REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MIÉRCOLES 25 NOVIEMBRE 15:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO
PROPIEDAD EN VILLA DON BOSCO
Inmediaciones de Perimetral y Ruta 8
JOSE LIVI 8017 entre Zanelli y Cantu
A pocas cuadras de Ruta 102 Perimetral y de Ruta Nacional nro. 8
SEÑA 30 % – COM. E IMP. 3,66 %
EDICTO Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 16º Turno, dictada en autos: “GONZALEZ SANCHEZ, JOSE c/ FAUCAULT SANCHEZ, CATALINA y otros – EJECUCION HIPOTECARIA INTIMACION DE PAGO” IUE 2-42267/2015, se hace saber que el 25 de noviembre de 2020 a las 15 y 30 horas en Avenida Uruguay 826 – Montevideo se procederá por intermedio del Rematador MARIO STEFANOLI Mat.4219 Ruc 211743790012 y Presidido por la Sra. Alguacil del Juzgado al remate sin base, al mejor postor y en dólares del siguiente bien inmueble: solar de terreno y edificio y demás mejoras que contiene ubicado en la 16ta Sección Judicial de Montevideo localidad catastral Montevideo empadronado con el nro. 195.645 (antes en mayor área 28.543) señalado con el nro. 13 de la manzana 1 en el plano de los Agrimensores José Suarez Abal y Marcelo Cascini Seré de abril de 1959 inscripto en el Municipio de Montevideo el 13/7/1959 y en la Dirección General de Catastro el 25/4/1960 con el nro. 39534 aprobado por el Consejo Departamental con fecha 29/3/1960 en expediente nro. 25.333 según el cual tiene una superficie de 599 mts 62 cms. que se deslinda así: 13 mts. de frente al sureste a calle B de 17 mts. (hoy calle Livi) 45 mts. 52 cms. al suroeste lindando con solar 12 padrón 195644; 13 mts 6 cms al noroeste frente a espacio libre y 46 mts 73 cms al noroeste lindando con solar 14 padrón actual 195646. SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en dicho acto, debiendo abonar dicho monto con letra de cambio, transferencia o efectivo hasta 40.000 unidades indexadas. Se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado, transferencia electrónica en una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las leyes números 19210,19478 y sus decretos reglamentarios. El saldo de precio deberá ser depositado en plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no será interrumpido por la feria judicial ni semana de Turismo. 2) Serán de cargo del adquirente: los gastos de tributos, comisiones, escrituración y los impuestos que la ley pone de cargo del comprador y la comisión del rematador e impuestos o sea el 3,66% del precio de remate lo que deberá pagarse en el acto y de acuerdo a la Ley de Inclusión Financiera 19.210 modificativa y sus decretos reglamentarios y será de cargo del expediente: el 1,22% de comisión de venta. 3) Se desconoce la situación ocupacional del bien. 4) se solicitó informe de deuda ante la IMM del que surge deuda por Contribución Inmobiliaria al 2/8/19 así como por Tasa General Municipal, surge deuda por impuesto de Primaria al 20/8/2019, único rubro este junto con el de Contribución que podrán ser descontados por el mejor postor del saldo de precio de la subasta. 5) Se desconoce la situación tributaria ante el BPS respecto de las construcciones. 6) Se desconoce la existencia de arrendamientos. 7) No cumple con el art. 178 de la ley 17296 (Caracterización urbana) 8) el estudio se realizó en base a último título, fotocopias simples de antecedentes, plano y certificados registrales. Los mencionados títulos se encuentran en la Sede del Juzgado letrado en lo Civil de 16to Turno sito en Pasaje de los Derechos Humanos 1309 1er piso. Y a los efectos legales se hacen éstas publicaciones. Montevideo veinte de octubre de dos mil veinte. Montevideo, 09 de noviembre de 2020. ANDREA VANINA VILA LECHINI, Actuario Adjunto.