100 Hectáreas en la Laguna de Rocha

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
LUNES 29 DE ABRIL 13:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

100 hectáreas en la Laguna de Rocha

Sobre la Ruta 10 recientemente bituminizada, próximo a la desembocadura con el Océano Atlántico, a 5 minutos del Balneario La Paloma, a 10 de La Pedrera.

Inmueble padrón número 62.769
de la localidad catastral La Paloma, Rocha.

CON PLANO PROYECTO DE URBANIZACIÓN EN PH (LEY 17.292)
APROBADO POR LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE ROCHA
E INSCRIPTO EN LA DIRECCIÓN NACIONAL DE CATASTRO
DEL QUE RESULTAN 149 LOTES.

Excelente ubicación en un entorno inmejorable, rodeado de Áreas Protegidas.

CONSULTE A SU PROFESIONAL DE CONFIANZA.

INFORMES: REMATADOR JUAN PABLO CARRAU
(Mat. 6688 – RUT 216206960017) – 093880943


EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 2º Turno, dictada en autos: “CHARLES BAUMANN C/ WESCOTT CARL Y OTRO -EJ DE SENTENCIA-” IUE 22-35/2015, se hace saber que el próximo 29 de abril de 2024, a las 13:30 horas, en el local de la Asociación Nacional de Rematadores, Tasadores y Corredores Inmobiliarios, ubicado en la calle Uruguay 826, por intermedio del Martillero Juan Pablo Carrau, matrícula 6688, RUT 216206960017, en acto presidido por la Sra. Alguacil de la Sede se procederá a la venta en subasta pública, sin base, al mejor postor y en dólares estadounidenses del siguiente bien inmueble: Terreno baldío, sito en el departamento de Rocha, localidad catastral La Paloma, zona suburbana (antes zona rural, décima sección catastral), empadronado con el número 62.769, el que según plano proyecto de urbanización de propiedad horizontal y de mensura del terreno del Agrimensor Nelson Soria de febrero de 2010, inscripto en el Oficina Delegada de Rocha de la Dirección Nacional de Catastro con el número 12934 el 9 de marzo de 2010, tiene una superficie de cien hectáreas (100 hectáreas) y se deslinda así: al Sureste línea quebrada de tres tramos rectos que miden 146,40 metros; 90,60 metros y 417,70 metros, todos de frente a Camino Vecinal de 17 metros de ancho; al Sur, recta de 1325,10 metros lindando con el padrón número 28.716; al Noroeste línea quebrada de cuatro tramos rectos que miden 424,30 metros; 704,20 metros; 506,90 metros y 367,80 metros, lindando la primera con el padrón número 28.716 y las tres restantes con el padrón número 15.987 y al Noreste línea quebrada de tres tramos rectos que miden 669,50 metros; 103,90 metros y 490,80 metros que corre de noroeste a sureste, lindando la primera con el padrón 4.644 y los dos restantes con el padrón número 62.270. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 20% de su oferta, así como la Comisión del Rematador más IVA, o sea el 3.66% del precio del remate en el acto, con los medios de pago autorizados por la Ley 19.210 de inclusión financiera y demás disposiciones reglamentarias, debiendo en el plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no será interrumpido por la Feria Judicial ni semana de turismo, abonar el saldo de precio, teniendo presente que deberá resguardar los medios de pago previstos en la ley 19210, decreto reglamentario, y ley 19889. 2) Que serán de cargo del mejor postor los gastos de escrituración, honorarios, impuestos, certificados y demás que la Ley pone a su cargo. 3) Que será de cargo del expediente la Comisión de Venta del Rematador más IVA o sea el 1,22% del precio de remate, así como el 1% por concepto de Impuesto Municipal (Ley 12.700). 4) Que se desconoce la situación ocupacional del bien. 5) El bien registra deuda de Contribución inmobiliaria e Impuesto de Primaria y se desconoce la existencia de otras deudas por tributos nacionales y/o municipales a excepción de la de autos; siendo los únicos rubros imputables al precio de la subasta contribución inmobiliaria, impuesto de enseñanza primaria hasta la fecha del remate, el ITP correspondiente al vendedor e IRPF, de corresponder. 6) Que de existir deudas por aportes al BPS por las construcciones existentes en el inmueble, las mismas serán de cargo del mejor postor. 7) Existe Plano proyecto de urbanización en propiedad horizontal ley 17292 inscripto en la Dirección Nacional de Catastro Oficina delegada de Rocha con el número 12934 el 9 de marzo de 2010. 8) Existen promesas inscriptas sobre las unidades 001, 002, 005, 007, 010, 012, 020, 023, 024, 037, 045, 056, 057, 061, 062, 063, 129, 138, 139, 140, 141 y 142. 9) El bien se vende en el estado de conservación y situación jurídica en que se encuentre a la fecha de la subasta. Se desconoce la existencia de arrendamientos, la situación ocupacional del bien, y la existencia de construcciones, así como también posibles deudas por las mismas. Los antecedentes, documentación sobre el bien e información registral se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del Juzgado sito en el Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 Tercer Piso de la ciudad de Montevideo. Y a los efectos legales se hacen éstas publicaciones. Montevideo, 10 de abril de 2024. GIMENA PAOLA ETCHEVERRY MARQUEZ, Administrativo III Colaboración Cargo: Actuario Adjunto.

INFORMES:
JUAN PABLO CARRAU
[email protected]
www.jpcarrau.uy
Cel. 093880943