REMATARÁ JUDICIAL SIN BASE EN DÓLARES
UN TERRENO CON MEJORAS EN MARINDIA, AL NORTE
Calle Ibiray esq. Biguá
Padrón: 839 – Área: 886 m2
Jueves 21 de Febrero – hora 10:30
En Avda. Uruguay 826 – Montevideo
Seña 30% Com. e Imps. 3,66%
ANTECEDENTES:Juzgado Letrado Civ. 8º – IUE: 2 – 9567/2017
EDICTO: Por disposición del Sr. Juez Letrado de 1ª Instancia en lo Civil de 8° Turno, dictada en autos caratulados: “SCORZA, KARINA C/ DARIOS, HELEN” – EJECUCIÓN DE HIPOTECA – IUE 2-9567/2017, se hace saber que el próximo 21 de Febrero del 2019 a partir de las 10:30 horas en el local de la calle Av. Uruguay 826 (ANRTyCI) y por intermedio del martillero Fernando Olariaga López, Matrícula n° 4421, RUT 212097110015, en acto presidido por la Señora Alguacil del juzgado, se procederá al remate público, sin base, al mejor postor y en dólares americanos el siguiente bien inmueble: Solar de terreno y mejoras que le acceden, sito en la 18 Sección Judicial del Departamento de Canelones, localidad catastral “Marindia”, zona urbana, empadronado con el n° 839 y que según plano del Agr. Hector Carlomagno de febrero y marzo de 1951, inscripto el 25 de abril de 1952 en la Dirección General de Catastro con el n° 7057, está señalado como el solar 5 de la manzana 55 y tiene una superficie de 886 metros 26 decímetros y se deslinda de la siguiente manera: 20 metros de frente al Noroeste a la calle n° 2, entre las calles n° 8 y Avenida de 30 metros; 52 metros 50 centímetros al Noreste lindando con el solar n° 6; 16 metros 87 centímetros al Sureste lindando con el solar n° 9; y 46 metros 44 centímetros al Suroeste lindando con el solar n° 4. SE PREVIENE: 1°) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta como garantía de su compra, y abonar la comisión más impuestos del Rematador; o sea el 3,66% del precio de subasta, dando cumplimiento para su pago con lo establecido por las leyes 19.210. 2°) Que el plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo. La cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a los medios de pago previsto por el artículo 40 de la Ley 19.210 y su decreto reglamentario. 3°) Que será de cargo del expediente el pago de la comisión de venta más impuestos al rematador; o sea el 1,22% del precio total de remate. 4°) Que se desconoce el estado ocupacional del bien en su actualidad. 5°) Que se desconoce la existencia de deudas de construcciones ante el BPS e Intendencia Municipal de Canelones. 6°) Que no existe deuda de contribución inmobiliaria ni de Impuesto de Enseñanza Primaria a la fecha de la presentación de las constancias respectivas que constan en el expediente. 7°) Que solamente podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración hasta el momento de la subasta. 8°) Que la subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado sito en el Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derechos Humanos 1309 Primer Piso de la ciudad de Montevideo. Y a los efectos legales se hace esta publicación. Montevideo, 12 de Diciembre de 2018. Esc. YIOVANA GORDILLO, ACTUARIA ADJUNTA.