REMATARA – JUDICIAL – SIN BASE – EN DOLARES
Tres casas en un padrón:
Brazo Largo 3686/3686 bis/3688 – MONTEVIDEO
CASA EN PARQUE DEL PLATA:
Calle Q casi calle 20
MARTES 27 DE NOVIEMBRE A LAS 14:30 HORAS EN AVENIDA URUGUAY 826 (ANRTCI – MONTEVIDEO)
Sup. total: 192 (m2) Sup. construída: 226 (m2)
1- Inmueble con 3 viviendas en Brazo Largo 3686/3686 bis/3688: Superficie terreno total : 192 mts2. Edificados s/Cédula: 226 mts2. Dos viviendas al frente en planta baja ( 3 y 2 dormitorios c/u y demás ) y una vivienda anta alta ( 2 dormitorios y demás ). Todas con accesos independientes.
2- Inmueble en Parque del Plata: Superficie terreno total : 502 mts2. Edificados s/Cédula: 132 mts2. Living comedor, 3 dormitorios, cocina y baño. Local comercial con frente por Interbalnearia. (información proporcionada por las partes ).
SEÑA 30 % – COM. E IMP. 3,66 %
(pago de seña con los medios previstos en la ley de inclusión financiera )
ANT: JUZGADO FAMILIA 6to.TURNO – IUE 52-51/2012
EDICTO: Por disposición de la Sra. Juez Letrado de Familia de 6to. Turno dictada en autos MAZZINI RICHIERI, ROSANA C/ MAZZINI RICHIERI, NESTOR, MAZZINI GONZALEZ, DOUGLAS, LASALA MASSINI, FERNANDO Y ROBERTO – PARTICION JUDICIAL IUE 52-51/2012 se hace saber que el 27 de noviembre de 2018 a las 14 y 30 horas en Avenida Uruguay 826 se procederá por intermedio del Rematador MARIO STEFANOLI Mat. 4219 Ruc 211743790012 y asistido por el Sr. Alguacil del Juzgado al remate en dólares estadounidenses, sin base de los siguientes bienes inmuebles: a) Solar de terreno y construcciones sito en la 7ma. Sección Judicial del Departamento de Canelones, localidad catastral Parque del Plata, zona suburbana, empadronado con el nro. 6984 (antes 12180 en mayor área) señalado como solar 2 de la manzana 512 fracción E2 que según plano del Agrimensor Francisco L. de Bellis de 01/1950 aprobado por el Municipio de Canelones el 2.6.50 e inscripto en la Dirección General de Catastro el 7/6/50 con el nro. 5719 se compone de una superficie de 502 mts. 50 dms. Y se deslinda así: 15 mts. de frente al SE a la calle Q, entre las nro. 20 y 22, 15 mts. al fondo al NW sobre la carretera interbalnearia, según nota puesta en el plano del Agrimensor de Bellis del 23.05/1955, 33 mts. 50 cms. Lindando al SW con solar 1 y 33,50 mts. al NE con solar 3. Y b) dos fracciones de terreno y demás mejoras que le comprenden sito en la 10ma. Sección Judicial del Departamento de Montevideo, localidad catastral Montevideo zona urbana padrón 152525 (antes 112015 en mayor área) señalados con los nros. 1 y 2 en el plano del Agrimensor Alejandro Joanicó de 4/1933 inscripto en la Dirección de Topografía el 7/6/1950 con el nro. 5719 se compone: solar 1 con una superficie de 128 mts. con 8 mts. de frente al NW sobre la calle Brazo Largo (antes oficial) 16 mts. al SW confinando con bien de Miguel Grazzano, 8 mts. al fondo al SÉ lindando con el bien de Pancha Agresta y 16 mts. al NE confinando con el solar nro. 2 y solar 2: tiene una superficie de 64 mts que se deslinda así: 4 mts. de frente al NW sobre la calle Brazo Largo,. 16 mts. al SW confinando con solar anteriormente descripto, 4 mts. de fondo al SE confinando con bien de Pancha Agresta y 16 m al NE confinando con bien del Sr. Gamba y Kerope Llangochian.
SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en dicho acto, debiendo abonar dicho monto con los medios de pago previstos por la Ley de Inclusión financiera. El saldo de precio deberá ser depositado en plazo de 20 días corrido contados a partir del día siguiente de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no será interrumpido por la feria judicial ni semana de Turismo, y conforme a los medios de pago previstos por la Ley de Inclusión Financiera y Decretos reglamentarios. 2) Los gastos de tributos, comisiones, escrituración y los impuestos que la ley pone de cargo del comprador serán de cargo del adquirente y la comisión del rematador e impuestos o sea el 3,66% del precio de remate todo lo que deberá pagarse en el acto y en efectivo y el 1,22% de comisión de venta será de cargo del expediente. 3) Se desconoce el estado de conservación y ocupación del inmueble. 4) Que existen deudas por contribución inmobiliaria e impuesto de Primaria, montos que podrán imputarse al saldo de precio de remate. Se dispone de testimonio de CRA al que se acompañó información registral sin observaciones. Los títulos y antecedentes se encuentran a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria del Juzgado. Y a los efectos legales se hacen éstas publicaciones Montevideo, ocho de octubre de 2018. Esc. BEATRIZ PEREZ ABALO, ACTUARIA.
INFORMES:
Mario Stefanoli
(+598) 2908 5938
(+598) 99 619141
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