2 Fracciones de campo en Montevideo

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN DÓLARES

MIÉRCOLES 5 DE SETIEMBRE A LAS 13:30 HORAS EN LA ANRTCI, AV. URUGUAY 826

2 FRACCIONES DE CAMPO EN MONTEVIDEO (2HÁS 5.700 METROS), EN ZONA URBANIZABLE, DE GRAN POTENCIAL, ADECUADAS TAMBIÉN PARA COMPLEJO DEPORTIVO

En Colón, a 400 mts de Av. César Mayo Gutiérrez y a 1.000 mts del Anillo Perimetral  

                      ¡EXTRAORDINARIA UBICACIÓN!

Padrones 97891 y 97892, con frente a calle Fernando Menck 6080 y 6098 (esq. “Senda 1”).

Seña 30% y comisión 3,66% en el acto, con letra de cambio o transferencia bancaria

                   JUZGADO CONCURSOS 1º. TURNO IUE 40-71/2016    

EDICTO: Por disposición de la Señora Juez Letrado de 1ª Instancia de Concursos de 1º Turno, en los autos “Scotiabank Uruguay S.A. c/ Cralor S.A. – Ejecución Hipotecaria”, IUE 40-71/2016, el 5 de setiembre del 2018, a partir de las 13y30 horas, en el local de la ANRTCI, Avda. Uruguay 826, el Martillero Julio Pérez Castellanos (Matrícula 5351, Rut 213696270018), en acto que presidirá la Señora Alguacil de la Sede, rematará en pública subasta, sin base al mejor postor y en Dólares Estadounidenses, dos fracciones de terreno sitas en zona rural de Montevideo, Sección Catastral Montevideo Rural, empadronadas con los números 97.891 y 97.892, esta última con construcciones, las que según Plano de mensura de la Ing. Valeria Domínguez de octubre de 2013, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro el 30/10/2013 con el número 46305, se componen de: A) padrón 97891, un área de doce mil novecientos seis metros cuadrados (12.906 m2), que se deslinda así: 75 mts 97 cms al Suroeste de frente la calle Fernando Menck; 173 mts 10 cms al Oeste lindando con el padrón 46.081; 73 mts 91 cms al Noreste lindando con parte del padrón 405.891 y 171 mts 41 cms al SE lindando con padrón 97.892. B) padrón 97892, un área de doce mil setecientos ochenta y tres metros cuadrados (12.783 m2) que se deslinda así: 75 mts 98 cms al Suroeste de frente a calle Fernando Menck; 171 mts 41 cms al Oeste lindando con el padrón 97891; 73 mts 91 cms al Noreste lindando con parte del padrón 405.891, y 169 mts 74 cms al Sureste lindando con el padrón 46.082. Se previene: 1) Se desconoce la situación ocupacional del inmueble y la situación ante el BPS por las construcciones. Existen deudas por Contribución Inmobiliaria por ambos padrones, y se desconoce su situación de deuda por Impuesto de Primaria. 2) Únicamente podrá imputarse al precio lo pagado por Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria a la fecha del remate. 3) El mejor postor deberá depositar a la bajada del martillo en letra de cambio o cheque certificado, el 30% de su oferta como seña y pagar la comisión del Rematador más Iva: 3,66%; asimismo deberá abonar el saldo de precio dentro de los 20 días corridos a contar a partir del siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, plazo que no se interrumpirá por la Feria Judicial ni por la Semana de Turismo. Ambos depósitos deberán realizarse y documentarse con sujeción a las exigencias de la ley 19210 de Inclusión Financiera y su decreto reglamentario. 4) Soportará la demandada la comisión vendedora más Iva: 1,22%. 5) Los antecedentes están a disposición de los interesados en la Sede Judicial, ubicada en calle San José 1132 piso 3. A los efectos legales se hacen estas publicaciones. Montevideo, 15 de agosto de 2018. Dra. ANALIA ELGART, Actuaria Adjunta.

  INFORMES:
JULIO CESAR PEREZ CASTELLANOS
[email protected]

Cel. 099 699 941