REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S MIÉRCOLES 17 DE AGOSTO 14:30 HORAS En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO
EXCELENTE OPORTUNIDAD
INMUEBLE EN P.H. Padrón Nº 5908/002 En Barrio SUR – Andes 1181 – Montevideo
Local (Parte A): ubicada en Planta Subsuelo (240,60 m²)
Local (Parte B): ubicada en Planta Baja (127,57 m²)
Local (Parte C) ubicada en Planta Alta (261,61 m²)
Superficie total de la unidad 002 – (628,78 m²).
Corresponde el uso exclusivo del lucernario B planta baja.
Seña: 30% contado en el acto, saldo a los 20 días de aprobado el remate. Com. E Imp.: 3,66% . Contado en el acto y en dólares.
Los pagos y entrega de dinero deberán realizarse en el acto y por cualquiera del medios de pago previstos por la Ley 19210, modificativas y decretos reglamentarios. Ley de Inclusión Financiera, letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica TiÌtulos y antecedentes: Juzgado LETRADO CIVIL 9º Turno de Montevideo – PALACIO DE LOS TRIBUNALES Ficha: 2-42960/2021. –
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 9º Turno, dictada en autos: “ELLIS LAXALDE, PATRICIA y otros c/ ONNIS RE, FABIO y otro – EJECUCIÓN DE HIPOTECA” IUE 2-42960/2021, se hace saber que el día miércoles 17 de Agosto del 2022, próximo a las 14:30 horas, en la sede de la Asociación Nacional de Rematadores (A.N.R.T.C.I) sito en Av. Uruguay 826, el martillero JOSE MARTIN ARRILLAGA (Mat. 4623), RUT 212427900014, en diligencia que presidirá la Sra. Alguacil, procederá a la venta en subasta pública, SIN BASE, al mejor postor y en DOLARES AMERICANOS del bien inmueble empadronada individualmente con el número CINCO MIL NOVECIENTOS OCHO BARRA CERO CERO DOS (Nº 5908/002), La unidad de propiedad horizontal cero cero dos (002), forma parte con otra del edificio sito en la localidad catastral de Montevideo, padron numero cinco mil novecientos ocho (5908) que según plano de Mensura y Fraccionamiento horizontal del Ing. Agr. Alvaro Acquistapace de enero de 2012, cotejado e inscripto en la Dirección General de Catastro con el número 44865 el 22 de marzo del año 2012, consta de una superficie total de trescientos cuarenta y dos metros con setente y dos decimetros y se ubica de frente al Noreste 10 metros 70 centimetros a la calle Andes, , entre las calles Canelones y Maldonado, distando el punto extremos de su frente 28 metros 71 centimetros del comienzo de la ochava recta de 5 metros de desarrollo que forma con la calle Canelones. La citada unidad cero cero dos (002) esta empradronada individualmente con el número CINCO MIL NOVECIENTOS OCHO BARRA CERO CERO DOS (Nº 5908/002), y según el citado plano, se desarrolla en tres plantas: Local (Parte A) ubicada en Planta Subsuelo, a cota vertical menos 2,84 metros con una superficie de doscientos cuarenta metros sesenta decimetros, Local (Parte B) ubicada en planta Baja, a cota vertical mas 0,18 metros de la superficie ciento veintisiete metros cincuenta y siete decimetros y Local (Parte C) ubicada en Planta Alta, a cota vertical mas 3,30 metros con una supperficie de doscientos sesenta y un metros sesenta y un decimetros. Superficie total de la unidad 002 seiscientos veintinueve metros setenta y ocho decimetros (628,78 mts) y le corresponde el uso exclusivo del lucernario B, ubicado en planta baja. SE PREVIENE: I) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta, en carácter de seña, de serle aceptada su postura, así como la comisión del rematador más IVA (3,66%). Dichos pagos, deberán realizarse en el acto y por cualquiera del medios de pago previstos por la Ley 19210, modificativas y decretos reglamentarios. II) El plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo, el que deberá consignarse por cualquiera del medios de pago previstos por la Ley 19210, modificativas y decretos reglamentarios. III) Que serán de cargo del demandado la comisión de venta del Rematador más IVA (1,22%) del precio de remate y demás impuestos que la ley ponga a su cargo; asi como los gastos de remate. IV) Que se desconoce el estado de regularidad de las construcciones, su estado ocupacional, afectaciones, como así también la situación tributaria y estado de deudas ante diferentes organismos (BPS, DGI, Intendencia de Montevideo, etc.). IV) Que tiene deuda de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria. Solamente podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración hasta el momento del remate; en el caso de existir cuentas en juicio solo se podrán descontar el monto del tributo y no los honorarios judiciales que se originaren, los cuales serán asumidos por quien resultare mejor postor en el remate. El ITP de la parte vendedora y el IRPF, en caso de corresponder, serán reintegrados al mejor postor luego de la escrituración. V)- Que los gastos de escrituración y todos aquellos que la ley pone a su cargo, serán asumidos por el adquiriente. VI) Que no cumple con el art. 178 de la Ley 17296 (Caracterización urbana). VII) Se desconoce la situación respecto a los gastos comunes. VIII) El mejor postor en caso de corresponder deberá tramitar previamente a la escrituración del bien ante la Intendencia correspondiente el certificado referente al derecho de preferencia previsto por el art. 66 de la Ley 18308. IX) La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del juzgado sito en el Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derechos Humanos 1309 1er piso de la ciudad de Montevideo. Y a los efectos legales se realiza esta publicación, dejándose constancia que se expide el presente habiendo tenido a la vista los certificados registrales estudiados en autos ampliados al día 20 de julio de los corrientes.
Montevideo, 22 de julio de 2022
VERÓNICA MARIELA MERLANO CONDE, Actuario Adjunto
INFORMES: MARTIN ARRILLAGA MONTI remates.arrillaga@arrillaga.com.uy www.arrillaga.com.uy Cel. 099495351