2 Chacras en Canelones – La montañesa – Rincón de Pando

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$s
MARTES 7 DE SETIEMBRE 15:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO 15:30

2 CHACRAS EN CANELONES
RUTA 34 Km 44.500
(LA MONTAÑESA-RINCÓN DE PANDO)

SE SUBASTAN LOS DOS PADRONES UN SOLO LOTE

Ubicación de los padrones 53.781 y 53.782:

Ruta 34, Km 44.500, La Montañesa – Rincón de Pando
Padrón: 53.781 Sup. 3Ha. 6789mts. 25 dmts.
Padrón: 53.782 Sup. 3Ha. 6833mts. 90 dmts.

Condiciones de Remate:

El mejor postor deberá consignar en dólares estadounidenses el 30% de su oferta en carácter de seña en el acto, al momento de serle aceptada la misma y que serán de su cargo la comisión de compra del Rematador y tributos que la ley impone o sea el 3,66%. Dicho pago deberá realizarse mediante letra de cambio cruzada o transferencia electrónica bancaria, cumpliendo con lo dispuesto por la Ley 19.210, decretos reglamentarios, y la Ley 19.889 y modificativas. En caso de abonar con transferencia electrónica el mejor postor deberá tener disponibles los fondos necesarios previo al momento de la realización de la subasta.

ES RESPONSABILIDAD DE LOS INTERESADOS HACER LAS CONSULTAS JURÍDICAS Y NOTARIALES A UN PROFESIONAL DE SU CONFIANZA, ASI COMO AVERIGUAR LAS DEUDAS EXISTENTES A LA FECHA DE REMATE.

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 6º Turno, dictada en autos: “LANATA GÓMEZ, MARÍA c/ TAMBUCHO CHEGUHEM, OLGAEJECUCIÓN DE HIPOTECA” IUE 2-41053/2017, se hace saber que el próximo 7 de Setiembre de 2021 a las 15:30 horas en el local de la calle Uruguay 826, por intermedio del Martillero ALFREDO RAMOS MASTALLI, Matrícula Nº 5579, RUT 214920180011, asistido del Oficial Alguacil del Juzgado subastará, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor, los siguientes bienes inmuebles: A) Fracción de terreno situado en el departamento de Canelones, séptima sección judicial y catastral, zona rural, paraje Rincón de Pando, empadronada con el numero 53.781 (cincuenta y tres mil setecientos ochenta y uno), antes en mayor área con el número 6.723 señalada con el número 26 en el plano del Agrimensor Julio Cerviño, inscripto en la Dirección General de Catastro con el número 7.899 el día 17 de diciembre de 1953, según el cual se compone de una superficie de 3ha. 6.789mts 25 dmts. (tres hectáreas seis mil setecientos ochenta y nueve metros veinticinco decímetros) que se deslinda asì: 94m al S.E lindando con padrones 6752 y 6753, existiendo sobre dicho frente una servidumbre de paso de 10m de ancho que le da salida a Camino Vecinal y a Camino Carrasco, ruta Nº 34; al S.O 391,05m limita con solar Nº 22; al N.O 94,90m confina con solarNº 25; y al N.E 391,70m linda con solar Nº 30, todos solares del mismo plano; B) Fracción de terreno situado en el departamento de Canelones, séptima sección judicial y catastral, zona rural, paraje Rincón de Pando, empadronada con el numero 53.782 (cincuenta y tres mil setecientos ochenta y dos), antes en mayor área con el número 6.723, señalada con el número 30 en el plano del Agrimensor Julio Cerviño, inscripto en la Dirección General de Catastro con el número 7.899 el día 17 de setiembre de 1953, según el cual se compone de una superficie de 3ha. 6.833mts 90 dmts. (tres hectáreas seis mil ochocientos treinta y tres metros noventa decímetros) que se deslinda así: 94m al S.E lindando con el inmueble padrón 6.753, existiendo sobre dicho frente una servidumbre de paso de 10m de ancho que le da salida a Camino Vecinal y a Camino Carrasco, Ruta Nº 34; al S.O 391,70m confina con el solar Nº 26; al N.O 94,90m linda con solar Nº 29; y al N.E 392m limita con solar Nº 34, todos solares del mismo plano.- SE PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar en dólares estadounidenses el 30% de su oferta en carácter de seña en el acto, al momento de serle aceptada la misma y que serán de su cargo la comisión de compra del Rematador y tributos que la ley impone o sea el 3,66%. Dicho pago deberá realizarse mediante letra de cambio cruzada o transferencia electrónica bancaria, cumpliendo con lo dispuesto por la Ley 19.210, decretos reglamentarios, y la Ley 19.889 y modificativas. En caso de abonar con transferencia electrónica el mejor postor deberá tener disponibles los fondos necesarios previo al momento de la realización de la subasta. 2) Que serán de cargo del vendedor (expediente) la comisión del Rematador e impuestos, o sea, 1,22% y el 1% de Impuesto Municipal (Ley 12.700). 3) El plazo para consignar el saldo de precio por el mejor postor, será de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo teniendo presente que deberá resguardar los medios de pago (previstos por la ley 19210, decretos reglamentarios y ley 19889) con los cuales deposita el saldo de precio a la orden de la Sede y bajo el rubro de autos. 4) Existe deuda de Contribución Inmobiliaria y se desconoce si existe deuda por Impuesto de Primaria siendo los únicos rubros imputables al precio hasta la fecha de remate. 5) Se desconoce si existe deuda con BPS y se desconoce si existen construcciones. 6) El ITP e IRPF en caso de corresponder, serón abonados por el mejor postor y le serón reintegrados una vez escriturado el bien. 7) Del plano agregado surge que hay servidumbre de paso en relaciòn a los padrones. 8) Se desconoce el actual estado ocupacional del inmueble, así como la existencia de deudas. 9) Se desconoce si la Intendencia de Canelones harà uso del derecho de preferencia del artìculo 66 de la ley 18.308. 10) Los interesados que concurran al local del remate deberán hacerlo con tapabocas y cumplir con todas las disposiciones sanitarias exigidas por el Poder Ejecutivo. 11) Los bienes se venden en los estados de conservación y situación jurídica a la fecha de la subasta y todo en las condiciones que resulten del expediente, de la documentación agregada y de la información registral adjunta, la que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado sito en Pasaje de los DDHH 1309 Piso 1 esquina San José quedando de su cargo toda averiguación complementaria.-
Montevideo, 20 de agosto de 2021
ADRIANA JACQUELINE FALCON DEMETRIUK, Actuario Adjunto

INFORMES: ALFREDO RAMOS MASTALLI
[email protected] – Cel. 099 685 653