Dos apartamentos en Plaza Independencia, una cochera en el Centro y una casa en Cordón

REMATE OFICIAL
JUEVES 9 DE MARZO 13 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO
SIN BASE EN U$S

PROGRAMA DE RACIONALIZACIÓN DE USO
DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO
Art. 70 Ley N°19.924

Administra ANRTCI

2 Apartamentos en Edificio Torre Mayor

Casa en Cordón

Cochera en Centro

2 Apartamentos en Edificio Torre Mayor en Pza. Independencia – Padrón: N° 4697/802 – Superficie Edificada – 53 mts. cada uno, Juncal 1355.

Casa en Cordón – Padrón: N° 522 – Superficie terreno: 318mts, superficie edificada: 465 mts. Vázquez 1519 entre Mercedes y Uruguay.

Cochera en centro – Padrón: N°183226/501 – Superficie: 13 mts. San José 1480

Seña 30% – Comisión e Impuestos 4.27% Imp. Incluidos. Todo en el acto.

Forma de pago: Ajustada a la ley 19210 y 19889

Exhibición:

Fecha: 6, 7 y 8 de marzo.
Hora: 11:00 a 15:00 Hs.

Informes: 2901 7366 – www.anrtci.uy

Rematadores designados:

Andrés Isasa Dos Santos- Mat. 5249 – Cel. 099801856
Federico Díaz Viña – Mat. 5406 – Cel. 091942001
Alberto Zinoveev Miranda – Mat. 4353 – Cel. 099567286
Maximiliano Techera Rodríguez – Mat. 7120 – Cel. 099798176
Juan Ernesto Bentancur Silva – Mat. 4663 – Cel. 099695076

 

PROGRAMA DE RACIONALIZACIÓN DE USO DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO
REMATE DE INMUEBLES
DIA: 09/3/2023 HORA: 13:00 LUGAR: Asociación Nacional de Rematadores, Tasadores y Corredores Inmobiliarios – Av. Uruguay 826 – Montevideo

(1) El presente remate oficial se realiza en el local de la ANRTCI, ubicado en Av. Uruguay 826 – Montevideo, el día 9 de marzo de 2023 a la hora 13:00.
(2) Intervendrán los rematadores sorteados por el Registro Nacional de Rematadores y por la ANRTCI, quienes actuarán bajo el control y la administración de esta última o a quien ésta designe.
(3) Se trata de los siguientes bienes inmuebles sitos todos en el departamento de Montevideo:

LOTE 1 – PADRÓN 522 – Vázquez No. 1519 – RÉGIMEN Común – SUPERFICIE 336 m² (EDIFICADO 465 m²)
LOTE 2 – PADRÓN 4697 – Juncanl No. 1355 – RÉGIMEN PH – UNIDAD 802 – SUPERFICIE 53 m²
LOTE 3 – PADRÓN 4697 – Juncanl No. 1355 – RÉGIMEN PH – UNIDAD 803 – SUPERFICIE 53 m²
LOTE 4 – PADRÓN 183226 – San José 1480 – RÉGIMEN PH – UNIDAD 501 – SUPERFICIE 13 m²

Los bienes comunes de uso exclusivo (terrazas, patios) no están contemplados en estas superficies.-

(4)
– Lote 1:
Solar de terreno con el edificio y demás mejoras que le acceden, ubicado en el Departamento de Montevideo, localidad catastral Montevideo, zona urbana, empadronado con el número quinientos veintidós (522), que según plano del Agrimensor Carlos Hugues, de mayo de 1966, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, el 8 de junio de 1966 con el Número 54275, tiene una superficie de trescientos dieciocho metros cuadrados con setenta y tres decímetros cuadrados con once centímetros cuadrados -318 m 73 dm 11 cm- (de acuerdo a cédula catastral);, con frente a calle Vázquez, identificado su número de puerta con el 1519, entre las calles Mercedes y Avenida Uruguay.
– Lote 2.
Unidad de propiedad horizontal, apartamento número ochocientos dos (802), que forma parte del edificio construido de acuerdo con la Ley 10.751, según permiso de construcción número 122476-130309 y 130309/1, que se levanta en un terreno ubicado en el Departamento de Montevideo, Localidad Catastral Montevideo, zona urbana, padrón matriz cuatro mil seiscientos noventa y siete (4697), según plano de Mensura y Fraccionamiento horizontal del Agrimensor Joaquín Spinak de abril de 1978, habilitado por la Intendencia de Montevideo el 19 de setiembre de 1978, cotejado e inscripto en la Dirección General de Catastro con el número 87925 el 12 de enero de 1979, tiene una superficie de seiscientos noventa y cuatro metros (694), con frente a la calle Sarandí número 1355. La unidad 802 está empadronada individualmente con el número cuatro mil seiscientos noventa y siete barra ochocientos dos (4697/802) y según el citado plano se encuentra ubicada en piso octavo, a cota vertical más 27 metros 83 decímetros, con una superficie de cuarenta y ocho metros noventa y cinco decímetros (48 metros 95 decímetros), y le corresponde el uso exclusivo de los siguientes bienes comunes: 1) Terraza B8; 2) Balcón Q8.-
– Lote 3.
Unidad de propiedad horizontal, apartamento número ochocientos tres (803), que forma parte del edificio construido de acuerdo con la Ley 10.751, según permiso de construcción número 122476-130309 y 130309/1, que se levanta en un terreno ubicado en el Departamento de Montevideo, Localidad Catastral Montevideo, zona urbana, padrón matriz cuatro mil seiscientos noventa y siete (4697), según plano de Mensura y Fraccionamiento horizontal del Agrimensor Joaquín Spinak de abril de 1978, habilitado por la Intendencia de Montevideo el 19 de setiembre de 1978, cotejado e inscripto en la Dirección General de Catastro con el número 87925 el 12 de enero de 1979, tiene una superficie de seiscientos noventa y cuatro metros (694 con frente a la calle Sarandí número 1355 La unidad 803 está empadronada individualmente con el número cuatro mil seiscientos noventa y siete barra ochocientos tres (4697/803) y según el citado plano se encuentra ubicada en piso octavo, a cota vertical más veintisiete metros ochenta y tres centímetros, con una superficie de cuarenta y ocho metros sesenta y ocho decímetros (48 metros 68 decímetros), y le corresponde el uso exclusivo de los siguientes bienes comunes: 1) Terraza CB; 2) Balcón P8.-
– Lote 4.
Unidad de Garaje número 501, empadronado individualmente con el número ciento ochenta y tres mil doscientos veintiséis (183226/501), con una superficie de doce metros con setenta y tres decímetros. La mencionada unidad pertenece al edificio denominado” Carropark”, construido bajo el régimen de la Ley número 10.751, normas concordantes y modificativas sobre un terreno ubicado en la segunda sección judicial del departamento de Montevideo, localidad catastral Montevideo, zona urbana, padrón matriz ciento ochenta y tres mil doscientos veintiséis , el que según plano de mensura y fraccionamiento de Propiedad Horizontal del Ingeniero Agrimensor Mario Peyrot de noviembre de 1987, cotejado por la Intendencia Municipal de Montevideo, el día 11 de noviembre de 1994 e inscripto en la Dirección General de Catastro Nacional , el día 8 de noviembre de 1995 con el número 26693, consta de una superficie de mil noventa y cuatros metros con cuarenta y seis decímetros, con 25 metros 50 centímetros de frente al Norte a la calle San José entre las calle Javier Barrios Amorín y Andrés Martínez Trueba, con frente a la calle San José estando señalada su puerta con el número 1478-1480.
(5) Los inmuebles se remataran en lotes individuales, la Administración se reserva el derecho de rematar en forma total o parcial los inmuebles objeto del presente remate, todos o prescindir del remate de alguno de ellos.
(6) Los bienes se enajenan en su actual estado material y jurídico, encontrándose libre de ocupantes y de equipamiento mobiliario.
(7) Los interesados dispondrán de copia de la documentación con que se cuenta, la que podrá ser consultada en la “A.N.R.T.C.I.”, Av. Uruguay 826, desde el día 06 al 08 de marzo inclusive, previa coordinación con la Secretaría al teléfono 29017366. Los interesados podrán visitar los inmuebles los días 06 al 08 de marzo de 11.00 a 15.00 horas, previa coordinación con la referida Secretaría.
(8) El remate se realizará sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor.
(9) Los mejores postores deberán consignar en el acto del remate por concepto de seña, el 30 % del valor del precio ofertado, suma que integrará el precio. Además, deberán abonar el 4,27 % impuestos incluidos, por concepto de comisión de los rematadores. El pago podrá realizarse mediante transferencia bancaria a la cuenta del BROU Nº 001569651-00004 en U$S a nombre de Panormos S.A., cheque certificado o letra de cambio de bancos de plaza, de acuerdo a las disposiciones vigentes.
(10) Una vez concluida la subasta deberá el mejor postor exhibir su documento de identidad, constituir domicilio legal, suscribir el acta de remate y designar escribano, así como aportar todos los datos que le sean requeridos por el Rematador en cumplimiento a la normativa vigente en materia de prevención de lavado de activos.
Hasta tanto se labre el acta de remate y se abone la seña, comisión e impuestos, deberá permanecer en sala el segundo mejor postor, a cuyos efectos se le recabarán los mismos datos que al resultante en primer término.
(11) El saldo del 70 % del precio, deberá abonarse a la ANRTCI, mediante transferencia bancaria a la cuenta del BROU Nº 001569651-00004 en U$S a nombre de Panormos S.A. dentro de los 20 días corridos posteriores siguientes al remate. Dicho plazo es improrrogable, y vencido el mismo, el mejor postor perderá todo derecho a la seña y comisiones pagadas, así como al bien subastado.
El Mejor Postor dispondrá de un plazo de 30 días corridos, contados desde la fecha de remate, para realizar la Escrituración. Si el plazo se extendiera por causas imputables al interesado, será pasible de una multa equivalente al valor de la seña. Para ser efectivo los trámites de escrituración de los padrones adquiridos se deberá presentar recibo de pago con la cancelación total del precio.
(12) Serán de cargo del mejor postor todos los gastos, impuestos, honorarios de escritura, certificados, pagos de I.T.P. -de la parte compradora- y cualquier otra deuda que grave el inmueble por cualquier concepto, a excepción de las deudas municipales generadas hasta la fecha del remate, en virtud de que el titular actual de los inmuebles se encuentra exonerado de Contribución Inmobiliaria y adicionales, conforme al artículo 463 de la Ley 16.226.
(13) La ocupación de los referidos bienes, se realizará simultáneamente a la firma de la escritura de compraventa.
(14) Los derechos emanados de la compra son intransferibles, no pudiendo el mejor postor ceder sus derechos.
(15) No podrá aducir el Mejor Postor vicios o defectos de la titulación. La sola presentación a la subasta y formulación de oferta implica la aceptación de los títulos y de la documentación relativa al inmueble, así como de la situación en la que se encuentra cada inmueble.
(16) Los Martilleros actuarán con sujeción a las disposiciones que regulan su quehacer, a estas condiciones y bajo el control y administración de la ANRTCI.
(17) Por la unidad de propiedad horizontal padrón Nº 183226/501 se otorgará Promesa de Enajenación, hasta tanto se otorgue la correspondiente modificación de Reglamento de Copropiedad para lo cual no existe un plazo estipulado.

INFORMES:
PROGRAMA DE RACIONALIZACIÓN DE USO DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO
[email protected]
www.anrtci.com
Tels. 2901 7366