REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S MIÉRCOLES 19 DE FEBRERO 11:30 HORAS En CLUB SAN JOSÉ 25 DE MAYO 550 (FRENTE A LA PLAZA PRINCIPAL) SAN JOSÉ DE MAYO
INMUEBLE EN PASO DE LOS TOROS DEPTO. de TACUAREMBÓ
PADRÓN 79 – CALLE ETCHEVERRY 269
320 m² de terreno 60 m² edificados según Catastro
SEÑA 30% – COMISIÓN 3% MÁS IVA
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez de Paz Departamental de San José, dictada en autos: “NICOLAS AYESTARÁN GONZALEZ C/ MARTINEZ PEREIRA GLACIVÍA DE APREMIO” IUE 507-175/2022, EDICTO: Por disposición de la Sra. Juez de Paz Departamental de San José, dictada en autos: “AYESTARAN GONZALEZ, NICOLAS, c/ MARTINEZ PEREIRA, GLACI –VIA DE APREMIO-” IUE 507-175/2022, se hace saber que el próximo 19 de Febrero de 2025 a las 11:30 horas en el Club San José ubicado en la calle 25 de Mayo 550, San José de Mayo, por intermedio del Rematador Carlos Cadenazzi, Matrícula Nº 5639, presidido por la Alguacil de la sede, se procederá al remate público, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor del siguiente bien inmueble: solar de terreno con las mejoras que le acceden, sito en la manzana número 9, de la localidad catastral Paso de los toros, departamento de Tacuarembó, empadronado con el Nº 79, que según plano del Agrim. Darío Frugone, de noviembre de 1937, inscripto en la Dirección General de Avalúos con el número 34 el día 30/11/1937, se señala como solar 12 y consta de una superficie de 320 metros cuadrados: Al Este 8 metros de frente a calle Areco (hoy Gualberto Etcheverry); Al Norte 40 metros con solar 11; Al Oeste 8 metros con solar 9; y al Sur 40 metros con Leonor Aguerre. SE PREVIENE: 1º) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña y en dólares estadounidenses el 30% de su oferta al bajarse el martillo, debiendo consignarse por cualquiera de los medios de pago previstos por la ley 19.210 y siendo obligatorio cumplir con la ley 19.210 y sus decretos reglamentarios y la ley Nº 19.889 2º) Que serán de cargo del mejor postor los gastos de escrituración, honorarios y certificados y la Comisión de Compra del Rematador e I.V.A -o sea- el 3,66 % del precio de remate. 3º) Que será de cargo del Demandado la Comisión de Venta del Rematador e I.V.A -o sea- el 1,22 % del precio de remate. 4º) Que se desconoce el estado ocupacional del bien en la actualidad. 5º) Que se desconoce la existencia de deudas de construcción ante el BPS e Intendencia de Tacuarembo. 6º) Que existe deuda de impuesto de Contribución Inmobiliaria y de Impuesto de Enseñanza Primaria, siendo los únicos rubros imputables al precio del remate hasta la fecha del remate. 7º) El 2% de ITP y el IRPF en caso de corresponder, seràn abonados por el mejor postor y le seràn reintegrados una vez escriturado el bien. 8º) Que en el acto de remate el mejor postor y el segundo mejor postor deberán constituir domicilio conforme al art. 71 del C.G.P. (Domicilio real y procesal electrónico judicial). 9º) El plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por ferias judiciales ni semana de turismo; el pago del saldo de precio deberá realizarse y documentarse de acuerdo a la ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios.10º) El bien se vende en los estados de conservación y situación jurídica en que se encuentra a la fecha del remate. 11ª) La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregadas, la que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado De Paz Departamental de San José, ubicado en calle Treinta y Tres 362, departamento de San José.
San José, 24 de diciembre de 2024
ERIKA VANESA REYES SOSA, Juez Paz Dptal. Int.
INFORMES: CARLOS GABRIEL CADENAZZI PASCUAL rematador@cadenazzi.com www.cadenazzi.com Cel. 096435134