REMATE JUDICIAL SIN BASE EN PESOS
VIERNES 16 DE DICIEMBRE 10:00 HORAS
En CENTRO ESPAÑOL DE MALDONADO
18 JULIO 708 ESQ. ARTURO SANTANA
MALDONADO
PIRIÁPOLIS
TERRENO DE 576 m² CON CONSTRUCCIONES
(300 m² SEGÚN CÉDULA CATASTRAL)
Con varias viviendas conforme a planos municipales.
MUY BUENA UBICACIÓN
ATANASIO SIERRA ENTRE DEFENSA Y BUENOS AIRES.
Padrón 1166
Seña 30%, comisión al comprador e iva 3,66%. en el acto.
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EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez de Paz Departamental de Maldonado de 3° Turno, dictada en autos: “………………………C/………………….. JUICIO EJECUTIVO” IUE 294-549/2020, se hace saber que el próximo VIERNES 16 DE DICIEMBRE DE 2022 a partir de las 10:00 hs. en el local del Centro Español de Maldonado, 18 de Julio 708 esquina Arturo Santana , Maldonado, por intermedio del Martillero Gabriel Etcheverry, Matrícula 5659, RUT 100087950010, en diligencia presidida por la Señora Alguacil de la Sede, se procederá al remate público, sin base, en moneda nacional, y al mejor postor, del siguiente bien inmueble:. Solar de terreno con las construcciones y mejoras que le acceden, sito en la Localidad catastral Piriápolis, departamento de Maldonado, empadronado con el número MIL CIENTO SESENTA Y SEIS (1166), el que según plano del Agrimensor Jose Maranesi del 28 de diciembre de 1934, inscripto en la Dirección General de Avalúos el 9 de enero de 1935 con el número 2, se identifica como solar 13 de la manzana 476, tiene una superficie de QUINIENTOS SETENTA Y SEIS METROS (576 metros) y se deslinda así: 12 metros al Noroeste de frente a la calle Atanasio Sierra, entre las calles Buenos Aires y Defensa; 48 metros al Noreste, lindando con el solar 14 de la manzana 476 del mismo plano; 12 metros al Sureste, lindando con parte del solar 5 de la manzana 476 del mismo plano y 48 metros al Suroeste, lindando con el solar 8 y 12 de la manzana 476 del mismo plano. SE PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30 % de su oferta en carácter de seña, al serle aceptada la misma, así como la comisión de compra del Rematador e impuestos o sea el 3,66% del precio del remate. 2) Dichos pagos deberán realizarse en el acto, y si superaren el límite de restricción legal para pagos en efectivo (1.000.000 de Unidades Indexadas) se deberá realizar cumpliéndose con lo dispuesto en el art. 35 de la ley 19.210 en la redacción dada por el art. 221 de la Ley 19.889. y sus decretos reglamentarios. 3) Los gastos de escrituración y los impuestos que la ley pone de cargo del comprador, serán de cargo del adquirente. 4) El plazo para consignar el saldo de precio será de veinte días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo 5) La documentación disponible relativa al bien a rematarse se encuentra en la Oficina Actuaria de este Juzgado, donde podrá ser examinada por los interesados.6) Lucen agregadas a fojas 70 liquidación de deuda por concepto de contribución inmobiliaria al 29/3/2022 del cual surge que registra adeudos por dicho tributo por la suma de $ 488.200. A fojas 71 luce informe de deuda de impuesto de primaria al 30/3/2022, del cual surge que registra adeudo por dicho impuesto por $ 35.826. 7) Los rubros imputables del precio del remate son el Impuesto de Enseñanza Primaria y Contribución Inmobiliaria hasta la suma concurrente, requiriendo para cualquier otra imputación, autorización judicial. 8) El remate se efectúa en las condiciones que resultan del expediente, de la documentación, constancias, y de la información registral adjunta. El estudio de títulos se realizó con testimonios notariales del último título y sus antecedentes por no haberse agregado los originales- 9) No se denunció el estado ocupacional del bien. 10) No se dio cumplimiento a lo dispuesto por art. 178 de la Ley 17.296 (Declaración jurada de caracterización urbana). Y a los efectos legales se hace una publicación diario oficial y diario local.
Maldonado, 18 de noviembre de 2022
NATALIA SOLEDAD CARDOZO FERRAZ, Actuario Adjunto
Nota: LOS NOMBRES DE LAS PARTES FUERON SUSTITUIDOS PARA PRESERVAR EL DERECHO A LA INTIMIDAD DE LAS MISMAS.
INFORMES:
GABRIEL ADOLFO ETCHEVERRY BALBI
rematadoretcheverry@gmail.com
www.rematadoretcheverry.com
Cel. 099 279 772