REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MARTES 25 DE JUNIO A LAS 15:30 HORAS EN A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO
A) Solar con Construcciones
Localidad Joaquín Suarez, departamento de Canelones- Zona Urbana
Padrón 6816, 371m² sobre calle José Pedro Varela
Con frente a calle José Pedro Varela
B) Solar con Construcciones
Localidad Montevideo
Padrón 190.567, 507m², Calle Covadonga 1162 entre
Bulevar Batlle y Ordoñez y Avenida Parque
Jdo. Letrado de Primera Instancia en lo Civil de Primer Turno – Ficha IUE 2-2809/2019
EDICTO: Por disposición del Señor Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 310 Avisos Nº 30.206 – junio 10 de 2019 | DiarioOficial Primer Turno, dictada en autos caratulados SEVERO GARCIA MARIA C/ VIDAL GARCIA, ANA y otro. EJECUCION DE HIPOTECA, IUE 2-2809/2018, se hace saber que el próximo 25 de junio del 2019 a las 15:30 horas, en el local de ANRTCI, AV. Uruguay 826, el martillero Rodrigo Abasolo Matrícula 5481, RUT 214748820011 asistido del Señor Alguacil de la Sede, procederá a la venta en remate público, en dólares estadounidenses, sin base, al mejor postor, de los siguientes bienes inmuebles: a) un solar con construcciones y demás mejoras que le acceden ubicado en zona urbana, Localidad Catastral Joaquín Suárez, departamento de Canelones, fracción B del antes padrón 230 en mayor área, hoy padrón seis mil ochocientos dieciséis (6.816), el que según el plano del Agrimensor benjamín S. Castelli de octubre de 1965, aprobado por el Concejo Departamental el 1 de diciembre de 1966 e inscripto en la Dirección General de Catastro el 3 de marzo de 1967 con el número 13501 y de acuerdo a dicho plano consta de una superficie de trescientos setenta y un metros cuatro mil centímetros (371 m. 4000 cm.), y se deslinda así: 12 metros de frente al Noreste a la calle José Pedro Varela; 30 metros 95 centímetros al Sureste con solar C; 12 metros al Suroeste con solar D, y 30 metros 95 centímetros al Noroeste con solar A.- b) solar de terreno y las construcciones en él existentes, sito en la Localidad Catastral Montevideo, vigésimo primera Sección Judicial de Montevideo, zona urbana, padrón ciento noventa mil quinientos sesenta y siete (190.567), señalado con el número 2 de la manzana G en el plano del Agrimensor Joaquín Spinak de junio de 1953, inscripto en la Dirección General de Catastro el 26 de enero de 1955, con el número 29984, consta de una superficie de quinientos siete metros (507 m.) y tiene trece metros de frente al Noroeste a la calle Covadonga, señalada su puerta con el número 1162, entre Bulevar José Batlle y Ordóñez y Avenida Parque; distando el punto más próximo 34 metros 17 centímetros de Bulevar Batlle y Ordóñez; 39 metros de fondo al Noreste con solar 3; al Sureste con solar 19; al Suroeste con solares 1, 22 y parte del 21. SE PREVIENE: I) Que el mejor postor deberá consignar en concepto de seña el 30% (treinta por ciento) de su oferta, así como la comisión del Rematador más I.V.A.. Dicho pago deberá realizarse en el acto, y si el precio total de lo rematado superare las U.I. 40.000 (Unidades Indexadas cuarenta mil) se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado, o trasferencia electrónica bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las leyes 19.210 y 19.478 y sus decretos reglamentarios.- II) Que serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios y certificados.- III) Que será de cargo del expediente la Comisión de venta del Rematador e Iva, o sea el 1,22% del precio del remate y el Impuesto Municipal del 1% del bien del departamento de Canelones.- IV) Que los bienes se rematan en las condiciones que resultan del expediente, de la información registral y la documentación agregada.- V) Se desconocen el estado ocupacional de los bienes, de la regularidad de las construcciones existentes y contributiva, especialmente en cuanto refiere a las construcciones, sí las hubiere, así como si existen deudas pendientes por concepto de Contribución Inmobiliaria, Primaria, Tributos y Gravámenes Municipales. VI) Que los únicos rubros que corresponde imputar al precio son la Contribución Inmobiliaria y el Impuesto de Primaria a la fecha del remate. VII) Que se desconoce sí la Intendencia hará uso de su Derecho de Preferencia, ley 18.083 art., 66 quedando dicha solicitud a cargo del mejor postor y previo al otorgamiento de la escritura correspondiente; en caso que correspondiere (Canelones franja costera y Maldonado). VIII) Que la documentación relativa a los inmuebles se encuentra a disposición de los interesados en la Sede, Pasaje de los Derechos Humanos, Primer Piso. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones, Montevideo 28 mayo de 2019.- Dra. Adriana De León Saravia, ACTUARIA
INFORMES:
RODRIGO ABÁSOLO CABRERA
Tels. 24022165 – 24023638 Cel. 099245222