REMATE JUDICIAL SIN BASE Y EN DOLARES ESTADOUNIDENSES
SOLAR CON MEJORAS EN BALNEARIO SAUCE DE PORTEZUELO
JUEVES 27 DE SETIEMBRE DE 2018 A LAS 14:30 HORAS EN AVDA. URUGUAY 826
PADRON: 9675 AREA SOLAR: M2. 405 CALLE: A 18
SEÑA: 30% COM. E IMPTO: 3,66%
MEDIOS DE PAGO: AUTORIZADOS POR LEY 19.210
ANTECEDENTES: CIVIL 3º. I.U.E. 2 – 65050/2004
EDICTO: Por disposición de la SEÑORA JUEZ LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL DE 3o. TURNO, dictada en los autos caratulados: “ISLA, NATALIA C/ GERICKE DIBELLA, ALFREDO Y OTRO. JUICIO EJECUTIVO CAMBIARIO.” I.U.E. 2-65050/2004, se procederá por intermedio del Rdor. Daniel Orellano Matrícula 4685 R.U.T. 212.222.900.012, el día 27 de setiembre de 2018, hora 14 y 30, en el local ubicado en calle Uruguay 826 A.N.R.T.C.I., asistido por la Señora Alguacil, quien presidirá dicho acto, a la venta en pública subasta, sin base, al mejor postor y en dólares estadounidenses del siguiente bien inmueble: Padrón 9675, antes en m/a 11.505, sito en la 1ª. Sección judicial del departamento. de Maldonado, localidad catastral Sauce de Portezuelo, departamento de Maldonado, zona urbana, que según plano del Agr. Rogelio Villardino del 26/12/1946 e inscripto ante la D. de Catastro el 14/1/1947 con el No. 1006, consta de una superficie de mtrs2. 405 señalado con el No. 55 de la manzana 44 y que se deslinda así: mtrs. 15 al Norte de frente a la calle A 18- Los Alamos, mtrs. 27 al Este lindando con solar 54, mtrs. 15 al Sur lindando con solar 47 y mtrs. 27 lindando al Oeste con solar 56.- SE PREVIENE: 1.- Que el mejor postor deberá consignar en concepto de seña el 30% de su oferta. La seña y la integración del precio del remate deberán cumplir con los medios de pago que preceptúa la ley 19.210 y su decreto reglamentario.- El mejor postor deberá constituir domicilio dentro del radio de esta Sede. 2.- Que será de cargo del mejor postor los gastos y honorarios de escrituración e impuestos que la ley pone a su cargo, asimismo la comisión del martillero que asciende a 3,66% – incluye impuestos-, del precio subastado en el acto y efectivo.- 3.- Que será de cargo del expediente la comisión del expediente que asciende a 1,22%- incluye impuestos-, del precio rematado.- 4.- Se desconoce deuda de Contribución Inmobiliaria ante I.M. Maldonado. No existe deuda del Impuesto de Primaria dado que el valor del bien no configura el pago de dicho impuesto.- 5.- Sólo se podrá descontar del saldo del precio del remate, la deuda existente por concepto de Contribución Inmobiliaria hasta la fecha de la subasta.- 6.- Que se desconoce cuál es el actual estado de ocupación del inmueble así como la existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones que hubieran en ella.- 7.- No existe conexión a O.S.E.- 8.- El plazo para consignar el saldo de precio por parte del mejor postor será de 20 días corridos contados a partir día hábil siguiente al de la notificación de la providencia aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni la semana de turismo. 9.- El título antecedente se agregó en testimonio notarial del escribano que autorizó la escritura.- 10.- El bien se remata en la situación jurídica y material en que se encuentra hasta la escrituración definitiva. La documentación puede ser examinada por los interesados en la calle Pasaje de Los Derechos Humanos 1309, Piso 3º. Montevideo, 11 de setiembre de 2018.- Esc. GABRIELA DI MATTEO, ACTUARIA ADJUNTA.
INFORMES:
Tel: 2-902.88.96 – Cel: 099.613.455