Oportunidad!!! Amplia unidad en Palacio Lapido – Av. 18 de Julio 948 – Unidad 302

REMATE JUDICIAL
MARTES 26 OCTUBRE – 14:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO
SIN BASE EN U$S

CENTRO,

AMPLIA UNIDAD EN PALACIO LAPIDO!!!
Descripción:

Dirección:

Avda. 18 de Julio 948 esquina Wilson Ferreira Aldunate, ex Río Branco (1343).

Unidad 302

Padrón: 6193/302

Superficie propia (catastro): 122 m2 más terraza de 7 m2.

Antigüedad según catastro: 1930

El Palacio Lapido tiene declaración de Monumento Histórico Nacional,

es un ícono dentro de las edificaciones de su época en Montevideo.

No se ingresó a la unidad, se desconoce su distribución interna.

La descripción se realiza en base a lo relevado con los ocupantes anteriores.

Se distribuye en gran estar que se utilizaba como sala principal, más 2 habitaciones, cocina y 2 baños.

Cuenta con una entrada importante por el hall principal del piso, al que se accede por cualquier de los dos ascensores.

Destinos posibles, industria, comercio y vivienda según art. 14 del Reglamento de Copropiedad.

El edificio cuenta con vigilancia 24 horas.

Detalle:

DEUDAS (las cifras se dan a título informativo, es responsabilidad de los interesados hacer directamente la consulta en los organismos respectivos)

Al 09/09/2021 según certificado de gravámenes IMM N° 564034.

QUE SE DESCUENTAN DEL PRECIO (las paga el comprador pero las descuenta del saldo de precio)

Contribución Inmobiliaria:
$ 236.832.- aprox. US$ 5.700.-
Paga anualmente 3 cuotas de $ 1.672.-
Primaria:
No tiene deuda.-
Paga anualmente según último ejercicio 3 x $ 2393.-

QUE NO SE DESCUENTAN DEL PRECIO (son de cargo del comprador)
Tributos Domiciliarios:
$ 161.521.- (aprox. US$ 3.900.-)

OTROS
La ejecución es por gastos comunes.
Paga mensualmente $ 6.570.-
Administra Lars.

PRECIO BASE DEL REMATE:
Sin base en US$ dólares estadounidenses.

CONDICIONES DE PAGO: El día del remate en el mismo acto deberá abonar el 30% de su oferta, y el 3,66% por concepto de comisión e impuestos.
El pago sugerimos hacerlo por letra de cambio o por transferencia electrónica en el acto de remate.
En caso de abonar con transferencia electrónica el mejor postor deberá tomar ANTES los recaudos necesarios ante la sucursal de su Banco a efectos de tener disponibles los montos necesarios al momento de la realización de la subasta.

¿ COMO HACE PARA SABER DE CUANTO HACER LA LETRA SI NO SABE POR CUANTO SE VA A VENDER?
Hace una letra por el 34% del precio que piense ofertar como máximo, de esa forma queda cubierta su oferta. Recomendamos hacer la letra por el 40%.
¿QUÉ PASA SI SE VENDE POR MENOS?
Lo que sobre de la letra se acredita en el saldo de precio y se le entrega un comprobante en el acto.

LOS CLIENTES DEL INTERIOR DEBEN CONSTITUIR UN DOMICILIO LEGAL EN MONTEVIDEO PARA QUE SE LE ENVÍEN NOTIFICACIONES POR PARTE DEL JUZGADO, ETC. (PUEDE SER FAMILIAR, AMIGO, ESCRIBANO, ETC)
VISITAS, OCUPANTES.

Según lo relevado en el edificio, la unidad estaría desocupada.
No hay llaves.
De los certificados registrales no surge ningún arrendamiento inscripto.

DATOS DEL JUZGADO
Juzgado Civil de 17 Turno.
IUE 2-60159/2016
Palacio de los Tribunales, Pasaje de los DDHH 1309 piso 2, Montevideo.

Las interrogantes de índole jurídico notarial deben ser aclaradas con anterioridad al día de remate por su profesional de confianza.

El protocolo sanitario a utilizar en todos los remates de la Asociación de Rematadores está en la sección fotos.

 

EDICTO Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 17º Turno, dictada en autos: “EDIFICIO PALACIO JOSÉ A. LAPIDO c/ ASOCIACIÓN DE FOTÓGRAFOS PROFESIONALES DEL URUGUAY – EJECUCIÓN DE HIPOTECA REC IP RO CA PRO F ESIO N ALES DEL URUGUAY INTIMACION DE PAGO” IUE 2-60159/2016, se hace saber que el 26 de octubre de 2021 a partir de las 14:30 horas en Av. Uruguay 826 por intermedio del Rematador ASSAD HAJJOUL Matrícula Nº 5555 RUT 212276850013 en acto presidido por el/la OFICIAL ALGUACIL del Juzgado, se sacará a remate público, en dólares norteamericanos, sin base y al mejor postor el siguiente bien inmueble: Unidad 302 que forma parte del edificio sito en el departamento de Montevideo, localidad catastral del mismo nombre, padrón matriz número 6.193, el que según plano de fraccionamiento horizontal del Agrimensor Sarandí Asuaga Nogué de febrero de 1975, inscripto en la Dirección General del Catastro Nacional el 24 de abril de ese año con el número 77337, tiene una superficie de 816 m 17 dm, con 22,60 metros al norte de frente a la Avenida 18 de Julio y 36,02 metros al este también de frente a calle Río Branco, por ser esquina. La unidad 302, está empadronada individualmente con el número 6193/302, se ubica en tercer piso, a cota vertical más 16,86 metros, tiene una superficie de 121 m. 90 dm y le corresponde el uso exclusivo del bien común Terraza “L3”. SE PREVIENE QUE: 1º) El mejor postor deberá abonar en el acto de serle aceptada su oferta por lo menos el 30% de la misma, siendo también de su cargo la comisión y tributos que la ley le impone (3,66%), debiendo constituir domicilio dentro del radio del Juzgado. Dicho pago deberá realizarse en el acto mediante letra de cambio cruzada o transferencia electrónica bancaria, medios de pago autorizados por la Ley 19.210 y modificativas. En caso de abonar con transferencia electrónica el mejor postor deberá tomar los recaudos necesarios ante la sucursal de su Banco a efectos de tener disponibles los montos necesarios al momento de la realización de la subasta. 2º) El plazo para el depósito del saldo de precio es de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate. 3º) Se desconoce el actual estado de ocupación de la propiedad a rematarse así como la existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones que hubiera en ella. 4º) Sólo se podrá descontar del precio de remate la deuda que existiera por concepto de Contribución Inmobiliaria y de Enseñanza Primaria pudiéndose imputar al mismo la deuda generada por tal concepto hasta la fecha de la subasta. 5º) El mejor postor deberá de dar cumplimiento en todo lo que refiera a las leyes 19210 y ley 19574 en la redacción dada por la ley 19889. 6º) En la Sede se encuentran depositados los antecedentes dominiales originales del bien cuya ejecución se pretende, por lo que el remate del mismo se efectuará en las condiciones que resultan del expediente, documentación y certificados registrales presentados oportunamente por el ejecutante en autos los que podrán ser examinados en la Sede por los interesados.. Pasaje de los Derechos Humanos 1309 piso 2º. Y a los efectos legales se hace ésta publicación. Montevideo, 08 de septiembre de 2021. MARTÍN LUIS MOLLER CAL, Actuario Adjunto.

INFORMES:
ASSAD REMATES
[email protected]
www.assad.com.uy
CONVENCION 1343 ESC. 1112 – MONTEVIDEO
Tels. 2900 3099 – 2900 4620 Cel. 092 50 55 55