REMATE OFICIAL SIN BASE EN U$S
MIÉRCOLES 17 DE MAYO 14 HORAS
En HOTEL URUGUAY BRASIL
SARANDÍ 440 – RIVERA
INMUEBLE EN CIUDAD DE RIVERA
Padrón: 10.011
Sup.: 218 m²
Edif.: 67 m². Catastro.
Condiciones:
Seña: 30 % – Comisión: 4,27 % Imp. Incluidos. Todo en el acto.
Consulta de documentación: 12, 15 y 16 de mayo de mayo de 2023 (Previa agenda con ANRTCI)
Visita al inmueble: 12, 15 y 16 de mayo de 11.00 a 15.00 horas
PROGRAMA DE RACIONALIZACIÓN DE USO DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO
REMATE DE INMUEBLE
DIA: 17/05/2023 HORA: 14.00
LUGAR: Hotel Uruguay Brasil – Sarandí 440 – Rivera
(1) El presente remate oficial se realizará en el salón del Hotel Uruguay Brasil, ubicado en Sarandí 440, departamento de Rivera, el día 17 de mayo de 2023, a la hora 14.00.
(2) Intervendrán los rematadores sorteados por el Registro Nacional de Rematadores y por la ANRTCI, quienes actuarán bajo el control y la administración de esta última o de quien ésta designe.
(3) Se trata del siguiente bien inmueble: solar de terreno con las construcciones y demás mejoras que le acceden, ubicado en la primera Sección Judicial del departamento de Rivera, zona urbana, empadronado con el número DIEZ MIL ONCE (10.011), el que según plano del Agrimensor Tito V. Roland, de junio de mil novecientos sesenta y cuatro, aprobado por el Consejo Departamental de Rivera el veintitrés de setiembre siguiente, e inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Rivera, con el Número dos mil setecientos ochenta y ocho, el día treinta del mismo mes y año; tiene una superficie de doscientos diecisiete metros setecientos cincuenta y seis centímetros. El cual se deslinda de la siguiente manera: al Sureste, 4 metros 945 milímetros, de frente a la calle Joaquín Suárez; puerta de entrada número 516; al Suroeste, 42 metros 95 centímetros, lindando con fracción “B”, del mismo plano (hoy padrón 1520); al Noroeste, 4 metros 945 milímetros, lindando con parte del padrón 1.530 (hoy padrón 14.726); y al Noreste, 42 metros 95 centímetros, tramo recto con padrones 1517 y 1518 (hoy padrones 1517, 17.892 y 1518), Distancia a la esquina del extremo más próximo 59,48 metros. Su punto medio 61,953 metros.
(4) El bien se enajena en su actual estado material y jurídico, encontrándose libre de ocupantes y de equipamiento mobiliario.
(5) Los interesados dispondrán de copia de la documentación con que se cuenta, la que podrá ser consultada en la “A.N.R.T.C.I.”, Av. Uruguay 826 – Montevideo, los días 12, 15 y 16 de mayo inclusive, previa coordinación con la Secretaría al teléfono 29017366. Los interesados podrán visitar el inmueble los días 12, 15 y 16 de mayo de 11.00 a 15.00 horas.
(6) El remate se realizará sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor.
(7) Los mejores postores deberán consignar en el acto del remate por concepto de seña, el 30 % del valor del precio ofertado, suma que integrará el precio. Además, deberán abonar el 4,27 % impuestos incluidos, por concepto de comisión de los rematadores. El pago podrá realizarse mediante transferencia bancaria a la cuenta del BROU Nº 001569651-00004 en U$S a nombre de Panormos S.A., cheque certificado o letra de cambio de bancos de plaza, de acuerdo a las disposiciones vigentes.
(8) Una vez concluida la subasta deberá el mejor postor exhibir su documento de identidad, constituir domicilio legal, suscribir el acta de remate y designar escribano, así como aportar todos los datos que le sean requeridos por el Rematador en cumplimiento a la normativa vigente en materia de prevención de lavado de activos. Hasta tanto se labre el acta de remate y se abone la seña, comisión e impuestos, deberá permanecer en sala el segundo mejor postor, a cuyos efectos se le recabarán los mismos datos que al resultante en primer término.
(9) El saldo del 70 % del precio, deberá abonarse a la ANRTCI, mediante transferencia bancaria a la cuenta del BROU Nº 001569651-00004 en U$S a nombre de Panormos S.A. dentro de los 20 días corridos posteriores siguientes al remate. Dicho plazo es improrrogable, y vencido el mismo, el mejor postor perderá todo derecho a la seña y comisiones pagadas, así como al bien subastado. El mejor postor dispondrá de un plazo de 30 días corridos, contados desde la fecha de remate, para realizar la Escrituración. Si el plazo se extendiera por causas imputables al interesado, será pasible de una multa equivalente al valor de la seña. Para hacer efectivo los trámites de escrituración de los padrones adquiridos se deberá presentar recibo de pago con la cancelación total del precio.
(10) Serán de cargo del mejor postor todos los gastos, impuestos, honorarios de escritura, certificados, pagos del Impuesto a las Trasmisiones Patrimoniales (I.T.P.) -de la parte compradora- y cualquier otra deuda que grave el inmueble por cualquier concepto, a excepción de las deudas municipales generadas hasta la fecha del remate, en virtud de que el titular actual del inmueble se encuentra exonerado de Contribución Inmobiliaria y adicionales, conforme al artículo 463 de la Ley 16.226.
(11) La ocupación de los referidos bienes, se realizará simultáneamente a la firma de la escritura de compraventa.
(12) Los derechos emanados de la compra son intransferibles, no pudiendo el mejor postor ceder sus derechos.
(13) No podrá aducir el mejor postor vicios o defectos de la titulación. La sola presentación a la subasta y formulación de oferta implica la aceptación de los títulos y de la documentación relativa al inmueble, así como de la situación en la que se encuentra.
(14) Los Martilleros actuarán con sujeción a las disposiciones que regulan su quehacer, a estas condiciones y bajo el control y administración de la ANRTCI.