
REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MIÉRCOLES 1 DE OCTUBRE 14:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO
PAYSANDÚ – 50% INDIVISO DE INMUEBLE
Rematamos sin base en dólares un 50% indiviso de inmueble en Paysandú
capital, una oportunidad destacada para inversores.
Características del apartamento:
Solar de terreno de 676 m² – Construcción de 280 m² aprox.
Casa principal con:
– 3 dormitorios (uno en suite)
– 2 baños
– Cocina, Living comedor
– Además cuenta con barbacoa, piscina y galponcito
Ubicación: Av. Gral. Artigas esquina Industrias – Paysandú
Padrón: 12.806
Condiciones: SEÑA: 30% – COMISIÓN E IMPUESTOS: 3,66%

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 17º Turno, dictada en autos: “DROGUERIA DEL NORTE LTDA c/ ABREU MALGOR, ANTONIO y otros – VIA DE APREMIO” IUE 2-61079/2019, se hace saber que el día 1º de octubre de 2025 a las 14.30 horas en la Asociación de Rematadores sito en la calle Uruguay 826, se procederá por intermedio del Martillero Sergio Fain, Matrícula Nº 5.328 R.U.T. 213918210016, presidido de la Sra. Alguacil, a la venta en pública subasta, en dólares norteamericanos, sin base y al mejor postor, el siguiente bien inmueble: La mitad indivisa de una fracción de terreno con el edificio y las demás mejoras anexas, ubicado en la Localidad Catastral “Paysandú”, Primera Sección Judicial del Departamento de Paysandú, quinta No. 139, zona suburbana, Padrón No. 12.806, compuesta por los siguientes lotes: a) el señalado con el No. 2, en el plano del Agr. José Xaubert, de julio de 1984, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Paysandú con el No. 7.046, el 30 de agosto de 1984, en la Dirección Departamental de Catastro de Paysandú, conforme al cual tiene un área de 176 metros 73 decímetros, y se deslinda así: al Norte 13 metros 70 centímetros con la fracción No. 1 que se describirá enseguida: la misma medida al Sur con el Padrón No. 13.642; al Este 12 metros 90 centímetros con el Padrón 11.698 e igual medida al Oeste lindando con la Fracción 1 del mismo plano; y b) la señalada con el No. 1 de la manzana A en el plano del Agr. Adolfo O. Musso de noviembre de 1954, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Paysandú con el No,. 568 el 22 de diciembre siguiente, según el cual tiene una superficie de 499 metros 23 decímetros y se deslinda así: 38 metros 70 centímetros de frente al. Norte a calle B hoy calle Industrias y formando esquina al Oeste a 12 metros 90 centímetros de frente a Camino Gral. A. San Francisco Grande hoy Bulevar Artigas, al Sur 38 metros 70 centímetros lindando con la fracción 2, al Este 12 metros 70 centímetros con parte de la fracción 7, todas del mismo plano. Se previene: 1) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% de su oferta, así como la comisión del Rematador más I.V.A. (3,66%). Dicho pago deberá realizarse en el acto mediante transferencia bancaria, letra de cambio o en efectivo hasta U.I. 1.000.000 (unidades indexadas un millón). Todo exceso de este último valor se hará efectivo mediante letra de cambio, o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las Leyes No. 19.210, 19.478 y 19.889 modificativas, concordantes y sus decretos reglamentarios. 2) Que serán de cargo del vendedor la comisión e impuestos al Rematador, o sea, 1,22%. 3) Que se desconoce el actual estado de ocupación de la propiedad a rematarse, así como la existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones que hubiera en ella. 4) Que solo se podrá descontar del precio de remate las deudas que existieran por concepto de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria pudiéndose imputar al mismo la deuda generada por tal concepto hasta la fecha del remate y al momento de la integración del precio, no pudiéndose incluir en tales conceptos los honorarios de los abogados de las administraciones involucradas cuando existiera juicio tendiente a recuperar los tributos adeudados. 5) Que para el caso que el mejor postor sea diferente al actor de autos, será de cargo del expediente la devolución de lo que se abone por concepto de impuesto necesarios para la inscripción de la escritura traslativa de dominio, ITP e IRPF si correspondiere. 6) Que en la Sede se encuentra depositado los antecedentes dominiales originales del bien cuya ejecución se pretende, por lo que el remate del mismo se efectuará en las condiciones que resultan del expediente y documentación y certificados registrales presentados oportunamente por el ejecutante en autos los que podrán ser examinados en la Sede por los interesados. 7) Que el mejor postor deberá dar cumplimiento en todo lo que refiera a las leyes 19.210 y la 19.574 en la redacción dada por la Ley 19.889 8) Que el plazo para consignar el saldo del precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de Turismo. 9) Que la subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado sito en el Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 Segundo Piso de la Ciudad de Montevideo. Y a los efectos legales se expide el presente Montevideo, 08 de agosto de 2025 – MARTÍN LUIS MOLLER CAL, Actuario Adjunto
INFORMES:
SERGIO FAIN AJDELMAN
remates@vera.com.uy
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Tels. 2916 47 31 Cel. 099 151 883