Judicial Rocha, Ideal para comercio y/o profesionales

JUDICIAL ROCHA IDEAL PARA COMERCIO Y/O PROFESIONALES

MARTES 12 DE MARZO A LAS 15 HORAS SIN BASE EN MONEDA NACIONAL

EN LAS PUERTAS JDO. CALLE LAVALLEJA N° 154 ROCHA

Padrón 868/001, calle José Pedro Ramírez N° 134, 136 y 138

A menos 1 cuadra de Plaza Principal de Rocha, zona céntrica comercial, ideal para invertir con buen retorno en renta.

P.H. en Planta Baja.

Superficie: 67,74 m² – Uso exclusivo patio “A”, garage “C” y depósito “D”.

SEÑA 10% del precio de Remate, más Com. e Imptos. 3,66%

Saldo a los 20 días corridos luego de aprobado el remate, todo de conformidad con la Ley de Inclusión Financiera.

EDICTO:  Por disposición de la Sra. Juez de Paz Departamental de Rocha, dictada en autos caratulados “Cadimar Izaguirre, Julio Fernando c/ Sucesores Peyrot Blanca – Demanda Ejecutiva” – IUE 344-107/2002, se hace saber que el día 12 de marzo de 2019 a las 15 hs. en las puertas del Juzgado de Paz Departamental de Rocha, sito en Lavalleja 154, por intermedio del Rematador Ruby Acosta matrícula 3700, RUT 100080270014, y presidido por el Sr. Alguacil del Juzgado, se procederá al remate público sin base y al mejor postor, en moneda nacional, del inmueble padrón No. 868/001, unidad de propiedad horizontal que forma parte del edificio construido en un solar de terreno ubicado en Departamento de Rocha, localidad catastral Rocha, zona urbana, padrón matriz 868, el que según plano del Ingeniero Agrimensor César Aguiar inscripto con el No. 11.328 el 28 de agosto de 2001, en la Oficina Departamental de Catastro de Rocha, consta de una superficie de 67,74 metros. La unidad 868/001 se ubica en Planta Baja a cota vertical más 0 metros 30 centímetros y le corresponde el uso exclusivo del Patio A, Garaje C y Depósito D, con frente a calle José Pedro Ramírez Nos. 134 A, 136 y 138. Se previene que el mejor postor deberá consignar en carácter de seña el 10% de su oferta en el acto de serle aceptada la postura. Será de cargo del mejor postor la comisión de compra del rematador más IVA (3,66% del precio de remate). Será de cargo del demandado la comisión de venta del rematador más IVA (1,22%) e impuesto municipal del 1%, totalizando 2,22% del precio de remate, Los gastos de escrituración y los impuestos que la Ley pone de cargo del comprador serán de cargo del adquirente. El saldo de precio deberá consignarse en plazo de veinte días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpe por ferias judiciales ni por la semana de turismo. Los medios de pago a ser utilizados por el mejor postor deberán cumplir con el art. 40 de la Ley 19.210 (inclusión financiera). A los efectos legales se realicen una publicación en Diario Oficial y Local. Rocha, primero de febrero de 2019.- Sra. Juez de Paz Departamental de Rocha, Dra. Berenis Peinado.

INFORMES:

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