REMATE JUDICIAL
VIERNES 29 DE OCTUBRE
En PUERTAS DEL JUZGADO
AVDA. GIANNATTASIO KM 23
SIN BASE EN U$S
EL PINAR – INTERBALNEARIA Y AV. PEREZ BUTLER
BUENA CONSTRUCCIÓN EN DOS PLANTAS
LOCAL Y GARAJES EN PLANTA BAJA
VIVIENDA EN PLANTA ALTA
PADRÓN Nº 18.197
TERRENO 2003,89 m²
EDIF. 393 m²
(según Catastro)
Garantía: 30% – Comisión e Imp.: 3,66%
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Ciudad de la Costa de 5° Turno, dictada en autos: “BBVA C/ FUENTES FIGUEREDO, FERNANDO Y OTROS EJECUCION HIPOTECARIA CIVIL” IUE 467-31/2020, se hace saber que el próximo 29 de octubre de 2021, a las 14 horas, en las puertas del Juzgado Letrado de Ciudad de la Costa de 5º Turno, sito en Avda. Luis Giannattasio km. 23, se procederá por el martillero ALBERTO BRUN, en diligencia presidida por la Señora Alguacil de la Sede, al remate sin base, al mejor postor y en dólares estadounidenses del siguiente bien inmueble: Solar de terreno y las construcciones que le acceden ubicado en zona urbana, localidad catastral Ciudad de la Costa, departamento de Canelones, empadronado con el Nro. 18.197, el que según plano de mensura del Agrim. Walter Roy Harley de noviembre de 1956, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Pando el 15 de junio de 1959 con el Nro. 1116, según el cual se señala como solar 4 de la manzana 33 y tiene una superficie de 2003 mc. 89 dmc. y se deslina: 19,77 mts. de frente al Noroeste a la Ruta 34; 11,63 mts. también de frente al Suroeste a la Avda. de la Playa uniendo ambos frentes ochava curva de 63,45 mts. orientada al Suroeste; 31,86 mts. al Noreste lindando con solar 3 y 45,94 mts. al Sureste lindando con solar 5, todos del mismo plano. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada así como el 3,66% de comisión e impuestos del rematador. 2) Que serán de cargo del comprador los gastos y honorarios de la escritura y los impuestos que la Ley pone a su cargo. 3) Será de cargo del expediente la comisión de venta del Rematador más IVA (1,22%) y el 1% de Impuesto Departamental. 4) Que existe deuda por concepto de Contribución Inmobiliaria por el período 07/02/2019 al 23/12/2021 inclusive ($ 251.510). 5) Que existe deuda por concepto de Impuesto a Primaria ejercicio 2019, 2020 por un valor de $ 17.885. 6) Que se desconoce la situación ocupacional del bien y su estado de conservación. 7) Que los títulos y demás antecedentes se encuentran en la Sede, a disposición de los interesados para su consulta. 8) Que el mejor postor deberá dar cumplimiento en todo lo que refiera a las Leyes 19.210 y 19.574 en la redacción dada por la Ley 19.889. 9) Que el mejor postor deberá depositar el saldo de precio en plazo de 20 días corridos, contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate y que no será interrumpido por las Ferias Judiciales, ni por la Semana de Turismo. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones.
Ciudad de la Costa, 30 de septiembre de 2021
SILVIA GIANINA FREDA MUÑOZ, Actuario
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