REMATARÁ JUDICIAL SIN BASE
CIUDAD VIEJA
FRENTE AL MERCADO DEL PUERTO
Piedras 218 entre Maciel y Pérez Castellanos
CASA PARA RECICLAR
Sup. Terreno: 171 m2 – Sup. Edificada: 342 m2 (Según C. Catastral)
Garantía: 20%
Com. e Impts.: 3,66%
REMATE: Miércoles 15 de Noviembre – 15 Hs. en Sarandí 518 (Montevideo)
EDICTO: Por mandato del Señor Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 2° Turno, en autos “IMM (INTENDENCIA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO) c/ ASOCIACION DE COSEDORES Y MARCADORES DEL PUERTO DE MONTEVIDEO – Juicio Ejecutivo – IUE 2-53458/2005, se hace saber que el próximo 15 de noviembre de 2017 desde las 15 hs., en el local sito en peatonal Sarandí 518/20, se procederá por el martillero ALBERTO BRUN, en diligencia presidida por la Sra. Alguacil de la Sede, al remate sin base y al mejor postor del siguiente bien inmueble: Solar de terreno con el edificio y demás mejoras que le acceden sito en el departamento de Montevideo, localidad catastral Montevideo (antes 3ra. Sección Judicial), zona urbana, empadronado con el Nro. 2.637, que según plano del Agrimensor Luis Arrarte Victoria de marzo de 1925 el que fue inscripto en la Dirección de Topografía el 24 de marzo de 1925, consta de una superficie de 190 mc. 7250 cmc y se deslinda así: al Noroeste 6,90 mts. de frente a la calle Piedras donde sus puertas de acceso están señaladas con los Nros. 218 y 220 entre las calles Pérez Castellanos y Maciel, distando el punto extremo de su frente 29,20 mts. de la esquina formada con la última nombrada. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar en el acto de serle aceptada su oferta el 20% de seña así como la comisión e impuestos del rematador (3,66%). 2) Que serán de cargo del comprador los gastos y honorarios de la escritura y los impuestos que la Ley pone a su cargo. 3) Sera de cargo del expediente la comisión de venta del Rematador más IVA (1,22). 4) Se desconoce si el inmueble se encuentra ocupado. 5) De existir deudas por aportes al BPS por las construcciones existentes en el inmueble, las mismas serán de cargo del mejor postor. 6) Del precio de la subasta solo se podrá descontar Contribución Inmobiliaria, Impuesto de Enseñanza Primaria y el 2% correspondiente al vendedor por ITP. 7) Se desconoce la existencia de deudas por conceptos de tributos nacionales y/o municipales. 8) La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente y de la documentación agregada al mismo, habiéndose realizado el estudio de títulos con testimonio notarial. 9) Que el mejor postor deberá depositar el saldo de precio en plazo de 20 días corridos, contados a partir del siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate y que no será interrumpido por las Ferias Judiciales, ni por la Semana de Turismo. 10) Que los títulos y demás antecedentes Se encuentran a disposición de los interesados para su consulta en esta Sede. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. Montevideo, 25 de octubre de 2017. Esc. Luisa Peggy MAICH ELIEZER, Actuaria Adjunta.
INFORMES: Sarandí 518 – Tel 2916 31 31* – www.vanolibrun.com.uy