REMATE JUDICIAL SIN BASE EN $ JUEVES 27 DE NOVIEMBRE 14:30 HORAS En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO
MONOAMBIENTE EN EL CENTRO DE MONTEVIDEO en calle Colonia Nº 954 unidad 605 esq. Río Branco Escritorio o vivienda de 26 m² Padrón Nº 5.377 Seña 20% Com. e Imp. 3% más IVA en el acto
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez de Paz Departamental Capital de 23o Turno, dictada en autos: “EDIFICIO BUEMES c/ SUCESORES DE NION CRUZADO, JOSÉ – EJECUCIÓN DE HIPOTECA RECÍPROCA” IUE 2-64115/2021, se hace saber que el próximo 27 de Noviembre a las 14:30 horas en el local de la ANRTCI sito en Av. Uruguay 826, se procederá por intermedio del martillero Mario MOLINA ALONSO mat. 5148 rut 213005240012, asistido de la señora alguacil a la venta en pública subasta, sin base en moneda nacional y al mejor postor, del siguiente bien inmueble: Unidad de Propiedad horizontal 605 que forma parte del edificio construido de acuerdo al régimen d la Ley 10.751 en el terreno sito en el Departamento de Montevideo, localidad Catastral Montevideo, zona urbana, empadronado con el número CINCO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE (5.377), en el que según plano de mensura y fraccionamiento horizontal del Ingeniero Agrimensor José Luis González Fonticelli de marzo de 1982, cotejado por el servicio del Plan Regulador de la intendencia Municipal de Montevideo el 17 de junio de 1983 e inscripto en la Dirección General de Catastro Nacional el 30 de Junio de 1983 con el número 3112, consta de una superficie de doscientos treinta y seis metros cuadrados cincuenta y dos decímetros cuadrados (236 metros cuadrados 52 decímetros cuadrados), con 11 metros 6 centímetros al Oeste de frente a la calle Rio Branco y 21 metros 44 centímetros al Norte también de frente a la calle Colonia por ser esquina . La unidad 605 esta empadronada individualmente con el número CINCO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE BARRA SEISCIENTOS CINCO (5377/605), y según el citado plano se ubica en el sexto piso a cota vertical más 19 metros 81 centímetros, y consta de una superficie de VEINTICINCO METROS CUADRADOS OCHENTA DECIMETROS (25 metros cuadrados 80 decímetros cuadrados). SE PREVIENE: 1- El estudio de títulos se formuló en base a testimonios notariales por exhibición, desconociéndose si se ha tramitado la sucesión del causante José Luis Nion Cruzado. 2- No cumple con el art. 178 de la Ley 17.296. 3- Se desconoce el estado de regularidad de las construcciones, su estado ocupacional, afectaciones, como así su situación tributaria y estado de deudas ante diferentes organismos (BPS, DGI, Intendencia de Montevideo, etc.). Tiene deuda de Impuesto de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria). 4- El mejor postor deberá abonar el 20% de su oferta en el acto de serle aceptada su postura, la que deberá consignarse por cualquiera de los medios de pago previstos por la Ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios. 5- El plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del primer día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo, La cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a la ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios. 6- El mejor postor deberá además abonar en el acto de remate la comisión e impuestos de cargo del comprador, totalizando el 3,66% el precio del remate. Solamente podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración hasta el momento del remate; en el caso de existir cuentas en juicio solo se podrá descontar el monto del tributo y no los honorarios judiciales que se originaren, los cuales serán asumidos por quien resultare mejor postor en el remate. El ITP de la parte vendedora y el IRPF, en caso de corresponder, serán reintegrados al mejor postor luego de la escrituración, siempre que exista saldo suficiente.7- Los gastos de escrituración y todos aquellos que la ley pone de su cargo, serán asumidos por el adquirente. 8- Que será de cargo del ejecutado la comisión de venta más el IVA que totaliza el 1,22% del precio, así como los impuestos municipales. 9- Quien resulte mejor postor en el remate deberá tramitar previamente a la escrituración del bien ante la intendencia correspondiente el certificado referente al derecho de preferencia previsto por el artículo 66 de la Ley 19.308. 10- LA subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la oficina de OFGECEN, 25 de Mayo 500 Segundo piso de la ciudad de Montevideo. A los efectos legales se expide el presente habiéndose tenido a la vista las ampliaciones de los certificados registrales No2912409 y No2929456 ambos de fecha 30/10/2025, y los No3233768 y No2929459 ambos de fecha 3/11/2025. Montevideo, 03 de noviembre de 2025 – VERÓNICA MARIELA MERLANO CONDE, Actuario de Jdos. de Paz
INFORMES: MARIO SANTIAGO MOLINA ALONSO rematesmolina@gmail.com www.estudiomolina.uy Tels. 099 634 318