
REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MARTES 10 DE MARZO 14:30 HORAS
En RINCÓN 408 – MONTEVIDEO
CARRASCO
CASA EN AVDA. ALBERDI N° 6569
ENTRE PEDRO MURILLO Y JAMAICA
ZONA COMERCIAL Y RESIDENCIAL
ÁREA 819 m²
EDIFICADO 217 m² Según Catastro
FRENTE 15 mts.
DESARROLLADA EN 2 NIVELES
Jardín al frente, garaje, cochera techada y espacio para otro auto.
Al frente, living – comedor con estufa a leña con muy buen piso de madera, y
pequeño escritorio contiguo.
Dormitorio principal que mira al fondo, cuarto de baño principal al centro y otro
dormitorio; a través de éste último se ingresa al tercer dormitorio y finalmente un
cuarto dormitorio con baño en suite o departamento de servicio.
Bohardilla o amplio ambiente con piso de tabla.
Al fondo: jardín, amplia barbacoa con techo de quincho y parrillero; piscina al final
del terreno.
Detalle superficie edificada
Según Carpeta Catastral Nº 5219
Padrón Nº 111.233

Seña 30% – Comisión + IVA 3,66%
TODO EN EL ACTO
Plazo para el pago del saldo de precio: 20 días corridos a partir del día hábil
siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate.
Se sugiere consultar a su profesional de confianza, para estudio de expediente,
títulos, adeudos municipales, nacionales y demás.
Si el precio del remate es superior a 1.000.000 unidades indexadas, (1 U.I = $6,4782
al 05/03/25), se deberá abonar con letra de cambio o transferencia bancaria.
Si es igual o inferior también se podrá abonar en efectivo.
Leyes Nos. 19.210, 19.478 Y 19.889

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 14º Turno, dictada en autos: “BANCO ITAU URUGUAY SA c/ FLORINES DE LOS SANTOS, DIEGO y otros – EJECUCIÓN HIPOTECARIA” IUE 2-122253/2023, Se hace saber que el próximo 10 de Marzo del 2026 a las 14 y 30 hs. en el local de la calle Rincón 408, por intermedio del Martillero GUSTAVO IOCCO, Matrícula Nº 1716, RUT 211808550010, asistido del Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base, en dólares americanos y al mejor postor del siguiente bien inmueble: solar de terreno con construcciones sito en la localidad catastral Montevideo, antes 10ª sección judicial, zona urbana del departamento de Montevideo, empadronado con el Nº 111.233, señalado con el Nº 3, de la fracción 31 en el plano del Agrim. Daniel V. Reinante de diciembre de 1923, inscripto en la Dirección de Topografía el 25 de febrero de 1924, se compone de una superficie 819 mts. 16 dmts. y se deslinda: 15 mts. de frente al Sur a la Avda. Juan María Pérez (hoy Avda. Juan Bautista Alberdi) puerta señalada con el número 6569, entre las calles Jamaica y Santa Rosa, distando el punto extremo de su frente 41 mts. a la ochava con la calle Jamaica, 52,18 mts. al Oeste lindando con el solar 2, 17 mts. al Norte lindando con solares 22 y 23 y 50,83 mts. lindando con el solar 4, todos de la misma fracción y plano. SE PREVIENE: 1º) Que el mejor postor deberá consignar como seña en dólares americanos el 30 % de su oferta al bajarse el martillo, dicho pago deberá realizarse en el acto, y deberá cumplir con lo establecido en las Leyes 19.210, 19.478 y 19.889, modificativas, concordantes y decretos reglamentarios. 2º) Que serán de cargo del mejor postor los gastos de escrituración, honorarios y certificados, la Comisión de Compra del Rematador e I.V.A -o sea- el 3,66 % del precio de remate, y tributos que la ley le impone, debiendo constituir domicilio dentro del radio del Juzgado. Dicho pago deberá realizarse en el acto. 3º) Que será de cargo del expediente la Comisión de Venta del Rematador e I.V.A -o sea- el 1,22 % del precio de remate y el Impuesto Municipal de la ley 12.700. 4º) Que en el acto de remate el mejor postor y el segundo mejor postor deberán constituir domicilio de conformidad con lo dispuesto por art 71 del CGP (domicilio real y procesal electrónico judicial). 5º) Que solo son imputables al precio los tributos necesarios para la escrituración (Contribución Inmobiliaria y Primaria) que sean generados hasta la fecha del remate. ITP e IRPF de la parte vendedora si correspondiere, se reintegrarán luego de otorgada la respectiva escritura. 6º) Se desconoce el estado ocupacional y de conservación del bien, regularidad de las construcciones art 71 ley 18.308, situación contributiva ante el BPS. 7º) Que el mejor postor deberá depositar el saldo de precio en cuenta abierta bajo el rubro de autos y a la orden de la Sede el plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate y que no se interrumpirá por las Ferias Judiciales ni por la semana de turismo de conformidad con lo dispuesto por el literal F del art. 387.2 del CGP en la redacción dada por la Ley 19090. 8º) En caso de estar el mejor postor exonerado de seña y/o del precio, igualmente deberá pagar la Comisión del Rematador y los gastos del Remate. 9º) Que será de cargo del comprador los gastos de escrituración y los que la Ley ponga a su cargo. 10º) será de cargo del mejor postor gestionar en caso de así corresponder, el certificado dispuesto por art 358 de la Ley 17930. 11º) Que se remata en las condiciones jurídicas y materiales que surgen del expediente, certificados y documentación presentada, que se encuentran a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado sita en el Palacio de los Tribunales, Palacio de los Tribunales, pasaje de Los Derechos Humanos N°1309 de Montevideo, debiéndose tener presente el art.390 inc. final del CGP siendo de cargo de los interesados toda averiguación complementaria y lo dispuesto por la Ley 19.574 Lavado de Activos en lo correspondiente. Y a los efectos legales se hacen éstas publicaciones dejándose constancia que se libra el presente conforme información arrojada por Certificados: Registro de la Propiedad Inmobiliaria de Montevideo, Registro Nacional de Actos Personales y Registro Nacional de Comercio al 03/02/2026. Montevideo, 10 de febrero de 2026. ALEXANDRA SABRINA MACHADO RUSU, ACTUARIO ADJUNTO.
INFORMES:
DANTE Y GUSTAVO IOCCO
remates@iocco.com.uy
www.iocco.com.uy
Rincon Nº 412 – Montevideo
Tels. 2916 69 10* Cel. 091 010 666