REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE 10:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO
MUY BUENA CASA DE 2 PLANTAS CON FONDO
TOMAS GOMENSORO No. 3072
entre CONSTATT y JUAN ARRIETA
203 m² construidos, muy cercana a Nuevocentro Shopping
Planta Baja: Jardín cerrado con rejas, Garage, Living, Cocina Comedor, despensa, baño social, y amplio fondo.
Planta Alta: Hall de distribución, 3 dormitorios dos de ellos con piso de parquet, amplio baño completo.
Padrón No. 93.193 – Área delo solar 386 m² 55 dm².
Seña: 30% – Com. e Impuestos: 3% Más IVA – Medios de pago en edicto.
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 8º Turno, dictada en autos: “GAIMARI, DANIEL c/ GAIMARI, SILVIA -VIA DE APREMIO” IUE 2-36985/2019, se hace saber al público que el próximo 14 de diciembre de 2022 a las 10 y 30 Hs. en el local sito en Uruguay No. 826, Montevideo, por intermedio del martillero John F. Fleitas, Matrícula No. 4996, R.U.T. 08.007447.0017, presidido por el Sr. Alguacil de la Sede, se procederá a la venta en remate público, sin base, al mejor postor y en Dólares Estadounidenses del siguiente bien inmueble: solar y construcciones que le acceden ubicado en la Localidad Catastral Montevideo, zona urbana, empadronado con el número NOVENTA Y TRES MIL CIENTO NOVENTA Y TRES (93.193), que según plano del Agrimensor Carlos Morador Otero de octubre de 1910, inscripto en la Dirección de Topografía el 30 de noviembre de dicho año sin número, se señala como solar 12 de la fracción “D”, tiene una superficie de trescientos ochenta y seis metros cincuenta y cinco decímetros, y se deslinda así: 9 metros de frente al suroeste a la calle Tomás Gomensoro; 42,95 metros al noroeste con el solar 11; al noreste 9 metros con el solar 29 y al sureste 42,95 metros con el solar 13, todos de la misma manzana. SE PREVIENE: 1) Se desconoce el estado ocupacional del bien en la actualidad; 2) Se desconoce la existencia de deudas de construcción ante el BPS e Intendencia de Montevideo. 3) Existe deuda de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria. 4) La seña deberá consignarse por cualquiera de los medios de pago previstos por la Ley de inclusión financiera, modificativas y decretos reglamentarios. 5) Solamente podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración hasta el momento del remate, en el caso de existir cuentas en juicio solo se podrá descontar el monto del tributo y no los honorarios judiciales que se originaren, los cuales serán asumidos por quien resultare mejor postor en el remate. 6) El plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo; La cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a la Ley 19210, Modificativas y decretos reglamentarios.7) Quien resulte mejor postor en el remate deberá tramitar previamente a la escrituración del bien, ante la intendencia correspondiente el certificado referente al derecho de preferencia previsto por el artículo 66 de la Ley 18.308. 8) En el caso de no encontrarse vigente caracterización urbana, será de cargo del mejor postor la realización del trámite de acuerdo art. 178 de la Ley 17.296. 9) Se actuó en base a testimonio del último título de adquisición del bien inscripto de acuerdo al artículo 384 del CGP. 10) El mejor postor deberá consignar el 30 % de su oferta, en carácter de seña, en el acto de serle aceptada su postura. 11) Los gastos de escrituración y los impuestos que la ley pone de cargo del comprador, serán de cargo del adquirente; 12) Será de cargo del comprador la comisión de compra del Sr. Rematador, 3 % más IVA. 12) Que serán de cargo del expediente la comisión del Rematador, 1% más IVA. 13) La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del Juzgado sito en el Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos 1309, Primer Piso de la ciudad de Montevideo.- Y a los efectos legales se realiza esta publicación.- SE DEJA CONSTANCIA QUE SE EXPIDE EL PRESENTE EJEMPLAR TENIENDO A LA VISTA LOS SIGUIENTES CERTIFICADOS REGISTRALES: REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE MONTEVIDEO Nº 2239325 Y DEL REGISTRO NACIONAL DE ACTOS PERSONALES Nº 2239327 AMBOS AMPLIADOS AL 9 DE NOVIEMBRE DE 2022.-
Montevideo, 11 de noviembre de 2022
YIOVANA DANIELA GORDILLO COSTA, Actuario Adjunto
INFORMES:
JOHN FITZGERALD FLEITAS IFRAN
johnfleitas@hotmail.com
Tels. 2364 0014 Cel. 099332706