Majestuosa propiedad frente al Club del Bosque de Punta del Este

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN $
MIÉRCOLES 15 DE SETIEMBRE 14:30 HORAS
En CENTRO ESPAÑOL DE MALDONADO
18 JULIO ESQ. ARTURO SANTANA – MALDONADO

MAJESTUOSA PROPIEDAD
FRENTE AL CLUB DEL BOSQUE DE PUNTA DEL ESTE
A UNA CUADRA DE PUNTA SHOPPING

UBICACIÓN: Mónaco esq. Marne Barrio LUGANO

PADRÓN: 9502

SUPERFICIE TERRENO: 714 m 21 dm frente de 19 metros SE

SUPERFICIE EDIFICADA: 260 metros

COMODIDADES: Dos plantas, 3 dormitorios, amplio living con gran estufa a leña, cocina con office, amplio comedor, servicio completo, lavadero, garaje para 2 a 3 autos, parrillero, amplio y cómodo fondo con árboles y frutales.

CONDICIONES:

Seña: 30% . Comisión 3.66 %, más el 1% de impuesto departamental, en el acto y por medios de pago autorizados (letra de cambio o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza) por lo dispuesto por las leyes 19.210 y 19.478 y 19.889 y sus decretos reglamentarios.

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Maldonado de 6º Turno, dictada en autos: “BANCO CENTRAL DEL URUGUAY c/ DE BARROS, MANUEL y otra – EJECUCIÓN DE HIPOTECA” IUE 291-155/2011, se hace saber que el día 15 de setiembre del corriente a las 14 y 30 horas, en la sede del Centro Español de Maldonado, calle 18 de Julio esquina Arturo Santana, se procederá por intermedio del martillero PABLO JORGE ORIBE, matrícula Nº 4563, RUC 212220320019, presidido por la Sra. Alguacil de la Sede, a la venta en pública subasta, sin base, al mejor postor y en pesos uruguayos, del siguiente bien inmueble: Terreno con construcciones y demás mejoras que contiene ubicado en la 1º Sección Judicial de Maldonado,Localidad catastral Punta del Este, Barrio Lugano, empadronado con el Nº 9502, manzana catastral 1149, que según plano del Agrimensor Juan A. González Uslenghi de julio de 1976, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Maldonado con el Nº 7092 el 12/8/76, se señala con el Nº 10 y se compone de una superficie de 714 metros 21 decímetros, que se deslindan así: 19 m de frente al SE a calle 11 de 17 m de ancho, 39 m 9 cm al SO lindando con los solares 11 y 12, 19 m 23 cm al NO con solar Nº 15 y 36 m 9 cm al NE con solar Nº9 y según título de proiedad e Hipoteca que se ejecuta, linda al NO con solar Nº 21 en vez de con solar Nº 15.SE PREVIENE: I) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% de su oferta en el acto de aceptarle la misma, debiendo consignar el saldo dentro de los veinte días corridos, contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación de auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por semana de turismo. Los pagos se deberán realizar cumpliendo lo dispuesto por las leyes números 19.210, 19.478 y 19.889 y sus decretos reglamentarios. II) Que serán de cargo del mejor postor los gastos de escrituración, impuestos y demás que la ley pone a su cargo, como así también la comisión del Rematador más IVA, o sea el 3.66% en el acto. III) Que será de cargo del expediente, la comisión de venta del Rematador más IVA, o sea el 1.22 % más el 1% por Impuesto Departamental. IV) Que si el precio total de lo rematado superare la suma de UI 1.000.000 (un millón de unidades indexadas), deberá hacerse efectivo mediante letra de cambio o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las Leyes 19.210, 19.478 y 19.889 y sus decretos reglamentarios. V) Que se remata solamente 714 m 21 dm del Padrón Nº 9502, que corresponden a la Hipoteca que se ejecuta, quedando en condominio el adquirente con la propietaria de la restante superficie de 353 m 37 dm. VI) Los rubros imputados al precio del remate son el Impuesto de Enseñanza Primaria y la Contribución Inmobiliaria, hasta la suma concurrente en proporción solamente al área que se remata, esto es 714 m 21 dm, requiriendo para cualquier otra imputación, autorización judicial. VII) No se encuentra agregados el Título de propiedad del bien sino su Testimonio por Exhibición. VIII) Se desconoce el estado de ocupación del bien. IX) Que el estudio de la titulación del inmueble, se hizo en base a testimonios de los títulos originales y certificados registrales. X) En caso de que para la fecha del remate siga vigente la emergencia sanitaria, el remate se tendrá que hacer respetando las medidas sanitarias establecidas por el Protocolo sanitario del M.S.P. por COVID 19, como ser el registro de concurrentes por eventuales circunstancias que pudieran suscitarse a efectos dela salvaguardia de la trazabilidad en el seguimiento de la pandemia, el uso obligatorio de tapabocas y el mantenimiento de distancia física sostenida de 2 metros, así como todas las que la Sra. Alguacíl estime del caso.-XI) El remate se efectúa en las condiciones que resultan del expediente, documentación, testimonio por exhibición de la titulación agregados y de la información registral adjunta, la que se encuentra a disposición de los interesados, en la Oficina Actuaria del Juzgado, sito Sarandí casi Ledesma, Edificio San Lázaro, 3º piso, Maldonado. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. Maldonado, 02 de agosto de 2021. MARÍA LUCIANNE YONA PEREIRA, Actuario Adjunto.

INFORMES: PABLO JORGE ORIBE – [email protected]
Tels. 097 404 142 – 094 202 300