Vivienda en amplio desarrollo edilicio ubicada en la Ciudad de Pando.

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MARTES 12 DE NOVIEMBRE 13:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

PANDO – CANELONES

VIVIENDA EN AMPLIO DESARROLLO EDILICIO
UBICADA EN EL CENTRO DE LA CIUDAD

PADRÓN 3779 – ÁREA DE TERRENO 257 m²
ÁREA EDIFICADA 200 m² – FRENTE 12 m
A CALLE ZORRILLA DE SAN MARTÍN NÚMERO DE PUERTA 1165
ENTRE CALLES FRANCISCO MENESES Y DR. LUIS CORRECH

GARANTÍA 30% + COMISIÓN E IMP. 3,66%
AMBAS CON LETRA DE CAMBIO O TRANSFERENCIA BANCARIA

 

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 4º Turno, dictada en autos: “BANCO SANTANDER SOCIEDAD ANÓNIMA c/ BURGUEÑO PÉREZ, ODO -EJECUCIÓN DE HIPOTECA-” IUE 2-49572/2023, se hace saber que el próximo 12 de noviembre 2024 a las 13:30 horas el Martillero Público MIGUEL H.WOLF – MAT.1454- RUT 210 368 380 017 en el local de la ANRTCI sito en Avda Uruguay Nº 826 , Montevideo , asistido por el Alguacil del Juzgado quien presidirá la subasta, procederá al remate público, sin base, al mejor postor y en dólares estadounidenses del siguiente inmueble sus anexos , construcciones y demás mejoras que le acceden, sito en la séptima sección judicial de Canelones, localidad catastral Pando, Padrón Número tres mil setecientos setenta nueve ( 3.779) señalado con el numero 2 de la manzana 75 en el plano del Agrimensor Héctor Carlomagno de enero de 1940, inscripto en la Dirección General de Avalúos con el numero novecientos setenta y cuatro (974) el 31 de enero de 1941, y según el cual consta de una superficie de doscientos cincuenta y siete metros cincuenta y nueve decímetros,(257m.59dm) que se deslindan:12m al Sureste de frente a la calle Zorrilla de San Martin , puerta de acceso Nª1165,entre las calles Francisco de Menezes y Doctor Luis Correch, 21.475m hacia el Noreste por donde limita con el solar 3, al Noroeste en 12metros con solar de Sucesión Carlos D.Furriol, y por el Suroeste con solares 4 y 1 en 21m.47cm , todos del plano citado.-SE PREVIENE: a) Se desconoce el estado ocupacional. En cuanto a la situación contributiva del inmueble, el mismo posee aduedos, desconociéndose el monto en la actualidad, y desconociéndose especialmente si existen adeudos en cuanto a refiere a las construcciones si las hubiere; b) La seña deberá consignarse por cualquiera de los medios de pago previstos por la Ley de inclusión financiera, modificativas y decretos reglamentarios; c) Solamente podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración hasta el momento del remate (Contribución e I.Primaria); d) El plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo. La cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a la ley 19.210, 19889, modificativas y decretos reglamentarios; e) Quien resulte mejor postor en el remate deberá tramitar previamente a la escrituración del bien ante la intendencia correspondiente el certificado referente al derecho de preferencia previsto por el artículo 66 de la Ley 18.308.-f) La subasta se realiza en la condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del juzgado sito en el Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derechos Humanos 1309 de la ciudad de Montevideo; g)Que el mejor postor deberá consignar en concepto de seña, el 30% de su oferta al serle aceptada la misma por los medios de pago habilitados por ley 19210 y 19889; h)Una vez escriturado se reintegrara al mejor postor los conceptos abonados por IRPF e ITP ( en caso de corresponder); i)que el mejor postor deberá abonar la comisión del martillero e IVA sobre la misma la que en total asciende al 3.66% del precio martillado; j) Que será de cargo de la parte demandada la comisión de venta que en total asciende al 1.22% del precio martillado más el Impuesto departamental , que asciende al 1% del precio de venta ;j) Se previene la facultad conferida al martillero por el art 386CGP A los efectos de su publicación por un día se expide el presente. Montevideo, 16 de octubre de 2024. FIORELLA MOREIRA MARIÑO, Actuario Adjunto.

INFORMES:
MIGUEL HUGO WOLF PHILIPPS
[email protected]
www.remateswolf.com
Tels. 2505 1407