de 4º Turno de Montevideo, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 Piso 2º. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones . Montevideo, 04 de marzo de 2022
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